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ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD:
Entre otros aspectos, la nueva Ley de Educación Superior establece que la acreditación de doctorados sea obligatoria y que los magísteres ya no sean certificados por agencias externas. La acreditación institucional será integral, y evaluará al plantel y una muestra intencionada de su oferta de pre y posgrado en conjunto.
Magísteres con alta acreditación
GRAFICO
Además de acreditar instituciones, programas de pregrado y especializaciones médicas y odontológicas, la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) también certifica programas de posgrado. Estas acreditaciones tienen por objeto certificar la calidad de los programas, en función de los propósitos declarados por la institución que los imparte y los estándares nacionales e internacionales de cada profesión o disciplina. Esta acreditación es de gran relevancia, ya que, además de garantizar calidad, es requisito para optar a fondos concursables de becas con financiamiento estatal.
TEMPORADA DE CAMBIOS
Hace unos meses, la. acreditación de posgrados era un proceso voluntario. Las evaluaciones de los doctorados eran responsabilidad de la CNA, mientras que las de los magísteres debían ser realizadas por agencias acreditadoras autorizadas. Ahora, la nueva Ley de Educación Superior (Ley 21.091 ) traerá cambios significativos en el sistema de aseguramiento de la calidad y en el modelo de acreditación. Uno de los más relevantes tiene que ver con la
acreditación institucional, que ahora será obligatoria y de carácter integral, evaluándose el plantel y una muestra intencionada de su oferta de pre y posgrado en conjunto, en todas las sedes y modalidades. Las instituciones de educación superior no se acreditarán obligatoriamente como antes en Gestión Institucional y Docencia de Pregrado, y, de manera optativa, en Vinculación con el Medio, Investigación y Docencia de Posgrado, sino que deberán certificar sus dimensiones de Docencia y Resultados del Proceso de Formación; Gestión Estratégica y Recursos Institucionales;
Aseguramiento Interno de la Calidad, y Vinculación con el Medio. Adicionalmente, podrán acreditar su dimensión de Investigación, Creación y/o Innovación. Continuarán siendo obligatorias las acreditaciones de las carreras de Medicina, Odontología y todas las pedagogías, y a estas ya se sumaron los doctorados. En la comisión deberán iniciar la definición de los criterios y estándares de las acreditaciones institucionales y de pre y posgrado con apoyo de un comité coordinador formado por la Superintendencia y la Subsecretaría de Educación Superior, emitir un informe y recabar opiniones sobre la futura acreditación integral, su formato, criterios y estándares, así como la metodología que utilizarán para seleccionar la muestra intencionada de carreras que incluirá este nuevo tipo de acreditación institucional. Con la nueva ley, cesó la actividad de las agencias privadas autorizadas para acreditar las carreras de pregrado y magísteres, salvo en el caso de las carreras de pregrado de acreditación obligatoria que tienen plazo para completar tales procesos hasta diciembre de 2019. Para llegar a la aplicación completa de las disposiciones de la
nueva ley el año 2025, el legislador estableció, por medio de un articulado transitorio, la manera y secuencia en que se deben ir cumpliendo las diversas etapas. En tanto se cumplen los plazos estipulados para que se ratifiquen los nuevos criterios y estándares, la ley establece que carreras, programas e instituciones ingresen al proceso con las normas actuales. Todos los programas obligatorios e instituciones que tengan acreditación con vencimiento a partir de 2020 deberán regirse por las nuevas normas.
MÁS INFORMACIÓN
Para verificar si un programa de posgrado está acreditado, se puede ingresar al sitio de la CNA (www.cnachile.cl). Este tiene un buscador, en el que aparecen las instituciones y programas que han participado junto a sus resultados. Es recomendable que los interesados el estado de acreditación del programa de posgrado que les interesa, considerando el número de años asignados, dado que a un mayor número de años de acreditación corresponde un mejor grado de cumplimiento de los criterios de evaluación. El máximo en el caso de los posgrados es de diez años (ver infografías).
NOVEDADES EN EL REGLAMENTO
Recientemente entró en vigor el nuevo reglamento que fija el procedimiento para el desarrollo de los procesos de acreditación de posgrados y especialidades del área de la salud, El nuevo texto, que abre una modalidad de ventanilla abierta hasta abril de 2019, incluye también una nueva norma respecto a la entrega de los antecedentes para iniciar el proceso de acreditación.
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