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La onda que emite el aparato se propaga a través de un medio sólido, como los muros, lo que genera que sea muy difícil determinar su procedencia, explica ingeniera en física.
Casos cotidianos que perturban la vida en comunidad
La onda que emite el aparato se propaga a través de un medio sólido, como los muros, lo que genera que sea muy difícil determinar su procedencia, explica ingeniera en física.
MELISSA FORNO
os situaciones clásicas que pue D den descomponer a varios de sueño ligero. Son las 10.30 horas de un domingo cualquiera y de pronto se siente el ruido de un taladro, porque al vecino se le ocurrió ocupar su mañana libre maestreando. Otra parecida: siesta sabatina abortada porque la familia que habita el departamento de arriba decidió que era hora de pasar la aspiradora y mover muebles para limpiar la mugre acumulada durante la semana. ¿Qué hace el afectado? Llama a la conserjería, pero curiosamente la respuesta no será la misma ante ambos ruidos.
¿ Cómo se propaga el sonido? “La onda que se genera al utilizar un taladro se propaga a través de un medio sólido, es decir, por los muros. Por este motivo, es tan difícil determinar de dónde proviene exactamente el ruido y, al mismo tiempo, explica por qué puede molestar tanto, especialmente, en viviendas que no tienen una buena aislación, siendo clave para mitigar estos efectos. En cambio, la onda originada con el uso de la aspiradora se propaga mediante el aire, por ende, normalmente afecta sólo al departamento de arriba o al de abajo, pero genera menos perturbación que el taladro, puntualmente porque no se propaga por un medio sólido”, explica Daniela Briceño, ingeniero física, jefa del Laboratorio de Acústica de la Universidad de Santiago. Todos los edificios tienen un Reglamento de Copropiedad y en la mayoría de ellos están establecidos los horarios en que se pueden hacer tareas domésticas con ruidos que pueden ser molestos. “La gran mayoría los autoriza entre las 9. 00 y las 18.00 horas, los días laborales. El sábado de 9. 00 a 14.00 horas. No están permitidos los domingos o festivos. El ruido de la aspiradora no se considera como molesto, posiblemente, porque no pueden un vecino usar la aspiradora en la casa. Aplicamos multas que parten en 0, 5 UF hasta 7 UF, en casos extremos cuando son reiterativos”, dice Nery Fookers, administradora de diez edificios en las comunas de Santiago Centro, Nuñoa y Providencia, perteneciente a Comunidad Feliz (https:
¿ Qué dice la ley? “El reglamento de copropiedad puede establecer sanciones por ruidos molestos constantes, como trabajos que implican reparaciones importantes, o fiestas, que son capaces de perturbar la vida normal de las residentes. El uso de la aspiradora, en ciertas condiciones, podría caer dentro de ellos cuando se realiza en circunstancias que alteran la cotidianeidad. Si un residente tuvo que usar la aspiradora a las 4. 00 am porque justo se le rompió un saco de harina, se entiende que mejor debió limpiar tem-
prano en la mañana. Sin embargo, si todos los día usa este electrodoméstico en ese horario, constituirá una molestia, siempre y cuando alguna persona lo reporte como tal”, dice Juan Pablo Cortés, abogado y asesor en temas relacionados con los reglamentos de copropiedad. "Existe una delgada línea entre lo que permite la Ley de copropiedad inmobiliaria, y lo que cada comunidad puede elegir como sus reglas de convivencia”, añade Cortés. La normativa, que estipula que no se pueden hacer ruidos molestos en las
horas en que ordinariamente se destinan a descanso, entrega un marco general, pero el Reglamento de Copropiedad puede establecer límites más específicos, como delimitar el uso de la aspiradora, sometiéndolo a una votación en una asamblea ordinaria. En ese caso, algún residente puede alegar arbitrariedad. Sin embargo, si se restringe durante la noche y madrugada se entiende que es para el normal descanso de la comunidad, agrega Cortés. “La ley no define qué entiende por ruidos molestos. Hay ciertas municipalidades, como la de Santiago, que han
realizado ordenanzas que especifican los que interpretan como tales: estableciendo horarios de fiestas, entre otros puntos. Estas ordenanzas, dependiendo de dónde esté ubicado una construcción dentro de la comuna, podría integrarse al Reglamento de Copropiedad. La ley les permite autonormarse, siempre y cuando estas reglas no alteren la vida y el derecho de propiedad o de uso, de cada propietario o arrendatario. Particularmente, no conozco un caso donde se haya reglamentado el horario para prender la aspiradora”, detalla Cortés.
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