Decreto alcaldicio exento número 489, de 2026.- Inicia procedimiento de invalidación de permiso de edificación que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.441 Martes 5 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2803719 MUNICIPALIDAD DE TOCOPILLA INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DEL PERMISO DE EDIFICACIÓN Núm. 489 exento. - Tocopilla, 17 de marzo de 2026.
Vistos: 1. - El permiso de edificación Nº 15, de fecha 16 de mayo de2024, para una viviendaubicada en Avenida Leonardo Guzmán Nº 0180 de la ciudad de Tocopilla, 2.- El correo electrónico de Contraloría, solicitando información a la DOM sobre el permiso mencionado, 3.- El informe técnico, de fecha 16 de junio de2025, de la Dirección de Obras, informando a Contraloría sobre las consultas efectuadas respecto de la emisión del mencionado permiso, 4.- El oficio Nº 5061/2026, de fecha 9 de enero de2026, de la Unidad de Control Externo de la Contraloría Regional de Antofagasta, que se pronuncia sobre el permiso de edificación Nº 15, de16 de mayo de2024,5.- El Informe Técnico, Memorándum Interno Nº 48/2026 de fecha 16 de marzo de2026, de la Dirección de Obras Municipales, indicando el acto administrativo de anulación del permiso de edificación Nº 15 de2024, por los motivos que allí se señalan, 6.- Lo consignado en el artículo 53º de la ley Nº 19.880, sobre la invalidación administrativa de actos irregulares, 7.- Lo dispuesto en los artículos 12º y 56º, del DFL Nº 1, de fecha 09.05.2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades". Considerando: 1. - Lo indicado por la Contraloría Regional de Antofagasta, en oficio Nº 5061/2026, de fecha 9 de enero de2026, en relación a "... la falta de acreditación del propietario y sobre el permiso de edificación otorgado en contravención al uso de suelo establecido en el Plan Regulador Comunal, la Municipalidad de Tocopilla deberá adoptar las medidas que resulten pertinentes, considerando lo prescrito en el artículo 53º de la ley Nº 19.880, sobre la invalidación administrativa de actos irregulares, informando de ello a esta Contraloría Regional, a través del sistema de seguimiento y apoyo CGR... ". 2. - Lo informado por la Contraloría Regional, respecto a que "... para la zona H3,. .. se permiten los destinos de vivienda... y se prohíben expresamente 'todos los usos no indicados anteriormente', sin embargo, según las láminas de arquitectura... el proyecto aprobado incluye tres volúmenes de 4,3 y 1 piso respectivamente, con una superficie total de 696,11 m², y 32 habitaciones con baño privado, características propias de un establecimiento de hospedaje, lo que evidencia un destino distinto al declarado.". 3. - Lo indicado por la Contraloría General de la República al respecto, que ha sostenido que "... el uso de suelo y el destino son categorías distintas, y que cuando un instrumento de planificación territorial define usos o destinos permitidos, aquellos no mencionados se entienden prohibidos, debiendo prevalecer la intención del planificador expresada en dicho instrumento, sin que proceda una interpretación extensiva para admitir actividades no previstas, como el hospedaje", según lo indicado en el dictamen E739N25, de fecha 3 de enero de2025, referido a un análisis realizado al Plan Regulador Comunal de Zapallar. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2803719 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Miguel Ángel Hernández Delgado, RUT 7.666.260 -0, correspondiente a una vivienda de 696,11 m², ubicada en Avenida Leonardo Guzmán Nº 0180, de la comuna de Tocopilla, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 53º de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. 2.- Notifíquese, por la Dirección de Obras Municipales, el contenido del presente decreto al propietario del inmueble, don Herman Javier Rivera Chacana, RUT 9.821.227 -2, domiciliado en Calle Alberto Rodríguez Nº 121, de la ciudad de Tocopilla, y al representante legal, don Miguel Ángel Hernández Delgado, RUT 7.666.260 -0, domiciliado en Calle Obispo Labbé Nº 1518, de la ciudad de Iquique, para que formulen ante la Dirección de Obras Municipales las alegaciones, reclamaciones o impugnaciones que consideren procedentes, en defensa de sus intereses, si las hubiere. 3.- Dispóngase la devolución al propietario, del monto cancelado por concepto de aprobación de permisos de edificación, mediante boletín de ingreso folio Nº 3963, de fecha 13/05/2024.4.- Publíquese por la Dirección de Obras Municipales, el presente decreto, a través de una inserción en el Diario Oficial, con la finalidad de que los demás interesados conozcan al inicio del procedimiento de invalidación, atendido lo dispuesto en el artículo 48º de la ley 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y que en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la respectiva publicación, formulen ante la Dirección de Obras Municipales, las alegaciones, reclamaciones o impugnaciones que consideren procedentes, en defensa de sus intereses, si las hubiere. 5.- Remítase copia de todos los antecedentes del caso a la Contraloría Regional de Antofagasta, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, y al propietario del inmueble identificado. Anótese comuníquese y archívese. - Ljubica Kurtovic Cortés, Alcaldesa. - Javier Araya Salamanca, Secretario Municipal. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2803719 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl