Ministerio de Agricultura Notificaciones
MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Tarapacá NOTIFICACIONES Res. Ex. Nº 245 de 02/03/20. Exp. Nº 200122. Vistos: ley Nº 18.755 ; ley Nº 18.575, resolución Nº 7/2019 de la CGR, Informe Sustanciador Encargado Control Fronterizo.
Considerando: 1. - Que, conforme a Acta de denuncia y Citación Nº 01-000096, suscrita en Control Fronterizo Colchane, al inspeccionar equipaje de denunciada, se intercepta 0,3 kg. de manzana, producto de origen vegetal no fue declarado en DJC. 2.- Que, según consta en expediente Nº 200122, denunciada no comparece a audiencia de prueba fijada para el día 20 de enero de 2020 en las dependencias de la Dirección Regional del Servicio en la ciudad de Antofagasta, por tanto, se avanza en el proceso infraccional en su rebeldía. 3.- Que, de acuerdo al Informe del Sustanciador, se indica que, se encuentra configurada conducta infractora a artículo 42 de decreto ley 3.557, empero, considerando la cantidad del producto, propone absolver a denunciada. 4.- Que, acorde a los antecedentes de nuestro Servicio, denunciada no registra a su haber infracción previa. Resuelvo: 1. - Absuélvase, por única vez a doña Gladys Quisbert Céspedes Documento de Identidad Nº 3179269, de nacionalidad boliviana, con domicilio indeterminado. 2.- Notifíquese, el presente acto administrativo a infractora. Si en el acto de la notificación no fuere habida, ésta se practicará a cualquier persona mayor de edad que se encontrare en el domicilio. Firma: Sue Vera Cortez, Directora Regional (S) Región de Tarapacá Servicio Agrícola y Ganadero. Res. Ex. Nº 884 de 02/10/20. Exp. Nº 2001128. Vistos: ley Nº 18.755 ; ley Nº 18.575, resolución Nº 7/2019 de la CGR, Informe Sustanciador Encargado Protección Pecuaria.
Considerando: 1. - Que, según Acta de Fiscalización Nº 1010000646, se fiscalizó a don Abercio Choque Mendoza detectándose incumplimiento, en este sentido, el resultado de la fiscalización es que no cumple, generándose Acta de denuncia y Citación respectiva. 2.- Que, conforme a lo transcrito en Acta de denuncia y Citación Nº 2010000273, se ha cometido el siguiente incumplimiento: El establecimiento no funciona bajo la dirección técnica del profesional director técnico declarado en el Servicio e identificado en el Certificado de inscripción de expendio. 3.- Que, consta en expediente Nº 2001128, presentación de descargos por escrito por parte de denunciado, manifestando que, seguidamente a fiscalización del Servicio, solicitó inscripción de Director Técnico y Q.F.
Complementario al SAG de Farmacia Vital. 4.- Que, de acuerdo al Informe del Sustanciador, Acta de denuncia y Citación, indica incumplimiento a decreto 25/2005 que aprueba Reglamento de Productos Farmacéuticos de Uso Exclusivamente Veterinario, específicamente título IV del comercio de los productos, en su artículo 49 que indica: los interesados en instalar un establecimientos de expendio, deberán comunicar al Servicio, para que éste pueda verificar el cumplimiento de los requisitos del presente Reglamento, la individualización del propietario, ubicación del establecimiento e individualización del profesional que tendrá a cargo la dirección técnica del mismo, adjuntando el permiso municipal y la iniciación de actividades. 5.- Que, en antecedentes de la presente causa, aparece correo electrónico remitido por funcionario SAG don Leonardo Turra, en el que, da cuenta de concurrencia de infractor a dependencias del Servicio, quien realizó trámite de cambio de Director Técnico, efectuando el pago on-line. Se acompaña boleta. 6.- Que, acorde a los registros de nuestro Servicio, denunciado no registra a su haber infracción previa. Resuelvo: 1. - Absuélvase, por única vez a don Abercio Choque Mendoza, Cédula de Identidad Extranjero Nº 22.633.050-K, nacionalidad boliviana. 2.- Notifíquese, el presente acto administrativo a infractor. Si en el acto de la notificación no fuere habido, ésta se practicará a cualquier persona mayor de edad que se encontrare en el domicilio. Firma: Alfredo Arnulfo Fröhlich Albrecht, Director Regional Región de Tarapacá Servicio Agrícola y Ganadero.