Decreto número 45, de 2025.- Modifica integración del Comité Nacional de Facilitación del Comercio
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.202 Sábado 19 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2669296 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales MODIFICA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ NACIONAL DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO Núm. 45. - Santiago, 7 de marzo de 2025.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 24,32 Nº 6 y Nº 15,35 y 54 Nº 1 de la Constitución Política de la República; en el Título Ide la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los decretos supremos Nº 50, de 2017, y Nº 297, de 2018, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y Considerando: 1.
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, planificación, prospección, conducción, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior que éste formule, proponiendo y evaluando las políticas y planes orientados a fortalecer la presencia internacional del país, y velando por los intereses de Chile, con el propósito de elevar la calidad del desarrollo, seguridad y bienestar nacional. 2.
Que al Ministerio de Relaciones Exteriores le corresponde, entre otras materias, coordinar e integrar a los distintos ministerios y demás órganos de la Administración del Estado en todos los asuntos que inciden en la política exterior, comprendiendo, entre ellos, las relaciones económicas internacionales. 3.
Que, mediante decreto supremo Nº 50, de 15 de marzo de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de octubre del mismo año, se promulgó el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio que Incorpora el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio a su Anexo 1A. 4.
Que, mediante decreto supremo Nº 297, de 5 de octubre de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 22 de abril de 2019, que crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, un Comité Asesor del Ministro de Relaciones Exteriores, cuya misión es coordinar internamente y proponer medidas para la implementación de las disposiciones del Acuerdo de Facilitación de Comercio de la Organización Mundial del Comercio. 5.
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo del citado decreto, dicho Comité estará integrado de forma permanente por representantes de las siguientes instituciones: Ministerio de Relaciones Exteriores; Ministerio de Hacienda; Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; Ministerio de Agricultura; Servicio Nacional de Aduanasy Servicio Agrícola y Ganadero. 6.
Que, no obstante lo señalado en el considerando anterior, el artículo quinto del referido decreto permite que el Comité solicite la participación de funcionarios de la Administración del Estado, así como a representantes del sector privado, cuya participación o colaboración se estime Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669296 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Decreto: Artículo único: Modifícase el inciso primero del artículo segundo del decreto supremo Nº297, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, agregando como quinto guion "Un representante del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones", pasando a ser sexto y séptimo guion los actuales quinto y sexto, respectivamente.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Gloria de la Fuente González, Ministra de Relaciones Exteriores (S). - Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda. - Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo. - Esteban Valenzuela van Treek, Ministro de Agricultura. - Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento. - Marcela Otero Fuentes, Subsecretaria de Relaciones Económicas Internacionales (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669296 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl