Extracto
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí: BUILD CAPITAL PARTNERS LLC, debidamente representada por don CARLOS ANDRES PEREZ SALAS, constituyó una sociedad por acciones, la que se regirá por su estatuto, por las disposiciones del Código de Comercio y la ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código Civil: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: El nombre de la sociedad será AGUAS PATILLO SpA. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: a) Desarrollar todo tipo de proyectos de infraestructura de captación y descarga en el borde costero y en el mar territorial, en especial de plantas desalinizadoras de agua de mar, por cuenta propia o ajena, construirlos, montarlos, operarlos, mantenerlos y comercializarlos, pudiendo explotar en cualquiera de sus formas todas las concesiones, sean administrativas o judiciales, servidumbres, usufructos, autorizaciones y cualquier tipo de permiso u otro derecho, real o personal, necesario para el desarrollo de los proyectos; b) Comercialización de agua desalada industrial y/o potable; c) Adquirir, comprar, vender, enajenar, gravar, arrendar, comercializar, en cualquier forma, toda clase de bienes corporales sean muebles o inmuebles por cuenta propia o de terceros con el objeto de desarrollar los proyectos de su giro. Asimismo, adquirir, comprar, vender, ceder, enajenar, gravar, arrendar o comercializar toda clase de bienes incorporales; d) Prestar y comercializar toda clase de asesoría, servicios de ingeniería, civil, estructural, mecánica e hidráulica, en el campo empresarial e industrial a empresas y sociedades de cualquier clase o naturaleza, tanto nacionales como extranjeras; e) Ejecutar toda clase de actos y actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y en general celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo concurrir a la formación e inversión en otras sociedades cuyo objeto sea afín al suyo o que se relacionen o vinculen con el mercado del agua. CAPITAL: El capital social asciende a la cantidad de $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de febrero de 2019.