MINISTERIO DE HACIENDA Tesorería General de la República PROCESO COBRO PATENTES IMPAGAS DERECHOS APROVECHAMIENTO DE AGUAS - AÑO 2019 El Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de La Serena, en autos caratulados "Tapia / Balbontín", Rol C-2017-2019, y mediante resoluciones de fechas 04 y 11 de junio de 2019, ha resuelto lo siguiente: "La Serena, a cuatro de junio de dos mil diecinueve. A lo principal y primer otrosí, por acompañada Nómina de Derechos de Aprovechamiento de Aguas con patentes impagas y visto además lo dispuesto en el artículo 129 bis 13 del Código de Aguas, despáchese mandamiento de ejecución y embargo, sobre la parte no utilizada del derecho de aprovechamiento, en contra de las personas jurídicas y naturales que se indican en la nómina que se adjunta. Practíquese la notificación y requerimiento de pago por avisos publicados en el Diario Oficial de la República y en forma destacada en el Diario "El Día", de esta ciudad de La Serena, conforme lo dispuesto en el artículo 129 bis 14, inciso 2° del citado Código. Al segundo otrosí, por acompañados los documentos, con citación. Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañado el documento que señala, con citación. cvd En La Serena, a cuatro de junio de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario, la resolución precedente." MANDAMIENTO Conforme a lo dispuesto en el artículo 129 bis 13 del Código de Aguas, se ha ordenado despachar mandamiento de ejecución y embargo, y requerimiento de pago, sobre la parte no utilizada del derecho de aprovechamiento, en contra de las personas jurídicas y naturales que se indican en la nómina que se adjunta. Trábese embargo sobre la parte del derecho de aprovechamiento o el derecho de aprovechamiento de aguas objeto de la patente adeudada, el que se entenderá embargado por el solo ministerio de la Ley, desde el momento en que se efectúe el requerimiento de pago.- Así está ordenado por resolución de 04 de junio de 2019, en causa Rol N° 2017-2019, caratulada "Tapia Bernales, Juana con Varios Deudores Morosos". La Serena, 30 de junio de 2019. "La Serena, once de Junio de dos mil diecinueve. Proveyendo presentación de fecha 10 de junio de 2019, sobre rectificación de mandamiento: Atendido sus propios fundamentos, ha lugar a lo solicitado y rectifíquese el mandamiento de autos como sigue: Donde dice: "....La Serena, 30 de junio de 2019." Debe decir: "....La Serena, 04 de junio de 2019." Téngase la presente rectificación como parte integrante del mandamiento de autos, para todos los efectos legales y notifíquese conjuntamente con este. cvd En La Serena, a once de Junio de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario, la resolución precedente."
Patentes impagas de derechos de aprovechamiento de aguas, año 2019. Resolución exenta N° 3.565 del Director General de Aguas de fecha 28 de diciembre de 2018 publicada en el Diario Oficial el 15 de enero de 2019 SECRETARÍA 2° Juzgado de Letras en lo Civil de La Serena