GERMÁN R. PINTO PERRY, PROFESOR DEL MAGÍSTER EN PLANIFICACION Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA USACH: "Las pymes deben ser protegidas porque están más expuestas a cambios 77
El académico sostiene que entre las principales modificaciones a la reforma tributaria que podrían favorecer a las pymes, es que el 14 bis volviera, ya que permite la capitalización de las empresas que no realizan retiros.
Germán Pinto Perry, profesor del Magíster en Planificación y Gestión Tributaria de la Facultad de Administración y Economía de la Usach.
RESULTADOS CONCRETOS Las pymes deben ser protegidas, pues están más expuestas a cambios de normativa, de mercado y de regulación -asegura el académico de la Usach-, ya que toda normativa que las ayude a su capitalización es bienvenida. 'Esa capitalización va en los recursos como en el capital humano.
Bajo este punto de vista, insisto que deberían contar con un sistema de reconocimiento más amplio de la capacitación de distintas naturalezas".
También, enfatiza, deberían tener una flexibilidad en la posibilidad del castigo de cuentas por cobrar incobrables. "Como es sabido, muchas pymes son proveedores de las empresas estatales las cuales no les pagan en los plazos oportunos, extendiéndose por periodos muy extensos. Creo que ellos deberían tener la posibilidad de castigar con menos requisitos que los actuales contenidos en el número 4 del artículo 31 de la Ley de la Renta ".
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En la Operación Renta 2018 las pymes recurrieron a asesorías tributarias para optimizar la carga tributaria, pues muchas se acogieron a las normas del artículo 14 ter. "Fue necesario el apoyo de un contador, ya sea para poder cumplir con la normativa y las declaraciones que este sistema de tributación requiere, como también por el hecho que los bancos siguen solicitando información contable para otorgar sus créditos", ' reconoce el doctor Germán Pinto Perry, profesor del Magíster en Planificación y Gestión Tributaria de la Facultad de Administración y Economía de la Usach.
—¿Cómo enfrentaron las pymes el proceso Operación Renta 2018? "Un número no menor de contribuyentes se acogió a las normas del artículo 14 ter de la Ley sobre Impuestos a la Renta aprovechando una serie de supuestos beneficios que esta normativa traía, centrándose principalmente en la posibilidad de no llevar contabilidad completa, tributar sobre la base de la diferencia de ingresos y gastos del año y solo considerar los ingresos percibidos entre otros atractivos. Esto significó una facilidad en la determinación de los resultados, pero no generó una menor carga de trabajo, pues fue necesario cumplir con el envío de declaraciones juradas antes de la fecha de declaración de los impuestos anuales, lo que obligó adelantar el trabajo de declaración".
"No creo que esta normativa haya generado una menor carga tributaria para este tipo de contribuyentes, tal como se anunció inicialmente, pues los beneficios a que pueden acogerse, que realmente deriven en una menor utilidad, no son tan radicales".
"Hay un detalle muy importante que está vinculado con el régimen del artículo 14 ter que es la posibilidad de no tributar según contabilidad completa, lo que podría hacer pensar que fueran los mismos contribuyentes quienes declaran sus impuestos, prescindiendo de los servicios de un profesional contable. Esto no es así, pues de todas formas es necesario el apoyo de un contador, ya sea para poder cumplir con la normativa y las declaraciones que este sistema de tributación requiere, como también por el hecho que los bancos siguen solicitando información contable para otorgar sus créditos".
—¿Cuáles fueron las principales dificultades que debieron enfrentar estas empresas en dicho proceso? "Las dificultades las debieron enfrentar sus contadores que pese a no estar obligados a llevar contabilidad, sí tuvieron que realizar declaraciones juradas.
Ahora bien, es cierto que hoy el Sil tiene mucha información y a este tipo de contribuyentes ofrece propuestas de declaración, ya sea las mensuales en los formularios 29 como también en la declaración anual".
"No hay que perder el horizonte en estos temas, pues pese a que el Servicio ofrezca propuestas, son solo propuestas y hay que validarlas y corregirlas pues existe información propuesta que está errada, ya sea porque el computador del organismo fiscalizador tiene errado algunos vectores, como también por errores en el ingreso de información inicial que se envió y que fue utilizada por la autoridad para la confección de las propuestas".
— De lo que sabe, ¿las pymes para realizar la Operación Renta 2018 requirieron asesorías tributarias? "Si me consultas por asesorías tributarias para optimizar la carga tributaria, sí, pues muchas se acogieron a las normas del artículo 14 ter. Ahora bien, este consejo no significó una planificación tributaria agresiva que derivó en una elusión que el Servicio vaya a fiscalizar, sino al ejercicio legítimo de una economía de opción que la ley tiene establecido y que al fisco le conviene, pues quienes están acogidos a regímenes de tributación simplificados como el 14 ter, son contribuyentes con determinado nivel de ingresos que están fuertemente fiscalizados y controlados".
"Para acogerse a este régimen se requiere conocer sus detalles que, pese a ser simplificado, es engorroso y necesariamente se necesita de un contador para aplicarlas correctamente".
— Pensando siempre en las pymes, ¿es conveniente que el gobierno realice nuevas modificaciones a la reforma tributaria? "Mi opinión es que una pyme es un contribuyente que debe tributar como cualquier otro contribuyente que realiza un negocio afecto a impuestos y debe acogerse a las normas generales de tributación. Ahora bien, el legislador tiene las normas del artículo 14 ter que es la única sobreviviente de las antiguas normas del artículo 14 bis y 14 quáter que también ofrecían regímenes especiales.
En mi opinión, fue un error la eliminación del 14 bis que permitía que los contribuyentes tributaran con el impuesto a la renta de Primera Categoría por el monto de los retiros. Esto significaba que si la empresa tenía una utilidad de 1.000, pero los retiros eran 50, pagaba el impuesto a la renta por los 50 y no por los 1.000. Sin duda que esto ayudaba a que las pymes que no retiraban, no pagaran impuestos y así se capitalizaban".
"Esto ha sido cuestionado porque acusan que los retiros son ocultados. Si así fueren, no es un pecado del 14 bis, sino de la fiscalización que tiene el Sil que permite esas conductas".
"En mi opinión, debería volver el 14 bis, pues el vigente 14 ter es complejo".
— ¿Cuáles serían los principales cambios que se deberían hacer a la reforma tributaria y que podrían favorecer a las pymes? "Insisto en mi apreciación que el 14 bis debería volver, pues permite la capitalización de las empresas que no realizan retiros.
Creo que debería haber un régimen de reconocimiento de ciertos gastos que pueden hacer las pymes, especialmente en el campo de la capacitación de la mano de obra. Si bien existe un sistema vinculado al Sence, es muy engorroso tanto para las empresas que dictan la capitación como para las empresas que se acogen a ella.
Este sistema es para todas las empresas, grandes, medianas y pequeñas, pero creo que debería ser más sencillo para las pymes permitiendo rebajar los cursos sin mayores límites y acceder a un amplio espectro de campos para capacitar".
"Sobre este punto, creo que hay que cambiar el sistema actual de entidades que intermedian la capacitación, pues existen empresas que captan los recursos que las empresas destinan para estos efectos, y los entregan a las instituciones que imparten ia capacitación. Estos intermediadores son innecesarios y solo permiten acciones apañadas que perfectamente terminan en evasión. Las pymes deberían contar con una mayor generosidad por parte de la autoridad en materia de capacitación, pudiendo aplicarse a los trabajadores y también a los empresarios".