Código de Aguas
Código de Aguas
Señor Director: Existe consenso en que el Código de Aguas requiere cambios, y para que no sea letra muerta es necesario dar prioridad al fortalecimiento y rediseño de la institucionalidad pública. Quisiera comentar algunas imprecisiones contenidas en la carta del señor Fréne (5 de febrero). En Australia, contrario a lo sostenido, sí existe propiedad sobre los derechos de agua (DAA). De hecho, ese Estado, luego de asumir su responsabilidad en el sobreotorgamiento de DAA, corrigió este grave problema expropiando derechos e indemnizando a los afectados. Sin propiedad, ello no habría sido posible. Dicha medida revalidó la vigencia del modelo. En Chile, en cambio, el mismo problema originado por un error técnico (no legal) de la autoridad, no ha sido asumido por el Estado. Al contrario, han existido intentos por corregirlo por la vía administrativa o de subterfugios contenidos en propuestas de modificación al Código de Aguas, sin compensación para los afectados.
Otro error habitual es señalar que en Chile el uso del agua se rige por las leyes del mercado. Esto no es así. La captación, acumulación y uso del agua se regula por el Derecho Público, y prueba de ello es que está sujeto a toda clase de permisos, fiscalización, caudales ecológicos, limitaciones, intervenciones, órdenes de paralización y destrucción de obras, multas y delito por usurpación de aguas, etcétera. El mercado del agua en Chile se traduce en que un DAA otorgado por la autoridad puede ser libremente transferido entre particulares, y su uso posterior, en cambio, queda sujeto a un sinnúmero de permisos, obligaciones y restricciones. La discusión debe basarse en fundamentos técnicos. Mi columna del 23 de enero alude a informes de prestigiosos organismos internacionales y papers de especialistas de diversas universidades extranjeras (Japón, EE.UU. , China, Canadá, entre otras), que constatan que el mercado es un mecanismo eficiente en la reasignación de DAA en escenarios de escasez. En el acalorado debate de la modificación al Código de Aguas recomiendo, en especial a quienes demonizan el mercado y proponen eliminar los DAA y la propiedad sobre ellos, analizar el caso de China. Este país, gobernado por el Partido Comunista, ha definido sus políticas públicas con total pragmatismo, basadas en la ciencia, tomando decisiones tales como implementar un mercado de los DAA, que ha probado ser efectivo en 58 países, entre los cuales está Chile. MATÍAS DESMADRYL L. Abogado y exdirector General de Aguas