LOS COMPLEJOS CASOS que han enfrentado carabineros y militares
LOS COMPLEJOS CASOS que han enfrentado carabineros y militares Claudio Crespo (en la foto) fue dado de baja en Carabineros. Es acusado de haber causado los daños a Gustavo Gatica. ALEJANDRO BALART "Carlos (Robledo) fue condenado como el peor de los delincuentes a 10 años de cárcel. Cumple condena allí junto a ellos.
Hemos cargado toda la responsabilidad en sus hombros, tenía 18 años recién cumplidos y casi ninguna experiencia en el uso de las armas", escribió hace unas semanas la madre del exconscripto, María Carolina Olguín, en cartas a este medio. EXCAPITÁN ARGUMENTA LEGÍTIMA DEFENSA También está cumpliendo pena por hechos en el marco del estallido el excapitán de Carabineros Hugo Navarro.
En su caso se realizaron dos juicios: en 2021 fue condenado como autor del delito de apremios ilegítimos a una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo y a un año de reclusión menor en su grado mínimo como autor de un delito de detención ilegal en grado de consumado. En esa oportunidad quedó absuelto de los cargos por homicidio frustrado, falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación, y quedó en libertad vigilada.
Sin embargo, a petición de fiscalía, el juicio fue anulado, y en un segundo proceso fue condenado a las penas de cumplimiento efectivo de seis años, 61 días y 541 días de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio y de los delitos consumados de detención ilegal y falsificación de instrumento público. La defensa interpuso un recurso de nulidad que fue rechazado por la Corte Suprema a fines de 2022, confirmando así la sentencia. Los hechos ocurrieron el 19 de octubre en Ovalle afuera de un cuartel de Carabineros donde individuos estaban arrojando piedras y bloques de cemento a los uniformados. El capitán intervino y forcejeó con uno de ellos para detenerlo, ante lo cual el grupo se le abalanzó --según el relato de Navarro-y este disparó. Uno de los disparos llegó a la pierna del detenido. Navarro, en declaraciones a prensa, ha dicho que vio en peligro su vida y por eso actuó en uso de la legítima defensa. El Ministerio Público, por su parte, argumentó en el juicio que su conducta fue desproporcionada al disparar cuando "ya tenía controlado" al detenido. LA CAUSA DE COLINA El cabo primero del Ejército Pedro Lavín está condenado a siete años de cárcel. El hecho por el cual fue condenado ocurrió en Colina, afuera de la Gobernación de Chacabuco, que estaba siendo quemada y saqueada. Lavín, al ver que un encapuchado se disponía a agredir a un carabinero, le disparó a los pies, impactándolo en el muslo. Al inicio, el caso estaba en manos de la fiscal Marcela Adasme, quien formalizó a Lavín por el delito de lesiones graves. Sin embargo, cuando asumió la fiscal Ximena Chong, llevó adelante la causa por la cual se le condenó finalmente: apremios ilegítimos con resultado grave gravísimo.
Así, Lavín fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Colina a siete años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. Nos Importan también releva uno de los casos más conocidos del estallido, que involucra a la actual senadora Fabiola Campillai. El excapitán de Carabineros Patricio Maturana está cumpliendo pena de 12 años y 183 días de cárcel como autor del delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
En 2023, su defensa pidió invocar la Ley Nain-Retamal, asegurando que este actuó en defensa propia y sin la intención de herir, sin embargo, el tribunal rechazó la solicitud de revisión de sentencia. n "En Chile hemos cometido muchos errores en los últimos años, pero creo que el más grave es haber deslegitimado a Carabineros", afirma Alejandra Cruzat, presidenta de Nos Importan, ONG dedicada a dar apoyo a uniformados que han enfrentado procesos judiciales postestallido. Para Cruzat, "los culpables de aquello no fueron las leyes, ni las Reglas de Uso de la Fuerza, fuimos los chilenos. El 18-O se les declaró culpables de todos los males y problemas que tenía nuestra sociedad, y pocos los defendieron. Fueron agredidos brutalmente, pero las agresiones fueron minimizadas e ignoradas. Se inventaron graves y falsas acusaciones contra muchos, y nadie pagó el costo de haberlo hecho". Según la organización, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó cerca de 3.000 querellas. Se han conseguido condenas en 50 casos, la mayoría por delitos menores a los que se les imputó y con condenas menores a las solicitadas. En el caso de carabineros, estiman que al menos 20 han sido absueltos después de enfrentar largos juicios.
