Notificación
NOTIFICACIÓN 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en causa RIT: O-1408-2021, RUC: 21-4-0324047-5, demandante SERGIO ARNOLDO VALERO ROJAS, cédula de identidad N° 7.113.689 -2, demandado EMPRESA CONSTRUCTORA ALPHA, BELFI E INELA, RUT N° 84.480.100-9, PROMMEL SH. LTDA. R.U.T. : 88.996.800-1, JORGE CONTRERAS NORAMBUENA R.U.T. : 3.921.985 -9, HARTLEY Y CÍA. LTDA. R.U.T. : 82.055.900-2, CONSTRUCTORA RAÚL GARDILCIC LTDA., R.U.T. : 79.538.350-6, HERNÁN OSVALDO ROJAS WILLIAMS, R.U.T. : 5.055.673 -5, ESTRUCTURA CMC LTDA., R.U.T. : 86.148.500-5, CONSORCIO INELA HU.
ARTE LTDA., R.U.T. : 88.010.700-3, EMPRESA CONSTRUCTORA SOGISPI LTDA., R.U.T. : 79.637.090-4, EULOGIO GORDO Y CÍA., R.U.T. : 80.427.700-5, SOCIEDAD CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES EROLES LTDA., R.U.T. : 79.503.690-3, SOCIEDAD LEGAL MINERA LA MONTAÑA 1-80, R.U.T. : 79.977.320-1, INGENIERÍA CONSTRUCCIÓN Y MINERÍA INCOMIN LTDA., R.U.T. : 79.696.130-9, CONSTRUCCIONES ING. NEUT. LATOUR Y CÍA. (INELA S.A. ), R.U.T. : 81.191.100-3 (ZUCARCO) ASESORÍAS DE ING. Y CONSTRUCCIONES LTDA., R.U.T. : 79.724.190-3, ACEROS CHILE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A., R.U.T. : 96.569.900-7, RI.
NA S.A., R.U.T. : 96.685.330-1, CONSTRUCTORA ICA CHILE S.A., R.U.T. : 96.787.610-0, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES MAS ERRÁZURIZ S.A., R.U.T. : 87.996.400-8, CAVOSA CHILE S.A., R.U.T. : 96.914.790-4, CONSORCIO CAVOSA AGECOMET S.A., R.U.T. : 99.513.210-9, ZUBLIN INTERNACIONAL GMBH CHILE SPA., R.U.T. : 77.555.640-4, EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE S. A., R.U.T. : 83.109.000-6, ACT S.
A - ACTUAL GEOVITTA S.A., R.U.T. : 96.557.400-K, AURA INGENIERÍA LTDA., R.U.T. : 78.119.320-8, FORTIFICACIÓN Y SERVICIOS DE MINERÍA JAIME RAÚL CO., R.U.T. : 76.084.196-K, RECOMIN SERVICIOS MINEROS SPA., R.U.T. : 76.096.683-5, ASTALDI SUCURSAL CHILE, R.U.T. : 59.144.770-K, MINERA LAS CENIZAS S.A., R.U.T. : 79.963.260-8, CODELCO - DIVISIÓN ANDINA, RUT: 61.704.000-k, por las acciones de Indemnización de perjuicios por responsabilidad del empleador en enfermedad profesional, se fijó Audiencia Preparatoria para el día 03 de NOVIEMBRE de 2021, a las 09:40 horas, ella se celebrará bajo la modalidad de video conferencia en plataforma Zoom, ordenado por resolución fecha uno de septiembre de dos mil veintiuno, desde la cual, el día fijado para la audiencia, podrá presionar el link que se adjunta a dicha providencia, para acceder a la agenda de ese día y donde podrá encontrar y acceder a su sala virtual. La totalidad de los antecedentes se encuentran disponibles en carpeta digital de la causa, en el portal web del Poder Judicial. Se agrega la siguiente resolución solo para efectos de dar cumplimiento al artículo 439 del Código del Trabajo. Santiago, once de marzo de dos mil veintiuno. Vistos A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general. Traslado; debiendo procurar el Centro de Notificaciones la gestión prioritaria de la notificación respectiva. Cítese a las partes a una audiencia preparatoria, para el día 10 de junio de 2021 a las 09:40 horas, la que se celebrará bajo la modalidad de video conferencia en plataforma Zoom. El día fijado para la audiencia, presione el link que se adjunta a continuación para acceder a la agenda de ese día, donde podrá encontrar y acceder a su sala virtual.
Pinche aquí para acceder a la agenda La audiencia preparatoria -por videoconferenciase celebrará con las partes que asistan el día y hora señalados, afectándole a la que no concurra, todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación.
En caso de que alguna de las partes tenga impedimento para acceder a la plataforma, conservará su derecho a concurrir personalmente al tribunal, para el solo efecto de participar en la audiencia virtual, desde los módulos que estarán habilitados para su realización. Para tal efecto, la parte que tenga dicha necesidad deberá requerirlo con 48 horas de anticipación vía telefónica en horario de atención del Tribunal, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 al 229157000.
