Normas vigentes
E Las Normas Legales sobre el Uso de la Fuerza (NUE) actualmente vigentes para militares y carabineros son clarísimas, razón por la que no es preciso dictar nuevas leyes al respecto, Tales normas son: “Será causal eximente de responsabilidad para los militares, el hacer uso de armas cuando no exista otro medio racional de cumplir la consigna recibida.
Serán, asimismo, causales eximentes de responsabilidad penal para el personal de las Fuerzas Armadas que cumplan funciones de guardadores del orden y seguridad públicos, las establecidas para Carabineros de Chile que siguen: el hacer uso de sus armas en defensa propia o en la defensa inmediata de un extraño al cual, por razón de su cargo, deban prestar protección o auxilio. El que haga uso de sus armas en contra del preso o detenido que huya y no obedezca alas intimaciones de detenerse.
En caso que el carabinero haga uso de sus armas en contra de la persona o personas que desobedezcan o traten de desobedecer una orden judicial que dicho carabinero tenga orden de velar” (artículos 208,410, 411 y 412 del Código de Justicia Milita). Adolfo Paúl Latorre