Normas Generales Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: +56 2 24863600 E-mail: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. 1440131 Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA PROMULGA LA ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE MONTE PATRIA Núm. 10.156.- Monte Patria, 28 de junio de 2018. Vistos: - La Constitución Política de la República de Chile; - La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; - La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; - Lo establecido en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; - El decreto alcaldicio N° 14.729, del 6 de diciembre de 2016, que aprueba la asunción de Alcalde y Concejales, periodo 2016-2020; - Lo dispuesto en los artículos 41 al 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; - Los artículos 2.1.10 y 2.1.11, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; - La Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones. - Certificado de la Secretaria Municipal de Monte Patria, fecha 4 de agosto de 2015, certificando que en Sesión Ordinaria N°98 del 04.08.2015, el H. Concejo aprobó por unanimidad el proyecto de la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Las páginas del diario “El Ovallino” y diario “El Día”, de fecha 11 de septiembre de 2015, en donde aparece publicada la Consulta Pública del Informe Ambiental del Plan Regulador Comunal de Monte Patria conforme al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, indicando las fechas y lugar de Exposición en el Edificio Municipal de Monte Patria (desde el 14 al 28 de septiembre 2015), periodo habilitado para efectuar observaciones por escrito, lugar y fecha de recepción de observaciones y exposición complementaria en página web municipal (www.munimontepatria.cl). - Certificado, de fecha 29.08.2016, de la Secretaria Municipal de Monte Patria, certificando que no se recibieron observaciones por parte de la ciudadanía en el proceso de Consulta Pública de la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Decreto alcaldicio N°10.516, de fecha 29 de agosto de 2016, que declara cumplido y finalizado el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Ord. N° 1566/2016, del Alcalde de la Comuna de Monte Patria a Secretario Regional del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha 22.09.2016, remitiendo decreto alcaldicio N° 10.516 de fecha 30.08.2016, que declara cumplido y finalizado el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Ord. N° 102/2016, de fecha 08.09.2016 del Director de Obras Municipales a Presidente Honorable Concejo Municipal, informando fechas del proceso de Aprobación Legal de la “Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria”, invitación y trípticos del Proceso a difundir entre los vecinos. - Certificado de fecha 15.03.2017, de la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de Monte Patria, certificando que no existe correo certificado en la Comuna de Patria, por lo tanto recurrió a la entrega de invitaciones y sus registros durante la celebración de “El día del Dirigente”, realizada en el Gimnasio Techado Municipal el día 9 de septiembre de 2016. - Lista de entrega de invitación a Directiva de diversas Juntas de Vecinos Urbanas y rurales (70), con fecha: 09.09.2016, debidamente suscrita, a participar del Proceso de Aprobación de la Actualización y Modificación del Plan Regulador de Monte Patria. - Reporte de entrega de Invitación por Correo Municipal a integrantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC) de fecha 08.09.2016. - Las páginas del diario “El Ovallino” y Diario “El Día” de fecha 8 y 15 de septiembre de 2016, en donde aparece publicada la convocatoria al Proceso de Aprobación Legal de la Actualización y
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 2 de 40 Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria “Primera Audiencia Pública”, Exposición del Plan, Segunda Audiencia Pública y fechas del Periodo de Observaciones. - Certificado suscrito por la Secretaria Municipal, de fecha 15 de marzo de 2017, a través del cual se certifica que el día 22 de septiembre de 2016, a las 18:30 horas y en dependencias del Salón Auditórium del Centro Cultural Bicentenario de Monte Patria, se realizó la Primera Audiencia Pública de la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Certificado suscrito por la Secretaria Municipal (S) y Secretario de Concejo (S) de la I. Municipalidad de Monte Patria, de fecha 29 de septiembre de 