Las partes deberán presentar a través de la Oficina Judicial Virtual la DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.055 Miércoles 15 de Septiembre de 2021Página 2 de 2 CVE 2005368 | Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl prueba documental debidamente digitalizada en formato pdf y minuta de toda la prueba que será ofrecida. Para tales efectos se fija un plazo de cinco días hábiles de anticipación a la audiencia, en los términos del artículo 435 inciso final del Código del Trabajo.
En esta audiencia las partes deberán señalar todos los medios de prueba que pretendan hacer valer en la audiencia oral de juicio, como así también requerir las diligencias de prueba atinentes a sus alegaciones, a fin de examinar su admisibilidad, aportando en dicha oportunidad correo electrónico de la institución a la cual se pretende oficiar.
En caso de presentar prueba documental, y atendida la actual modalidad de trabajo del tribunal, se insta a las partes a digitalizar la prueba documental que hayan de ofrecer a fin de propiciar la gestión de la audiencia vía plataforma zoom, en su oportunidad. Para tal objeto, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 12 del Auto Acordado N° 53 de la Excma.
Corte Suprema, con el fin de facilitar las comunicaciones y notificaciones que se deban producir en la presente causa durante el período de excepción constitucional, las partes deberán indicar indistintamente un número de teléfono celular y/o correo electrónico que permita su contacto expedito, dentro de tercero día, bajo apercibimiento de aplicar a su respecto las normas generales de notificación.
El demandado deberá contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días hábiles de antelación (completos), a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria, la que tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Ante la eventual presentación de testigos, los abogados deberán aportar los correos electrónicos de los mismos, para su eventual citación si así fuere pedido al tribunal.
Se hace presente a las partes que en el evento de concurrir a la audiencia decretada por intermedio de mandatario, este último se entiende facultado de pleno derecho para transigir y avenir, sin perjuicio de la asistencia obligatoria de su abogado. Al primer otrosí: Como se pide, sólo en cuanto se ordena notificar por correo electrónico las resoluciones que conforme a la ley deban notificarse personalmente, por cédula o mediante carta certificada. Al segundo otrosí: Téngase presente y por digitalizado el documento que acredita personería que invoca. Al tercer otrosí: Téngase presente.
Notifíquese a las demandadas personalmente por funcionario habilitado del Centro de Notificaciones en el domicilio señalado en la demanda o en el que tome conocimiento en la práctica de la diligencia, cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos 436 y 437 del Código del Trabajo, otorgándole la prioridad ya señalada en cuanto fuere posible. Respecto de la demandada Aceros Chile Construcciones Civiles S.A., exhórtese al Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo.
Respecto de las demandadas Jorge Contreras Norambuena, Hernán Osvaldo Rojas Williams, Sociedad Construcción y Montajes Eroles Limitada, Sociedad Legal Minera La Montaña y Ri Na S.A., exhórtese al Juzgado de Letras de Los Andes que resulte competente. En cuanto a la demandada Fortificación y Servicios Mineros Jaime Raúl Contreras Valencia EIRL., exhórtese al Juzgado de Letras de Quillota que resulte competente. Se autoriza desde ya al abogado patrocinante de la parte demandante, a realizar las gestiones necesarias para llevar a cabo la presente actuación en los tribunales exhortados. En caso de que la notificación de la demanda no pueda ser cumplida mediante el Centro de Notificaciones se autoriza a encargar la diligencia a través de un receptor particular, a su costa.
Sirva la presente resolución como justificación de desplazamiento para las partes en las zonas que existan restricciones a la misma y para el solo fin de realización de esta audiencia. - RIT: O-1408-2021, RUC: 21-4-0324047-5. - En Santiago, a once de marzo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. - MINISTRO DE FE, PRIMER JUZGADO LETRAS TRABAJO SANTIAGO.
Resumen
NOTIFICACIÓN 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en causa RIT: O-1408-2021, RUC: 21-4-0324047-5, demandante SERGIO ARNOLDO VALERO ROJAS, cédula de identidad N° 7.113.689-2, demandado EMPRESA CONSTRUCTORA ALPHA, BELFI E INELA, RUT N° 84.480.100-9, PROMMEL SH., , R.U.T.: 76.096.683-5, ASTALDI SUCURSAL CHILE, R.U.T.: 59.144.770-K, MINERA LAS CENIZAS S.A., R.U.T.: 79.963.260-8,
CODELCO -
DIVISIÓN ANDINA, RUT: 61.704.000-k, por las acciones de Indemnización de perjuicios por responsabilidad del empleador en enfermedad profesional, se fijó Audiencia Preparatoria para el día 03 de NOVIEMBRE de 2021, a las 09:40 horas, ella se celebrará bajo la modalidad de video conferencia en plataforma Zoom, ordenado por resolución fecha uno de septiembre de dos mil veintiuno, desde la cual, el día fijado para la audiencia, podrá presionar el link que se adjunta a dicha providencia, para acceder a la agenda de ese día y donde podrá encontrar y acceder a su sala virtual., Pinche aquí para acceder a la agenda La audiencia preparatoria -por videoconferencia- se celebrará con las partes que asistan el día y hora señalados, afectándole a la que no concurra, todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación.
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