El Ministerio Público coincidió con Interior en reprochar actuación de juez de garantía: La semana pasada, su arresto había sido declarado ilegal. Ayer, Olivares Maldonado, quien registra un amplio prontuario, nuevamente fue aprehendido en Las Cruces. Lo investigan desde abril por tráfico de drogas y armas.
REUNIÓN EN LA FISCALÍA NACIONAL.— Al mediodía de ayer, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, se reunió con el jefe del Ministerio Público, Jorge Abbott, y su directora de Asesoría Jurídica, Marta Herrera, para abordar la decisión del Juzgado de Garantía de San Antonio.
A. CHAPARRO y D. INOSTROZA
Llevaban dos revólveres, una pistola, un kit de conversión, dos cargadores de tambor, casi 200 cartuchos de distinto calibre, y más de $4 millones en efectivo en el maletero del Mazda CX5 que conducían. El lunes 28 de mayo Manuel Olivares Maldonado
—con un amplio prontuario policial— y Nilson Cerda Órdenes fueron detenidos y, al día siguiente, quedaron libres, luego que el
Juzgado de Garantía de San Antonio declarara ilegal su arresto. No alcanzó a pasar una semana y Olivares Maldonado fue nuevamente arrestado. Esta vez en Las Cruces, por orden de la Fiscalía Local de Rancagua. En el lugar personal del OS-7 de Carabineros encontró diversas municiones y otras especies. Ese era uno de los tres domicilios que registraba el imputado
—los otros estaban en El Tabo y Rancagua— y que ayer por la tarde los funcionarios policiales allanaron. "Desde abril, teníamos una investigación en su contra por los delitos de tráfico de drogas y tráfico de armas", afirmó el capitán Alejandro Molt. Chadwick: "Falta de sentido común" El caso de Olivares Maldonado y su compañero había sacado al ministro del Interior, Andrés Chadwick, de La Moneda, y al mediodía se reunía con el jefe del Ministerio Público, Jorge Abbott. Ambos coincidían en reprochar la actuación del juez de garantía Juan Pablo Flores. Chadwick, incluso, acusó: "Pudo haber formalizado de inmediato y no en tres semanas más (los citó para el 19 de junio). Eso constituye una falta de sentido común". Mientras que la vocera de la Fiscalía Nacional, Marta Herrera quien también participó en la reunión, afirmó que "entendíamos que se trataba de un control de identidad, que cumplía con todos los estándares que la ley establece", y también "considerábamos que en estos casos sí se puede formalizar, y en la misma audiencia seguir adelante con el procedimiento, pero es el magistrado quien dirige la audiencia y decreta las resoluciones judiciales, las que son impugnables, y eso fue lo que se hizo". Ministerio Público: era hipótesis de flagrancia El acta de la audiencia, de 29 de mayo, consigna que "consultada la fiscalía en cuanto a los antecedentes que habilitaron el registro del maletero y de la valija en su interior por parte de personal poli
cial, esta ha manifestado que no hay mayores antecedentes que la circunstancia de circular el móvil con vidrios polarizados". Y agrega: ello, si bien puede ser causa para una fiscalización al amparo de la ley de tránsito, "no podía implicar llevar más allá de ello las facultades policiales".
