Cartas: Ley 21.801: Cuando la tecnología es inclusión
Cartas: Ley 21.801 : Cuando la tecnología es inclusión ·La reciente Ley 21.801, que regula el uso de dispositivos móviles en establecimientos educacionales, ha generado entusiasmo en algunos sectores e inquietud en otros.
Se valora su intención de mejorar la convivencia y promover un uso responsable de la tecnología; sin embargo, desde la perspectiva de la inclusión y la discapacidad, el debate debe ir más allá de una simple prohibición. La ley no desconoce esta realidad: incorpora excepciones para el uso de dispositivos cuando funcionan como ayudas técnicas para estudiantes con necesidades educativas especiales, transitorias o permanentes, debidamente acreditadas por un profesional competente. Este punto es decisivo. Para muchos estudiantes, el teléfono no es un distractor, sino un lector de pantalla, un comunicador alternativo o un apoyo para la autonomía. Prohibirlo sin matices sería discriminatorio; reconocerlo es un acto de justicia ocupacional. No obstante, toda excepción implica riesgos. Exige acreditaciones y certificaciones que, en la práctica, pueden transformarse en nuevas barreras para familias que ya enfrentan sistemas fragmentados. En territorios vulnerables, la exigencia administrativa podría convertirse en exclusión silenciosa. Por ello, su implementación debe ir más allá de actualizar reglamentos. Requiere un trabajo pedagógico y comunitario que asegure que ningún estudiante vea restringido un apoyo esencial. Aquí, la Vinculación con el Medio cumple un rol clave articulando redes con salud, educación especial y municipios. La inclusión se sostiene en la comunidad. La evaluación que presentará el MINEDUC en 2030 será crucial. Ojalá incorpore la voz de estudiantes y familias, para saber si la ley mejoró el bienestar escolar o dificultó el acceso a apoyos fundamentales. Gerardo Hume Calderón, académico de Vinculación con el Medio, Terapia Ocupacional, Universidad San Sebastián.