2016, certificando que en Sesión Ordinaria N° 14 de fecha 29 de septiembre de 2016, se realizó la presentación del Estudio “Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria” al Consejo Comunal de la Sociedad Civil. - Certificado suscrito por la Secretaria Municipal, de fecha 15 de marzo de 2017, a través del cual se certifica el periodo de Exposición Pública de la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria, efectuado entre los días 22 de septiembre al 25 de octubre de 2016, en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Monte Patria. - Certificado suscrito por la Secretaria Municipal, de fecha 15 de marzo de 2017, a través del cual se certifica la realización de la segunda Audiencia Pública el día 27 de octubre de 2016, en el Salón Auditórium del Centro Cultural Bicentenario de Monte Patria, a las 18:30 Horas. - Certificado suscrito por la Secretaria Municipal, de fecha 31 de enero de 2017, certificando que en Sesión Ordinaria N°15 de fecha 16 de noviembre de 2016, en el Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, se dieron a conocer las observaciones formuladas a la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - La Consulta presentada por doña Teresa Cortés Gallardo, Presidenta de la Unión Comunal de Junta de Vecinos Monte Patria, el 11 de noviembre de 2016, mediante correo electrónico dirigido al Director de Obras Municipales de Monte Patria, para su consideración en el proceso de Aprobación Legal. - Acta Sesión Extraordinaria N° 16, de fecha 25 de noviembre de 2016, en el cual se revisaron las Observaciones recibidas en el Proceso de Aprobación Legal de la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Certificado de la Secretaria Municipal de fecha 25 de noviembre de 2016, certificando que en Sesión Extraordinaria N° 16 del 25 de noviembre de 2016, el Honorable Concejo Comunal, revisó la presentación efectuada por la Unión Comunal de Junta de Vecinos Monte Patria, adoptando acuerdo respecto de ellas, todo ello de acuerdo al Informe preparado por don Max Campaña, Director de Obras de la Municipalidad de Monte Patria. - Ord. N° 1887, de fecha 25 de noviembre de 2016, a la Srta. María Teresa Cortés, Presidenta de la Unión Comunal de Junta de Vecinos de Monte Patria, informando acuerdo adoptado por el Concejo Comunal a las observaciones formuladas al Plano Regulador Comunal de Monte Patria, suscrito por la Sra. Bernardita Cortés Gómez, Secretaria Municipal de la Ilustre Municipalidad de Monte Patria. - Decreto alcaldicio N° 1.675, de fecha 03.02.2017, “Declárase el término del Proceso de aprobación correspondiente a la Actualización y Modificación Plan Regulador Comunal de Monte Patria”. - Ord. Ext. N°347, de fecha 23.02.2017, del Sr. Alcalde de la Comuna de Monte Patria, mediante el cual Adjunta Expediente Actualización y Modificación Plan Regulador Comunal de Monte Patria, para conocimiento y resolución. - Ord. N° 31/2017 del Director de Obras Municipales de Monte Patria, de fecha 21.03.2017, mediante el cual adjunta Certificados a incluir en Expediente Administrativo. - Ord. N° 658, de fecha 25.04.2017, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, mediante el cual devuelve sin tramitar Expediente PRC de Monte Patria, con observaciones, para su corrección en un plazo máximo de 20 días corridos. - Carta N° 256, de fecha 25.07.2017 de Aguas del Valle S.A., adjuntando consulta al PRC de Monte Patria efectuada mediante Carta N° 452 de fecha 10.11.2016 a la I. Municipalidad de Monte Patria. - Ord. Ext. N° 064/2017, de fecha 11.05.2017, del Sr. Alcalde de la Comuna de Monte Patria, solicitando prórroga al plazo asignado en la corrección de documentos. - Ord. N° 794, de fecha 22.05.2017, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, autorizando ampliación del plazo en 30 días. - Ext. N° 1129, de fecha 16.06.2017 del Sr. Alcalde de la Comuna de Monte Patria, solicitando 2 a prórroga al plazo asignado en la corrección de documentos. - Ord. N° 1005, de fecha 21.06.2017, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, autorizando ampliación del plazo al 31.07.2017. - Ord. Ext. N° 1365, de fecha 28.07.2017, del Sr. Alcalde de la comuna de Monte Patria, solicitando 3 a prórroga al plazo asignado en la corrección de documentos. - Ord. N° 1248, de fecha 01.08.2017, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, autorizando la ampliación de plazo solicitada. - Ord. Ext. N° 1495, de fecha 11.08.2017, del Sr. Alcalde de la Comuna de Monte Patria, remitiendo Expediente del Plan Regulador Comunal de Monte Patria, para su revisión, conforme al inciso séptimo del artículo 2.1.11. de la OGUC.