Padre es condenado por fotos que difundió su hijo en internet
Corte Suprema ordenó indemnización de $ 3 millones a la familia de una adolescente, cuyas imágenes íntimas fueron subidas a diferentes redes sociales.
> La Corte Suprema condenó el haber subido fotos íntimas a redes sociales.
“90% delosjóvenes que que divulgan este saquen a una persona tipo de fotografías desnuda ala calle a que amenaza coneso”.
La pongan en la web”.
MARIANA MADARIAGA, DANIEL HALPERN, DECANO PAREJAS SIN VIOLENCIA.
FAC. COMUNICACIONES UC
María José Blanco Una indemnización de $ 3 millones deberá pagar el padre de un menor de edad que difundió fotos íntimas de su polola, también menor de edad, luego de que la Corte Suprema estableciera la responsabilidad del progenitor producto de su falta de vigilancia del niño.
El hecho ocurrió el 26 de septiembre de 2014, cuando ambos tenían 14 y 15 años.
La niña fue citada por la inspectora del colegio al que asistía, luego de que un grupo de alumnos de tercero medio le dijera que rondaban fotos suyas de carácter sexual en Whats App e Instagram.
Posteriormente, los padres de la adolescente debieron retirarla del colegio debido al bullying de sus compañeros por las fotografías.
El fallo señala que “tal hecho constituye un atentado al deber de no causar daño que consagra nuestro ordenamiento jurídico, sobre el cual se construye el sistema de la responsabilidad, por parte del hijo de los demandados, quien no debió divulgar, hacer circular de ninguna forma tales foto- grafías o permitir que ocurriera”.
Esto, dado que las imágenes fueron tomadas en un contexto de “relación íntima y privada”.
El dictamen también asegura que “su divulgación a través de las redes sociales afectaría a la involucrada, al verse expuesta a una vejación pública de esta índole, considerando, por lo demás, su corta edad, 14 años”.
El episodio posee varias aristas para analizar.
Primero, se trata de menores de edad, y el tribunal “hace responsables a los padres de los hechos que, cometidos por sus hijos, causan daño”, dice el fallo.
Segundo, que la difusión de material íntimo se constituye como un hecho de violencia sicológica.
Mariana Madariaga, directora de la ONG Parejas Sin Violencia, explica que esta conducta, “que cada vez estamos viendo con mayor frecuencia en parejas adolescentes, es el patrón de control y poder sobre el otro, que parte desde la revisión permanente de las redes sociales hasta la divulgación de fotos y mensajes comprometedores”.
El decano de la Facultad de Comunicaciones de la Universidad Católica, Daniel Halpern, sostiene que no hay duda del carácter sancionatorio de los hechos.
“El alcance que se tiene en el ámbito online es infinito.
Pueden verlo millones de personas y mucho más allá del propio entorno.
Hay que entender y enseñar que el impacto en el mundo on line es igual de grave que cuando alguien hace algo offline”.
Frente a esta conducta, en escenarios cada vez más tecnologizados, Madariaga manifiesta que “el 90% de venes que divulgan este tipo de fotografías amenaza con hacerlo.
No me queda duda que en esta relación existía al menos violencia sicológica en el pololeo, previo a la divulgación de las fotos”.
El decano añade que “se debe educar en la alfabetización digital, que es básicamente mostrar que el impacto de las cosas online tienen consecuencias offline.
Definitivamente, en Y es categórico: distinto que saquen a una persona desnuda a la calle a que la pongan desnuda en redes