MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas COMUNA DE SANTA MARÍA Solicitud de cambio punto de captación de aguas subterráneas ESVAL S.A., Rut 76.000.739-0, es titular de derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, ejercicio permanente y continuo, que se captan mecánicamente desde pozo ubicado en la comuna de Santa María, provincia de San Felipe, región de Valparaíso, por caudal de 30 l/s que se captan mecánicamente desde un pozo ubicado en el interior de la propiedad Rol N° 126 - 7, a 17 metros al sur del camino de San Felipe a Los Andes por Tocornal y a 30 metros al poniente del deslinde oriente de la propiedad. Los derechos se encuentran inscritos a Fojas 104 Número 91 del Registro de Propiedad de Aguas del año 1999 del CBR San Felipe. Se solicita autorizar el Cambio de Punto de Captación Alternativo del derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, ejercicio permanente y continuo, antes mencionado, y con las mismas características, para que con la explotación conjunta y/o separada y con parcialidades simultáneas y/o de alternancia, poder ser captado mecánicamente por un caudal total máximo de 30 l/s y un volumen anual de 946.080 m3, tanto de la captación de origen, denominada Pozo Chepical N° 1, ubicado en punto de coordenadas UTM (metros) Norte 6.371.191 y Este 346.264, como en 2 nuevas captaciones de destino, según el siguiente detalle: 1.- Pozo El Tambo N° 4, por un caudal máximo de extracción de 30 l/s y un volumen anual de 946.080 m3, ubicado en punto de coordenadas UTM (metros) Norte 6.373.106 y Este 343.007. 2.- Pozo El Tambo N° 5, por un caudal máximo de extracción de 30 l/s y un volumen anual de 946.080 m3, ubicado en punto de coordenadas UTM (metros) Norte 6.373.075 y Este 342.941. Las ubicaciones se encuentran definidas según la Carta IGM Escala 1:50.000, Datum WGS84, Huso 19, comuna de Santa María, provincia de San Felipe, región de Valparaíso. Se solicita un área de protección de 200 metros de radio con centro en el eje de cada pozo. Las aguas serán usadas en producción de agua potable. Se reitera que con la explotación conjunta y/o separada y con parcialidades simultáneas y/o de alternancia, no se podrá captar más del caudal de 30 l/s y un volumen anual 946.080 m3 entre la captación original y los 2 nuevos puntos de captación.