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 3 de 40 - Ord. N° 1313, de fecha 14.08.2017, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, adjuntando observación formulada por la Concesionaria Aguas del Valle, al Estudio PRC Monte Patria, en trámite de Aprobación Legal. - Ord. N° 112/2017, de fecha 23.08.2017, del Sr. Director de Obras de la I. Municipalidad de Monte Patria, mediante el cual adjunta Certificado Secretaria Municipal (S) de fecha 23.08.2017 y Certificado N° 31 con Acuerdo del Concejo Municipal (N° 2), para ser incluido en el Expediente Administrativo del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Ord. N° 1417, de fecha 31.08.2017, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo a Concesionaria Aguas del Valle, adjuntando Ord. N° 112/2017 con acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Monte Patria. - Ord. N° 1710, de fecha 19.10.2017, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, mediante el cual Devuelve sin tramitar el Expediente con la Actualización y Modificación del PRC de Monte Patria, con observaciones para su corrección conforme al procedimiento previsto en el Articulo 2.1.11. de la OGUC. - Certificado de la Secretaria Municipal de fecha 23 de octubre de 2017, certificando que la Ilustre Municipalidad de Monte Patria no cuenta con el cargo de Asesor Urbanista. - Ord. Ext. N° 953/2018 de fecha 04.05.2018 del Sr. Alcalde comuna de Monte Patria, mediante el cual Remite Expediente corregido del PRC de Monte Patria y Certificado S/N° de fecha 23.10.2017, emitido por la Secretaria Municipal, para ser incluido en Expediente Administrativo del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - Ord. Ext. N° 1168/2018, de fecha 04.06.2018, del Sr. Alcalde comuna de Monte Patria, mediante el cual remite 2 ejemplares de la Lámina 3 del Exp. Técnico del PRC de Monte Patria. - Ord. N° 992, de fecha 7 de junio de 2018, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, al Sr. Alcalde de la I. Municipalidad de Monte Patria, a través del cual emite Informe Técnico Favorable a la Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria. - En uso de las facultades inherentes a mi cargo, y Considerando: 1. Que el proceso de elaboración del Plan Regulador Comunal de Monte Patria se consideró en sus etapas de diseño, de anteproyecto y proyecto los objetivos y efectos ambientales, así como también los criterios de desarrollo sustentable enunciados para el Plan. 2. Que se convocó a participar del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica a los siguientes Órganos de la Administración del Estado: - Seremi de Agricultura - Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) - Seremi Minvu - Seremi Medio Ambiente - MOP Dirección General de aguas (DGA) - MOP Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) - MOP Dirección Regional de Vialidad - Seremi de Economía - Corporación Nacional Forestal (Conaf) - Servicio Nacional de Turismo (Sernatur) - Seremi de Transportes y Telecomunicaciones - Seremi de Energía - Seremi Bienes Nacionales - Delegación Provincial Bienes Nacionales - División de Planificación Gore Coquimbo - Superintendencia de Servicios Sanitarios - Superintendencia de Electricidad y Combustibles - Servicio de Salud Coquimbo. 3. Que el Informe Ambiental del Plan Regulador Comunal de Monte Patria fue consultado con los Órganos de la Administración del Estado convocados, participando en ella los siguientes organismos: - Seremía de Vivienda y Urbanismo - MOP Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) - MOP Dirección Regional de Vialidad - Delegación Provincial Bienes Nacionales, y - Aguas del Valle. 4. Que las Observaciones de los Órganos de la Administración del Estado fueron consideradas en el diseño del Plan según su pertinencia respecto a la naturaleza jurídica del Plan Regulador Comunal.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 4 de 40 5. Que el Informe Ambiental del Plan Regulador de Monte Patria fue remitido en consulta al Ministerio de Medio Ambiente. 