Extracto
EXTRACTO EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 3 de abril de 2024, bajo el repertorio Nº 5.560-/2024, PHELAN ENERGY GROUP LIMITED, Rol Único Tributario número 59.231.250-6, constituyó una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son las siguientes: Nombre: “PHELAN GREEN ENERGY CHILE SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (a) el estudio, evaluación, construcción, desarrollo, explotación, mantención y operación, por cuenta propia o ajena, de proyectos de generación, transporte, transformación y/o almacenamiento energía, hidrógeno verde y derivados; (b) la generación, transporte, transformación, almacenamiento, distribución y venta de energía e hidrógeno verde y derivados, incluidos aquellos obtenidos de procesos de hidrólisis llevados a cabo con generación de energía renovable propios o suministrada por terceros: (c) la contratación y prestación de servicios de ingeniería relacionada con proyectos de energía renovable, hidrógeno verde y derivados, y la obtención de permisos, concesiones y autorizaciones necesarias para la construcción, desarrollo y operación de los mismos; (d) la negociación y suscripción de contratos de suministro y transmisión de energía, equipos y plantas, servicios de construcción y operación de centrales de generación de energía, de hidrógeno verde y derivados, ya sea por cuenta propia o de terceros; (e) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de toda clase de bienes inmuebles y proyectos inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines; (f) la adquisición, venta, administración, inversión y explotación de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo patentes, marcas comerciales, licencias, permisos y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual, en el territorio nacional o en el extranjero; y (g) cualquier otra actividad en relación con las anteriores y que sea acordada por los accionistas.
Las actividades descritas las podrá desarrollar directamente la Sociedad, o por cualquier otro medio de gestión compartida o colaboración con terceros, incluyendo la inversión en Chile y/o en el extranjero, en todo tipo de sociedades, corporaciones, vehículos de inversión u otras entidades que tengan por objeto desarrollar las actividades señaladas en las letras precedentes.
Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy fe. - Santiago, 09 de abril de 2024. - Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público. -