Autor: Redacción La Estrella de Quillota-Petorca OMISIÓN QUE DEBE CORREGIRSE
Corte Suprema frena la construcción de edificio
Er E VECINOS LLEVAN AÑOS RECLAMANDO POR LA EDIFICACIÓN DEL INMUEBLE EN UNA ZONA PROTEGIDA POR LEYES MEDIOAMBINTALES. Superintendencia del Medio Ambiente deberá emitir nuevo pronunciamiento sobre el mobiliario que se planea levantar en avenida Urmeneta de Limache.
Corte Suprema frena la construcción de edificio A UN Y sr yer por la mañana A: hizo público el reciente fallo de la Corte Suprema que acoge la reclamación presentada contra la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), obligándola a emitir un nuevo pronunciamiento respecto a la denuncia de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por parte del proyecto inmobiliario de 10 pisos que seiba a emplazar en calle Urmeneta de la comuna de Limache por parte del Grupo San Isidro S.A.
En otras palabras, se determinó que la SMA incurrió en ilegalidad al no considerar que el edificio proyectado se emplaza en la zona de transición de la Reserva Mundial de la Biósfera La CampanaPeñuelas, lo cual debió haber sido tomado en Cuenta al evaluar su imto a áreas bajo protección oficial.
En consecuencia, tanto el edificio que pretendía construirse en calle Urmeneta como todos aquellos que se proyecten en las distintas zonificaciones de la Reserva de la Biósfera La Campana-Peñuelas, deberán ser previamente sometidos a evaluación ambiental para ponderar sus impactos y efectos sobre ella”. pacto ambiental.
“La sentencia de la Corte Suprema anula aquella dictada por el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, la cual desestimó las alegaciones de la comunidad respecto al estatuto de protección de la Reserva Mundial de la Biósfera”, explicó el abogado de la causa, Juan Molina, añadiendo que “de esta manera, razona la corte, concurre la causal de ingreso a evaluación ambiental de la letra “p” del artículo 10 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, esto es, respecoposición ciudadana a este proyecto. “Este edificio y otros proyectos de este tipo representan una aberración cultural que atenta contra el carácter único y patrimonial de nuestra ciudad. Este fallo renueva nuestra esperanza de impedir un daño irreversible”, explicó.
“La comunidad de Li'mache lleva años movilizada por la protección de su valioso patrimonio, denunciando la demora por 41 años de actualización del Plan Regulador Comunal, que expuso la ciudad a la vulnerabilidad de proyectos como este edificio de 10 pisos en el corazón del centro histórico y lo que impulsó a una ciudadanía responsable con su ciudad a llevar adelante la protección oficial de la declaratoria de Zona Típica de la avenida Urmeneta y Parque Brasil”, añadió Aulikki Pollak, periodista e impulsora de iniciativas de protección patrimonial.
El filósofo Gastón Soublette, vecino de Limache y Premio Nacional de Humanidades, ha liderado la Ajuicio de Juan Molina, abogado que ha llevado adelante la causa en apoyo a los reclamos de los vecinos de la comuna de Limache, el fallo de la Corte Suprema, que exige un nuevo pronunciamiento por parte de la SMA, se considera un precedente clave. “La autoridad omitió un factor crucial, que esel emplazamiento del proyecto en un territorio con valor ambiental. Esta omisión vicia la resolución y debe corregirse”, asegura el jurista..