6. Que las observaciones del Ministerio de Medio Ambiente fueron consideradas en la adecuación del Informe Medioambiental aportando nuevos antecedentes, reformulando la redacción de los textos, adecuando los objetivos ambientales, los criterios de desarrollo sustentable, la forma de Evaluación Ambiental de las Alternativas de estructuración, reformulando el Plan de Seguimiento, sus criterios e indicadores, así como también los criterios e indicadores de rediseño del Plan. 7. Que el Informe Ambiental tiene el siguiente contenido: 1. INTRODUCCIÓN 2. ANTECEDENTES GENERALES DE LA COMUNA DE MONTE PATRIA 2.1 Localización y Población 3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE MONTE PATRIA 3.1 OBJETIVOS 3.1.1 Objetivos Generales 3.1.2 Objetivos Específicos 3.2 FUNDAMENTOS GENERALES 3.3 ZONIFICACIÓN 3.4 VIALIDAD ESTRUCTURANTE 4. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA 4.1 ÓRGANOS DEL ESTADO Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS PARTICIPANTES EN LA ELABORACIÓN DEL PLAN 4.1.1 Participación de órganos de la Administración del Estado y la comunidad en la elaboración del Plan. 4.2 INSTRUMENTOS Y POLÍTICAS CONSIDERADOS EN LA ELABORACIÓN DEL PLAN 4.2.1 Política Ambiental de la Región de Coquimbo 4.2.2 Instrumentos de Planificación Vigentes 4.2.2.1 Plan Regional de Desarrollo Urbano IV Región (PRDU) 4.2.2.2 Plan regulador Comunal de Monte Patria 4.2.3 Plan de Desarrollo Comunal (Pladeco 2008-2011) 4.2.4 Plan Estratégico de Desarrollo Turístico Comunal (Pladetur 2009) Comuna de Monte Patria 4.3 OBJETIVOS AMBIENTALES Y CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD DEL PLAN 4.4 LA DIMENSIÓN AMBIENTAL EN LAS ETAPAS DE FORMULACIÓN DEL PLAN 4.4.1 Diagnóstico Ambiental 4.4.1.1 Clima 4.4.1.2 Geomorfología 4.4.1.3 Suelos Agrícolas 4.4.1.4 Vegetación Nativa 4.4.1.5 Paisaje 4.4.1.6 Riesgos Naturales 4.4.1.7 Síntesis del Diagnóstico Ambiental 4.4.2 Evaluación Ambiental de Alternativas de Estructuración Territorial 4.4.2.1 Alternativas de Estructuración Territorial 4.4.2.2 Efectos Ambientales de las Alternativas de Estructuración Territorial 4.4.2.3 Efectos Ambientales de las Alternativas de Estructuración Territorial Consensuadas
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 5 de 40 5. PLAN DE SEGUIMIENTO Y REDISEÑO DEL PLAN 5.1 PLAN DE SEGUIMIENTO DE LAS VARIABLES AMBIENTALES RELEVANTES QUE SON AFECTADAS PRODUCTO DEL PLAN REGULADOR 5.2 CRITERIOS E INDICADORES DE SEGUIMIENTOS DESTINADOS A CONTROLAR LA EFICACIA DEL PLAN 5.3 CRITERIOS E INDICADORES DE REDISEÑO QUE DEBERÁN CONSIDERAR PARA LA REFORMULACIÓN DEL PLAN EN EL MEDIANO Y LARGO PLAZO 6 BIBLIOGRAFÍA 7 ANEXO 7.1 ANEXO A: RESULTADOS DE TALLERES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 7.1.1 Taller de Participación N° 1 - Etapa de diagnóstico 7.1.2 Taller de Participación N°2 - Etapa de Diagnóstico 7.1.3 Taller de Participación N° 3 - Etapas de Alternativas de Estructuración Territorial 7.1.4 Invitaciones servicios públicos Regionales y Comunales a Participar en Reuniones de Participación ÍNDICE DE FIGURAS ÍNDICE DE TABLAS ÍNDICE DE FOTOGRAFÍAS 8. Que el Informe Ambiental del Plan Regulador Comunal de Monte Patria fue sometido a Consulta Pública. 9. Que producto de la Consulta Pública efectuada por la Municipalidad de Monte Patria no se recibieron observaciones al Informe Ambiental. 10. Que el Plan Regulador Comunal de Monte Patria incorpora las siguientes consideraciones ambientales y de desarrollo sustentable: a) Síntesis del Proceso de elaboración del PRC de Monte Patria: Este Estudio se inició en agosto del año 2009, y surge de la necesidad de actualizar el Plan Regulador Comunal de Monte Patria, vigente desde el año 2006, dado que se requiere incorporar al desarrollo urbano y territorial las Localidades de Monte Patria, Huana y El Palqui localizadas en el entorno al Embalse La Paloma. Dado que en la actualidad, existe el interés tanto del Municipio y la comunidad de Monte Patria de potenciar el Embalse y su entorno para un desarrollo turístico, así como satisfacer la demanda habitacional principalmente de la Localidad de Monte Patria, considerando que presenta restricciones naturales, para su crecimiento. El Informe Ambiental documenta el procedimiento realizado para incorporar las consideraciones ambientales al proceso de formulación del Plan en el marco de la Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E), que establece la ley 20.417 y conforme a las instrucciones emitidas por la División de Desarrollo Urbano mediante circular DDU 247 referida a la Guía para la Evaluación Ambiental Estratégica de los instrumentos de planificación territorial (Ministerio del Medio Ambiente - Ministerio de Vivienda y Urbanismo 2011). b) Objetivos Ambientales:
