Segundo Tribunal Ambiental aprueba conciliación en demanda por daño ambiental en campo dunar
Segundo Tribunal Ambiental aprueba conciliación en demanda por daño ambiental en campo dunar l Segundo Tribunal AmE biental aprobó el avenimiento por el cual se puso término a la demanda por daño ambiental presentada por la Fundación Territorio Costero, que acusaba una potencial afectación de un sector del Santuario de la Naturaleza Dunas de La Chépica-Gota de Leche, ubicado en la comuna de El Tabo. Entre otras acciones, el acuerdo establece la puesta en valor de los tres sitios arqueológicos detectados en el lugar y la recuperación de la cubierta vegetal dunar.
Este proceso de conciliación requirió un importante esfuerzo de coordinación y evaluación de las propuestas por parte del tribunal, como también la disposición al diálogo tanto de la fundación como de Establecimientos de Turismo Aquelarre, empresa dueña del Fundo Santa Margarita, lugar en que se llevaron a cabo las actividades de extracción de áridos, foco de la demanda, y cuyos terrenos están incorporados al Santuario de la Naturaleza citado.
SITIOS ARQUEOLÓGICOS En el sector C del Fundo Santa Margarita, propiedad de Turismo Aquelarre, se detectaron tres sitios arqueológicos, denominados Conchal Nº 1, Conchal Nº 2 y Conchal Nº 3, para los cuales la conciliación considera la ejecución de un "Plan de manejo y puesta en valor", consistente en la habilitación de un sendero interpretativo que conectara hitos de relevancia forestal y arqueológica al interior de dicho fundo.
En el caso del Conchal Nº3 se considera la habilitación de un sendero interpretativo que permitiría observar el contexto arqueológico del lugar, el cual se caracteriza por tener áreas de ocupación "continuas" y "discontinuas" en el espacio, lo cual logísticamente permite habilitar un sendero-con proximidad al sitio arqueológicosin riesgo de afectar evidencias arqueológicas, lo que a su vez también facilita la utilización de los sectores con ausencia de materiales y depósito arqueológico subsuperficial, para la construcción de la recreación de un contexto funerario.
NO ENTRAR SITIOS ARQUEOLOGICOS La conciliación dispone la reparación de la cubierta vegetal dunar a través del repoblamiento del arbusto garbancillo o hierba de El Tabo (Astragalus trifoliatus), especie en estado de protección, y otras especies complementarias. 03. EL TABO. Proceso estableció varias medidas que debe adoptar la empresa dueña del Fundo Santa Margarita, donde se encontraron tres sitios de valor arqueológico. UNA DE LAS MEDIDAS ES LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SENDERO.