Notificación
NOTIFICACIÓN Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT O-1346-2020, RUC 20-4-0299644-8, se ordenó notificar por aviso a la demandada HS CHILE S.P.A., RUT 76.860.136-4, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento ordinario laboral deducida con fecha 20 de octubre de 2020, por doña CONSTANZA PAOLA ÁVILA PARRA, RUT 18.582.412-8, la que demanda por Nulidad del despido, Despido indirecto y cobro de prestaciones laborales, a razón de lo siguiente: Declarar que la demandada deberá ser sancionada a pagar las remuneraciones y demás prestaciones del contrato de trabajo, en razón de $551.269. -, devengadas desde la fecha del auto despido, hasta la fecha en que la ex empleador convalide el despido en los términos señalados en los incisos quinto y siguientes del artículo 162 del Código del Trabajo. - Indemnización Sustitutiva del aviso previo por la suma de $551.269. - Indemnización por años de servicio (1) por la suma de $551.269. - Recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicio. - Remuneraciones Impagas los meses de agosto de 2019 y los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre de 2020, por la suma de $3.307.614. - Feriado proporcional: Se me debe indemnizar el período que va desde el al 8 de julio de 2020, lo cual asciende a la suma de $385.888. - Descuentos por uso de celular: Durante la vigencia de la relación laboral, mi empleador me descontó mensualmente de la remuneración la suma de $10.000 por uso de celular, no obstante, en la práctica nunca se me entregó este dispositivo, por lo cual demandaré su devolución en razón de los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2019, por la suma de $40.000. - Que se adeudan las cotizaciones previsionales, ordenando oficiar a las entidades correspondientes para que procedan a su liquidación y cobro, correspondiente a AFP, AFC CHILE, FONASA. - Reajustes e intereses legales que correspondan. - Las costas del juicio. - Con fecha 23 de octubre de 2020, EL TRIBUNAL RESUELVE: A lo principal: Téngase por deducida demanda de nulidad del despido, de despido indirecto y de cobro de prestaciones, en procedimiento de aplicación general. Traslado. Cítese a audiencia preparatoria, para el día 10 de diciembre de 2020, a las 10:00 horas, la que se realizará bajo la modalidad de video conferencia, en plataforma Zoom.
La ID será enviada a los correos electrónicos de los apoderados, con la debida antelación y, la parte que nada señale, conservará su derecho a concurrir al Tribunal, a fin de ser conectado a la audiencia, salvo en periodos de vigencia de cuarentena obligatoria. Con fecha 11 de noviembre de 2020, el tribunal exhortado, Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa notificación fallida del demandado. Con fecha 18 de noviembre de 2020, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de autos, y lo informado por el Tribunal exhortado, déjese sin efecto la audiencia programada en los antecedentes. Con fecha 4 de diciembre de 2020, la parte demandante solicita se oficie a las entidades pertinentes para que informen posibles domicilios del demandado.
Con fecha 7 de diciembre de 2020, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, requiérase por vía de interconexión a Tesorería Gral. de la República y Servicio de Impuestos Internos, domicilio de la demandada HS CHILE S.P.A., RUT N° 76.860.136-4, conforme figura en sus registros. Certifíquese domicilio que registra en sistema del Servicio de Registro Civil e Identificación, representante legal de la demandada precedentemente individualizada, don MARCO JOAQUIN HENRÍQUEZ CIAPPA, CI. N° 14.167.908-2. Con fecha 4 de febrero de 2021, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de El Matico Nº 3770, Departamento 906, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Con fecha 5 de febrero de 2021, el tribunal resuelve: Téngase presente, modifíquese en el sistema informático.
Notifíquese la demanda, su proveído y presente resolución a la demandada, HS Chile SpA., con domicilio en El Matico Nº 3770, Departamento 906, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en forma personal o en conformidad con lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, por EXHORTO, al Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, según distribución. Con fecha 16 de febrero de 2021, el tribunal exhortado, 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa notificación fallida del demandado.
Con DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 42.930 Jueves 15 de Abril de 2021Página 2 de 2 CVE 1924012 | Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl fecha 5 de marzo de 2021, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 9 de marzo de 2021, el tribunal resuelve: A lo principal y otrosí: Previamente, ofíciese a AFC Chile, SERVEL e IPS, para que informe respecto del domicilio de la demandada, conforme figura en sus registros. Con fecha 23 de marzo de 2021, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de MONSEÑOR ESCRIVA DE BALAGUER 13105, LO BARNECHEA. Con fecha 24 de marzo de 2021, el tribunal resuelve: Téngase presente el nuevo domicilio señalado. Ingrésese al sistema computacional.
Inténtese la notificación de la demanda, su proveído y la presente resolución al demandado, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio de calle MONSEÑOR ESCRIVA DE BALAGUER Nº 13105, LO BARNECHEA, por exhorto al Juzgado del Trabajo de Santiago, previa distribución, o en aquel que el ministro de fe constate fehacientemente en el curso de la diligencia.
Con fecha 4 de abril de 2021, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 5 de abril de 2021, el tribunal resuelve: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese a la demandada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, la demanda, su proveído y presente resolución, mediante aviso que se publicará por una vez en el Diario Oficial, conforme extracto que confeccionará la Unidad de Notificaciones de este Tribunal, se fija como nueva fecha para la realización de la audiencia preparatoria, el día 1 de junio de 2021 a las 10:00 horas, la que se realizará bajo la modalidad de video conferencia en plataforma Zoom.
La ID de la reunión será enviada a los correos electrónicos de los apoderados con la debida antelación, y la parte que nada señale, conservará su derecho a concurrir al Tribunal a fin de ser conectado a la audiencia.
Para los efectos de velar por la continuidad de la audiencia, las partes deberán presentar por Oficina Judicial Virtual, con tres días de antelación a la audiencia fijada, la prueba documental debidamente digitalizada, como asimismo, remitir minuta de toda la prueba que será ofrecida, al correo electrónico institucional jlabvalparaiso@pjud.cl, en formato Word.
La demandada deberá contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días hábiles completos de antelación, a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria, la que tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas la resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación.
Al otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes, y los fundamentos de la solicitud, según lo dispuesto en los artículos 295 y 298 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 444 del Código del Trabajo, no ha lugar por ahora. - RIT O-1346-2020, RUC 20-4-0299644-8. - Proveyó XIMENA ADRIANA CÁRCAMO ZAMORA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. - Pamela Cárdenas Quinteros, Jefe de Unidad, Juzgado de Letras del Trabajo Valparaíso.