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 6 de 40 c) Criterios de Desarrollo Sustentable: d) Síntesis del Diagnóstico Ambiental Estratégico: Las condiciones climáticas de aridez y la morfología de serranías cordilleranas que se presentan en la comuna de Monte Patria imponen que los suelos de mayor calidad agrícola se concentren en los valles fluviales y que estos sean escasos. En efecto, en la comuna de Monte Patria solo un 28.8% (3941,7 has), corresponde a suelos arables de alta capacidad agrícola (clases I, II, III). Por lo cual, la expansión agrícola se ha
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 7 de 40 realizado en suelos de menor valor de las serranías cordilleranas, con pendientes superiores al 15%. De acuerdo a la información disponible, los suelos al sur-oriente de la Localidad de Monte Patria son suelos de clases II y III, correspondientes a las terrazas subactuales del río Grande. En cambio las estribaciones cordilleranas que rodean a la localidad son de escaso valor agrícola en razón a su pendiente y litología. En similar situación, se encuentra la localidad de Huana. El tipo de vegetación nativa dominante del entorno del embalse La Paloma corresponde a matorral con suculenta, con la excepción de los fondos de quebradas donde existen especies esclerófilas de mayor desarrollo. La vegetación nativa en el entorno del embalse se encuentra muy degradada y diezmada, circunscribiéndose a algunos manchones e individuos aislados sobre las laderas de los cerros. La principal presión sobre la vegetación la constituye la actividad caprina (sector norte) y las plantaciones de viñas y paltos (sector sur). De acuerdo a la información disponible respecto a la calidad del agua, el uso recreativo con contacto directo en las aguas del embalse La Paloma, no se encuentra limitado por el PH y la temperatura de las aguas, de acuerdo a la normativa ambiental. Otros parámetros como aceites y grasas, y coliformes fecales es necesario realizar, por falta de monitoreos por parte del Estado. El uso recreativo del agua sin contacto directo es posible realizarlo sin ningún tipo de restricción. Las áreas de muy alto y alto riesgo por remoción en masa están consignadas en las secciones altas de las serranías, donde el desarrollo potencial de deslizamientos de suelos posee una gran extensión territorial, justificada por estructuras litológicas poco consolidadas con suelos residuales, erosión hídrica e inestabilidad de laderas. Los sistemas de quebradas asentados en los cordones transversales, conforman un escenario favorable para el desarrollo de eventuales coladas de barro, encauzadas por los fondos de estos escurrimientos, cuya ocurrencia dependerá de la cantidad de suelos y sedimentos residuales inconsistentes, y de eventos pluviales de gran intensidad. Por último, las áreas donde se concentra mayoritariamente la actividad agrícola y los asentamientos de población, corresponde morfológicamente a la serie de depósitos aluvionales. Estos terrenos presentan los menores índices en todas las variables analizadas, presentando escaso riesgo de fenómenos por remoción en masa. Esto se debe a que presentan una topografía levemente ondulada y además a que se encuentran ampliamente cubiertos por plantaciones agrícolas, las cuales protegen el suelo, impidiendo su erodabilidad. Las áreas de inundaciones poseen una gran extensión areal, debido a la presencia de terrenos de topografía plana, los que pertenecen en casi toda su integridad a las llanuras de inundación de los ríos Grande y Huatulame. Estos suelos son invadidos por el crecimiento de los caudales en eventos de precipitaciones intensas y prolongadas. Además, estas áreas se mantienen bien definidas topográficamente, ya que sus máximos márgenes de inundación no superarían los terrenos de terrazas fluviales adyacentes al lecho fluvial de los ríos, por lo tanto, estas formaciones demarcan altitudinalmente las máximas crecidas. Esta condicionante indica que el crecimiento urbano actual no presentaría el riesgo de ser afectado por procesos de inundación. Forma parte del Patrimonial Ambiental el Valor paisajístico del Embalse La Paloma y su entorno. Se identifican tres unidades paisajísticas: Borde Lago-Embalse, Valle y Cordones Transversales. El Embalse La Paloma y el Valle forman un piso altitudinal que contrasta con los cordones montañosos que rodean el lago. La diferencia de altura entre las montañas y el cuerpo de agua, permiten vistas panorámicas del embalse y su entorno, ya que no existen obstrucciones visuales de elementos construidos. A su vez, desde el nivel del valle y el embalse es posible observar el marco escénico que ofrecen los cordones montañosos. 11. Que para controlar su eficacia, el Plan Regulador Comunal de Monte Patria considera los siguientes criterios e indicadores de seguimiento: Indicadores de seguimiento de variables ambientales
