Extracto
Luis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Público de la XXII Notaria de Santiago, con Oficio en Don Carlos 2889, Las Condes, certifico : Que por escritura pública de fecha 18 de Noviembre de 2019, repertorio 8670-2019, ante mí, Comparecen SILVIA MONTTI CABRERA, chilena, casada, geólogo, Rut 05.313.613-3, y LUIS ENRIQUE OLCAY VALLEJOS, chileno, casado, geólogo, RUT 04.623.431-6, ambos domiciliados en Santiago; quienes vienen a constituir una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, a sus aportes. Razón Social: SOCIEDAD DE INVERSIONES DON MEDARDO Limitada, nombre de fantasía DON MEDARDO Ltda. El objeto de la sociedad será la compra, venta, o arrendamiento de concesiones en trámite o constituidas, de exploración de aguas subterráneas, de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas y superficiales y concesiones mineras, incluyéndose la constitución de las mismas, la evaluación de los acuíferos subterráneas, yacimientos, proyectos mineros, así como la factibilidad técnica y financiera de los mismos, los estudios hidrogeológicos de aguas subterráneas, geofísica, mecánica de rocas; exploración y desarrollo de recursos hídricos o hidráulicos, todas las actividades relacionadas con la compraventa de minas, proyectos mineros y derechos de aguas; la construcción y explotación de centrales hidroeléctricas, generación, transmisión, distribución, comercialización y venta de energía eléctrica y negocios relacionados, la consultoría y asesoría geológica e hidrogeológica en minas, exploración, explotación, metalurgia y de aguas subterráneas, y demás actividades de la minería en general. También comprenderá la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena o de terceros, en bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, comprendiéndose en ésta la compra, venta, arrendamiento, administración y explotación de todo tipo de bienes muebles; la compra, venta, tomar en arrendamiento, percibir los frutos y la explotación en su sentido más amplio de bienes inmuebles de toda clase; la actividad comercial en su forma más amplia y especialmente la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes por cuenta propia o ajena. En especial podrá adquirir, enajenar, negociar, disponer en cualquier forma y a cualquier título de derechos, promesas de acciones, bonos, planes de ahorro, debentures, pagares, títulos de crédito, cuotas de fondos mutuos y de cualquier otro efecto de comercio o valor mobiliario, no incluyéndose la operación de la compra y venta de acciones. Además, los socios establecen como parte del objeto social, que la sociedad podrá invertir y participar en otras sociedades en forma permanente, por medio de la adquisición de acciones y/o derechos de las mismas. También el giro de la sociedad comprenderá operaciones de factoring, de leasing, de leaseback, y otras operaciones similares; formar sociedades, asociaciones o comunidades cualquiera sea su naturaleza o giro, incorporándose o asociándose con las mismas; y cualquier otra actividad que acordaren los socios y que tengan relación con el objeto de la sociedad.El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago. La Sociedad regirá desde esta fecha y tendrá una duración de tres años, renovable a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales, conforme al pacto social. El capital de la Sociedad es la suma de $5.000.000 pesos que los socios aportarán en partes iguales, $200.000 cada uno en acto de escritura y el saldo en plazo máximo de 3 años. La responsabilidad social de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. El uso de la razón social, la representación judicial y extrajudicial, y la administración de la Sociedad corresponderá indistintamente a cada socio, con las más amplias facultades de administración y disposición. Demás cláusulas en escritura social. Santiago, 19 de Noviembre de 2019.