Extracto
EXTRACTO ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 20/04/2021, REP.
N°7224 - 2021, ante mí: doña CONSTANZA ADRIANA SALAZAR SAAVEDRA y doña CATALINA ANDREA SALAZAR SAAVEDRA, constituyeron la sociedad por acciones ASG ARRIENDOBOXDENTAL SpA., pudiendo utilizar también como nombres de fantasía ASG CLINICA DENTAL SpA. o CLINICA DENTAL SpA., ante cualquier institución pública o privada, e incluso ante los bancos y otras instituciones financieras.
El objeto de la sociedad es: a) La prestación integral de servicios o asesorías profesionales en materias relacionadas con el diagnóstico, tratamiento e investigación de patologías médicas y / o dentales, y en general brindar al paciente una atención integral; la toma de exámenes, servicios rehabilitación, atención de pacientes ambulatorios, hospitalizados y a domicilio. b) La instalación, explotación o arrendamiento de centros, consultas clínicas, laboratorios y de más organismos que le permitan cumplir su finalidad.
Con estos fines la sociedad podrá desarrollar convenios con del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, o de organismos del sector público, municipal, o privado, relacionados con la provisión y financiamiento de atenciones de salud, y con personas naturales que sean o beneficiaras de estas instituciones.
Los accionistas podrán dedicarse además a realizar labores de capacitación, cursos, seminarios, charlas, a empresas públicas o privadas, universidades y a toda clase organismos, instituciones, personas naturales y jurídicas; c) la importación, distribución y comercialización de medicamentos, sustancias, materiales, instrumentos o equipos relacionados con las atenciones médicas que presta; y d) La inversión y explotación de toda clase de bienes, muebles, inmuebles o de capital, corporales e incorporales y cualquier otro objeto que autoricen los accionistas.
Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores.
El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en su totalidad, en la forma descrita las cláusulas transitorias.
La sociedad será administrada por doña CONSTANZA ADRIANA SALAZAR SAAVEDRA, RUT 19.133.627.5 y doña CATALINA ANDREA SALAZAR SAAVEDRA RUT 20.461.272-7, a quienes les corresponderá el uso de la razón social y representarán a la sociedad en la forma y con las facultades reguladas en el estatuto social. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago 21 de abril de 2021.