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 8 de 40 12. Que para la reformulación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria en el mediano o largo plazo se deberán considerar los siguientes criterios e indicadores de rediseño: Criterios e Indicadores de Rediseño del Plan Decreto: 1. Deróguese la Resolución (GORE) N°12, de fecha 7 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial de fecha 9 de septiembre de 2006, conservando en el caso del Patrimonio construido la declaratoria de Zona de Conservación Histórica ZCH efectuada para las localidades de Chañaral Alto, Tulahuen, Caren, Rapel y Huatulame, cuyas poligonales se mantienen sin variación. 2. Promúlgase la Actualización y Modificación al Plan Regulador Comunal de Monte Patria, en los términos en que fue aprobado por el H. Concejo Municipal de Monte Patria, mediante Sesión Ordinaria N°16, de fecha 25 de noviembre de 2016, cuyo texto es el siguiente: ORDENANZA LOCAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO 1 SOBRE EL ÁREA TERRITORIAL NORMADA Artículo 1 DOCUMENTOS DEL PLAN La presente Ordenanza Local (OL) establece las normas referentes a límite urbano, zonificación, usos de suelo, superficie de subdivisión predial mínima, edificación, urbanización y vialidad, que deberán observarse dentro del área urbana del Plan Regulador Comunal de Monte Patria (PRCMP), graficada en los siguientes Planos y para las siguientes localidades y sectores que comprenden este Plan. Artículo 2 LÍMITES URBANOS El área territorial normada por el PRCMP queda definida por el límite urbano de las localidades de Monte Patria, Sector Huana, El Palqui, Huatulame, Chañaral Alto, Tulahuén, Chañaral de Carén, Carén, Pedregal, Chilecito, Mialqui, Rapel, Las Mollacas, Sector Las Paceras Norte, Sector Las Paceras Sur y Sector La Península. Este límite urbano se encuentra georreferenciado en el sistema de coordenadas UTM, Datum WGS84 Huso 19 Sur y queda definido por los puntos y tramos que se describen a continuación:
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 9 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 10 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 11 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 12 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 13 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 14 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 15 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 16 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 17 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 18 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 19 de 40 CAPÍTULO 2 NORMAS GENERALES Artículo 3 CIERROS DE SITIOS ERIAZOS Y PROPIEDADES ABANDONADAS Los sitios eriazos y propiedades abandonadas dentro del área urbana deberán disponer de un cierro de 1.80 m de alto con un 80% de transparencia. Artículo 4 CESIÓN OBLIGATORIA DE ÁREAS VERDES Las áreas verdes públicas que resulten de la aplicación del Art. 2.2.5 de la OGUC y cuya ubicación sea transversal al espacio público, deberán tener una proporción 1:1,5 entre frente y fondo. Artículo 5 DE LA PUBLICIDAD No se permite la instalación de soportes para carteles publicitarios en inmuebles de propiedad privada. Se permite la instalación de soportes para carteles publicitarios en el Espacio Público. Artículo 6 ESTÁNDARES MÍNIMOS DE ESTACIONAMIENTOS Dentro del área urbana que regule la presente Ordenanza Local se aplicará a los proyectos de construcción nuevos, habilitación, cambio de destino o regularización, los estándares mínimos de estacionamientos de vehículos motorizados y bicicletas establecidos en la siguiente tabla.