Tres días después, el 1 de junio el Ministerio Público decidió apelar ante la Corte de Valparaíso para impugnar la ilegalidad de la detención y defender la actuación de
Carabineros en el procedimiento:
"Consta de lo expuesto en el parte policial, que la detención efectuada por personal policial se realiza en clara hipótesis de flagrancia, de acuerdo a lo establecido en los artículos 129 y 130, en relación al artículo 85, todos del Código Procesal Penal". La última norma citada establece el denominado control de identidad, que entre otras cosas permite que durante este procedimiento, sin necesidad de nuevos indicios, la policía podrá proceder al registro de las vestimentas equipaje o vehículo de la persona cuya identidad se controla. El recurso asegura, además que. "la hora" y "lugar" —las 21:00 y el sector de Playa Blanca en El Tabo— obligaron a los funcionarios policiales a realizar un examen más "exhaustivo" para establecer la identidad de los ocupantes del vehículo, que al no poder distinguirse desde el exterior "incorporan un elemento adicional de peligrosidad y de incertidumbre, que habilita a la policía a actuar dentro del marco del artículo 85". La policía no registra el vehículo, según fiscalía También plantea la fiscalía en su argumentación que estas conductas, que la resolución del juez Flores supone ilícitas y que cuestionó la defensa en la audiencia no las realiza el personal policial sino que voluntariamente las ejecuta uno de los imputados. Hacia el final del documento deja constancia de un reclamo más. El juez Flores —advierte el Ministerio Público— luego de declarada ilegal la detención, no le permite formalizar a los imputados: "Sin otorgar la palabra a los intervinientes, dicta una resolución en la cual dispone la libertad inmediata de aquellos, sin dar la oportunidad al Ministerio Público de formalizar la investigación en la misma audiencia". El sábado recién pasado, mediante la red social Twitter, el Presidente Sebastián Piñera había publicado: "Muy grave lo que resolvió el juez de garantía" y el domingo último, el fiscal nacional jorge Abbott, confirmó que ya había solicitado un informe a la Fiscalía Regional de Valparaíso sobre el caso y evaluar la adopción de medidas.
¦ Riego: 'Tiendo a pensar que el juez debió ser más deferente con la policía"
El profesor UDP Cristián Riego, uno de los
"padres" de la reforma procesal penal, abordó el fallo del Juzgado de Garantía de San Antonio y sus repercusiones. Aunque no ha tenido acceso al expediente del caso, dice, le parece que la policía hizo "algo relativamente razonable".
—¿Le parece discutible la decisión? Es difícil juzgar algo con información limitada y es una normativa compleja, porque hay tres regímenes dando vueltas, el de la Ley de Tránsito y los dos controles de identidad; cada uno tiene distintas hipótesis de aplicación y distintas facultades. Entonces, me parece relativamente razonable, así muy ¿7 priori, pensar que es difícil que la policía pueda manejar con tanta precisión los tres regímenes y, por otra parte, no veo que sea una vulneración realmente sustantiva de la privacidad de estas personas. Por eso, tiendo a pensar que el juez debió ser más deferente con la policía en cuanto a entender que lo que estaban haciendo era algo relativamente razonable.
—¿Pudo permitirse formalizar en la misma audiencia?
—Hay una reforma legal que efectivamente estableció que la declaración de ilegalidad no evitaba la persecución (penal) posterior.
—¿Qué piensa del pronunciamiento del Presidente, afecta la independencia judicial?
—Desde el punto de vista legal, el Presidente de la República —y cualquier político— puede comentar sobre los fallos de los tribunales. Pero con ello corre el riesgo de deslegitimar la función judicial que ya está bastante debilitada a ojos del público. Recordemos que en el gobierno anterior del Presidente Piñera hubo dificultades con esto (...) A pesar de que yo puedo estar de acuerdo hasta cierto punto con el Presidente, no me gusta un Presidente convocando al público en una crítica contra el Poder Judicial.
—Ud. ha hablado de una función contra mayoritaria del sistema judicial...
—Los jueces están para oponerse a la voluntad de la mayoría, de la política, del gobierno, en defensa de los derechos de las personas. Ahora el problema es que si hacen esto de manera generalizada y trivial, lo que termina ocurriendo
—y que ya ocurrió muchas veces en Chile— es que la política, el Congreso, les pueden cercenar sus facultades. Esto ha ocurrido varias veces en los últimos 20 años.
"Los jueces tienen que ser muy prudentes en usar aquellas herramientas que son muy difíciles de interpretar para la población como la exclusión probatoria, donde se dice 'bueno, a pesar de que la policía descubrió un caso, no lo vamos a perseguir porque lo hizo violando algunas normas de derechos fundamentales'. Eso es algo que en cualquier país es muy difícil de aceptar para la población es una lógica muy contra intuitiva".