En días que han estado marcados por el trágico asesinato de tres carabineros en Cañete, la organización considera importante remirar algunos casos que, a su juicio, representan el difícil escenario que han enfrentado estas instituciones en los últimos años. CONSCRIPTOS CONDENADOS La más alta condena dictada en casos relacionados con el 18-O corresponde a hechos ocurridos en La Serena en octubre de 2019, durante el estado de excepción de emergencia. Al producirse saqueos en un centro comercial, concurrieron militares comandados por el capitán de Ejército José Faúndez. En ese contexto, el uniformado ordenó a los soldados a su mando abrir fuego con fusiles que contaban con municiones de fogueo y de guerra.
Según su defensa, este dio la orden considerando que solo se dispararan las de fogueo (los primeros tiros que debían estar cargados en las armas), sin embargo, en la sucesión de disparos los conscriptos Milovan Rojas y Carlos Robledo, y el cabo José Arenas dispararon municiones reales.
En septiembre de 2023, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a Faúndez a 15 años de presidio mayor en su grado medio, como autor de delito consumado de violencia innecesaria causando la muerte de Romario Veloz Cortés y dos delitos consumados de violencia innecesaria causando lesiones graves.
También fueron condenados quienes siguieron las órdenes del capitán: el conscripto Robledo a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor de un delito consumado de violencia innecesaria causando la muerte de Veloz; el también conscripto Rojas a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo como autor de un delito consumado de violencia innecesaria causando lesiones graves, y el cabo Arenas a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo como autor de un delito consumado de violencia innecesaria causando lesiones graves. En enero de este año, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó los recursos presentados por las defensas de los uniformados y ratificó las sentencias de Faúndez, Robledo y Arenas.
Respecto de Rojas, acogió parcialmente el recurso de nulidad y, en reemplazo, lo condenó a la pena de 540 días de presidio, por el delito de violencia innecesaria causando lesiones graves, condena que se dio por cumplida.
LOS COMPLEJOS CASOS que han enfrentado carabineros y militares Tras el asesinato de tres policías y la discusión de la agenda de seguridad en el Congreso, la ONG Nos Importan cree que es necesario volver a mirar y reflexionar sobre qué ha ocurrido con las instituciones a partir del estallido. Aquí algunos casos que consideran relevantes para ello.
EQUIPO DE REPORTAJES ALGUNOS UNIFORMADOS HAN SIDO CONDENADOS, OTROS ABSUELTOS Y VARIOS ESPERAN JUICIO: YA CUMPLIÓ CONDENA: Se descartó delito de homicidio y fue llevado a Comisión Interamericana de Derechos Humanos En medio de manifestaciones y hechos de violencia el 21 octubre de 2019, un carro de la Infantería de Marina llegó a controlar a un grupo de personas en Talcahuano. El cabo Leonardo Medina, quien manejaba el vehículo, atropelló a Manuel Rebolledo, un joven que se encontraba en el lugar y que falleció producto de las lesiones.
El Ministerio Público pidió 12 años de cárcel por el delito de homicidio, sin embargo, fue condenado a cumplir en libertad la pena de 540 días como autor de cuasidelito de homicidio. "A través de los medios de prueba incorporados al juicio, no se logró acreditar más allá de toda duda razonable que el acusado Medina Camaño se hubiera representado, en concreto, el resultado lesivo previsible", planteó el Tribunal Oral en Lo Penal de Concepción.
Así, se descartó "la existencia de un actuar doloso de su parte en el atropello que le causó la muerte a Manuel Alejandro Rebolledo Navarrete quedando --en todo caso-acreditado que el deceso de este último se debió al actuar culposo del acusado Medina Camaño". Cercanos a la defensa afirman que nunca existió la intención de atropellar al joven y el hecho se produjo por la dificultad de maniobrar el vehículo. En marzo del 2022, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó recursos de nulidad presentados por la defensa y los querellantes, y ratificó la sentencia. Ese mismo año la familia de Manuel Rebolledo acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El caso ha sido mediático y, según afirman algunos, también se politizó. A fines de 2021, Gabriel Boric, en medio de su candidatura presidencial, visitó Talcahuano y se reunió con la familia de Manuel Rebolledo. En febrero de 2022, como Presidente electo, Boric los recibió en "La Moneda chica", en calle Condell.
Y en mayo del mismo año, el mandatario decidió remover a dos días de su nombramiento como jefe de Defensa Nacional a Jorge Parga Balares por el apoyo que le entregó al cabo mientras se encontraba a la espera de la acusación de la fiscalía.
Parga, en ese momento, sostuvo que "la Armada, como institución, va a defender a su servidor, a su funcionario, porque tenemos la convicción de que él es absolutamente inocente de lo que se le está acusando. De ninguna manera él cometió homicidio". n. - -