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 20 de 40 - En los edificios colectivos de habitación se exigirá un 15% adicional de estacionamientos para uso de visitas. - Los terminales de distribución agropecuaria y/o pesquero deberán consultar un estacionamiento de 30m 2 , para camiones o similares, por cada 200 m 2 edificados o 600 m 2 de Terreno. CAPÍTULO 3 SOBRE ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR PATRIMONIAL CULTURAL Artículo 7 MARCO NORMATIVO Al amparo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el PRCMP declara las Zonas de Conservación Histórica graficadas en los planos correspondientes señalados en el artículo 2 de esta OL: PRCMP-03 Chañaral Alto y Huatulame, PRCMP-04 Tulahuén y Carén, PRCMP-05 Rapel. El PRCMP conserva la Declaratoria de ZCH efectuada por Resolución GORE N° l2 de fecha 07.03.2006 y publicado en Diario Oficial de 09.09.2006. TÍTULO II ZONIFICACIÓN DE USOS DE SUELO Y NORMAS ESPECÍFICAS CAPÍTULO 1 ZONIFICACIÓN Y ÁREAS DE RIESGO Artículo 8 ZONIFICACIÓN Las disposiciones del presente Artículo refieren a la zonificación de usos de suelo y normas urbanísticas para el área del Plan y comprende las siguientes Zonas y Áreas: • ÁREA URBANA
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 21 de 40 • ÁREAS RESTRINGIDAS AL DESARROLLO URBANO • ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR PATRIMONIAL CULTURAL Artículo 9 ÁREA URBANA: ZONAS, USOS DE SUELO Y NORMAS URBANÍSTICAS Los usos de suelo, condiciones de subdivisión predial mínima y edificación para las Zonas indicadas en el Artículo precedente, se han sistematizado en los siguientes Cuadros de Zonas del Área Urbana del Plan Regulador Comunal de Monte Patria que se indican a continuación: ZONAS RESIDENCIALES MIXTAS
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 22 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 23 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 24 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 25 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 26 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 27 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 28 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 29 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 30 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 31 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 32 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 33 de 40 Artículo 10 ÁREAS RESTRINGIDAS AL DESARROLLO URBANO Por constituir un peligro potencial para los asentamientos humanos, se establecen las siguientes Áreas de Riesgo: Las normas urbanísticas aplicables a los proyectos localizados en estas áreas y que cumplan los requisitos establecidos en el inciso quinto del artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, serán las correspondientes a la zona donde se emplaza el proyecto según los planos señalados en el art. 1 de esta OL y cuyas normas urbanísticas se detallan en el Art. 9 precedente. Artículo 11 ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR PATRIMONIAL CULTURAL
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 34 de 40 TÍTULO III VIALIDAD URBANA CAPÍTULO 1 VIALIDAD Artículo 12 LÍNEAS OFICIALES Las avenidas y calles en general, todas las vías públicas del Plan Regulador, son las actualmente existentes, manteniendo sus anchos entre líneas oficiales, salvo aquellos casos en que expresamente se dispongan ensanches o aperturas de nuevas vías. Artículo 13 ENSANCHE DE CALLES Para todos los ensanches considerados en los siguientes cuadros de vías estructurantes del Plan, serán los ejes de calles los hitos de referencia para realizar las mediciones que correspondan. Artículo 14 VÍAS ESTRUCTURANTES DEL PLAN La red vial estructurante del Plan está conformada por las vías existentes y proyectadas de las localidades del Plan, según se detalla en los siguientes cuadros de vialidad.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 35 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 36 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 37 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 38 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 39 de 40
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 3 de Agosto de 2018 Núm. 42.123 Página 40 de 40 3. Publíquese en el Diario Oficial el texto íntegro del presente decreto. 4. Archívese en los términos señalados en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los antecedentes del Plan Regulador Comunal de Monte Patria en el Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Coquimbo y en la I. Municipalidad de Monte Patria. 5. Los antecedentes de la presente Actualización y Modificación del Plan Regulador Comunal de Monte Patria, estarán disponibles a la comunidad en la Dirección de Obras Municipales y en la Secretaría Comunal de Planificación de la I. Monte Patria. Anótese, comuníquese y archívese.- Camilo Ossandón Espinoza, Alcalde.- Bernardita Cortés Gómez, Secretaria Municipal.