EDITORIAL: Imprudencia temeraria
EDITORIAL: Imprudencia temeraria Alo largo del tiempo, el país ha sido testigo de acciones imprudentes que han generado amplios operativos de rescate, ya sea de excursionistas que se adentran en cerros o en la cordillera, quienes terminan extraviados en medio de condiciones climáticas adversas; quienes se arriesgan en el borde costero en medio de marejadas, u otras situaciones que ponen en riesgo sus vidas cuando se podrían haber evitado.
Pues bien, hace pocos días, equipos de emergencia y autoridades se desplegaron en la precordillera de Romeral para rescatar a nueve personas que se extraviaron en medio de un anunciado sistema frontal, cuando decidieron hacer un asado cerca de la nieve.
Cuando todas estas personas fueron finalmente encontradas y rescatadas, autoridades cuestionaron sus intenciones al momento de dirigirse a lugares complejos y sobre todo en medio de una nevazón, arriesgando sus vidas y de todos quienes tuvieron que ir a salvarlos. Con esta situación como ejemplo, nos vamos a referir a un proyecto de ley que busca sancionar este tipo de acciones.
De hecho, la comisión de Emergencias, Desastres y Bomberos de la Cámara de Diputados despachó ala Sala el proyecto de ley que estaCámara de Diputados despachó ala Sala el proyecto de ley que establece sanciones por conductas imprudentes en actividades de exeursionismo, senderismo y montañismo, cuando estas generen operaciones de búsqueda, rescate o salvamento.
La iniciativa busca tipificar como imprudencia temeraria una serie de conductas que pongan en riesgo la seguridad de los excursionistas o de terceros, entre ellas: no portar ropa, calzado o equipamiento de protección adecuado; no contar con hidratación, alimentación o planificación previa de la ruta; ignorar condiciones climáticas adversas o realizar actividades en horarios de baja visibilidad, entre otras.
En caso de activarse un operativo de búsqueda o rescate por parte de Carabineros, Bomberos, Socorro Andino u otras entidades, estas deberán presentar una denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la comuna donde ocurrieron los hechos o desde donde se coordinó el operativ El tribunal podrá aplicar una multa de hasta 10 Unidades Tributarias Mensuales, en beneficio de las entidades que determine la sentencia. Mensuales, en beneficio de las entidades que determine la sentencia. Mensuales, en beneficio de las entidades que determine la sentencia. De prosperar esta iniciativa, actos de irresponsabilidad, no quedarán solo como una anécdota..