Extracto
RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular de esta Comuna, 21 de Mayo Nº 252, Arica, certifico: Por escritura hoy ante mí SOLANGE DEL PILAR GUTIÉRREZ VERGARA, calle Patricio Lynch 228, oficina 7, 3er piso, Arica; y CARMEN DANISA PEREA NINA, calle Blanco Encalada 291, departamento 32, Arica, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social “UMAWARA CONSULTORES LIMITADA” o “UMAWARA LTDA.”.- Domicilio Arica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezcan en el país.- Objeto será Uno.- Prestación de servicios profesionales de consultoría en general, asesoría y capacitación en los niveles: jurídico, administrativo o de cualquier otra índole en instituciones privadas o gubernamentales, personas naturales o jurídicas, comunidades, asociaciones, cooperativas y corporaciones urbanas y rurales, organizaciones gremiales, sindicales, etnias pertenecientes a pueblos originarios, y cualquier tipo de empresa u organización de origen regional, nacional o internacional. Dos.- Diseñar, formular, elaborar, ejecutar, evaluar, auditar, controlar, monitorear y supervisar todo tipo de estudios y proyectos de inversión social y privada. Tres.- Cumplir funciones de Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC), para la capacitación laboral, a través de cursos provenientes de las licitaciones de SENCE, CHILE JOVEN, FOSIS u otros servicios, organismos o entidades estatales, municipales o privadas, similares o no; impartir enseñanza de regularización para adultos y cualquier otra función educacional que podrá realizar a través de establecimientos educacionales, carreras, cursos, seminarios, etc., sirviendo como colaborador de la función educacional del Estado. Cuatro.- Prestación de servicios de asistencia técnica, capacitaciones, charlas, talleres de formación y entrenamiento, para empresas públicas, privadas, entidades oficiales, nacionales e internacionales. Cinco.- Prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter jurídico, tanto en el ámbito administrativo como judicial. Seis.- En especial, en lo referente al derecho de aprovechamiento de aguas, efectuar todo tipo de trámites tendientes a lograr la eficiencia en el uso del recurso hídrico; y sin que esta enunciación sea taxativa, efectuar procesos de constitución y regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, conformación de organizaciones de usuarios de aguas y actualización de estatutos y registros, constitución de servidumbre; cambio de punto de captación y traslado de derecho de aprovechamiento de agua; perfeccionamiento y saneamiento de derechos de aprovechamiento de agua, diagnóstico catastral de comunidades de agua, solicitud de derechos consuntivos y no consuntivos, reconsideraciones administrativas y judiciales por pago de patentes por no uso del derecho de aprovechamiento de agua, representación ante multas y fiscalizaciones de la Dirección General de Aguas, defensa ante amenazas y perturbaciones al ejercicio legítimo del derecho de aprovechamiento, estudio de títulos de derechos de aguas; compra y venta, corretaje de derechos de aprovechamiento de aguas; Siete.- En general la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios, relacionados o no con el giro señalado y que los socios acuerden.- La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña SOLANGE DEL PILAR GUTIERREZ VERGARA, quien anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades, cláusula 4 Pacto social.- Capital: $15.000.000, aportado partes iguales cada una de las socias, con $7.500.000, cada una enterado en caja social, mediante $3.500.000, contado y dinero efectivo, y el saldo $4.000.000, cada una enterará en dinero en efectivo a medida necesidades sociales lo requieran, plazo de 3 años.- Responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Duración: 5 años renovada en los mismos términos, conforme cláusula 10 pacto social. Otras estipulaciones escritura extractada. Arica, 19 de diciembre de 2018.