MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva EXTRACTO DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO ACUEDUCTO SAN ISIDRO-QUILAPILÚN Aguas Pacífico SpA, representada por el señor Enrique Alberto Cruzat Torres, comunica que con fecha 21 de diciembre de 2018 ha presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el Estudio de Impacto Ambiental “Proyecto Acueducto San Isidro-Quilapilún” (en adelante, el “Proyecto”), ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), de acuerdo a lo establecido en la ley Nº 19.300 y su Reglamento, DS Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (RSEIA). El Proyecto corresponde a la tipología que se encuentra desarrollada en el literal a) del artículo 3 del RSEIA, por tratarse de un acueducto que debe someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, por lo que su ingreso al SEIA es obligatorio. El Proyecto es de carácter interregional ya que se desarrollará en las regiones de Valparaíso y Metropolitana de Santiago, en las comunas de Quillota, Limache, Olmué, Tiltil y Colina. El objetivo del Proyecto es la construcción y operación de un acueducto de 1.000 l/s de capacidad de conducción de agua para uso industrial potabilizable generada a partir de agua de mar (agua desalinizada), producida por el proyecto Aconcagua que cuenta con RCA favorable Nº 037 del 13 de agosto de 2018. La Fase de Construcción del Proyecto, se extenderá por un período de 30 meses, el hito que dará inicio a esta fase será la habilitación de las instalaciones de faena. La mano de obra requerida para esta fase es de 1.074 trabajadores aprox., los que estarán divididos en cuatro sectores y doce frentes de trabajo, que realizarán las actividades simultáneamente. El monto total estimado de la inversión para la puesta en marcha del Proyecto es de US$210.000.000, contemplando una vida útil de carácter indefinida. De acuerdo con lo establecido en la letra e) del artículo 18 del DS 40/2012 RSEIA, la línea de base del EIA caracterizó la situación actual del medio ambiente en el área de influencia del proyecto, levantando información ambiental de los siguientes componentes: clima y meteorología, calidad de aire, campos electromagnéticos, ruido y vibraciones, geología, geomorfología, riesgos geológicos y geomorfológicos, hidrología, hidrogeología, suelo, plantas, hongos y líquenes, animales silvestres, limnología, arqueología, paleontología, paisaje, áreas protegidas y sitios prioritarios, turismo, usos del territorio y medio humano. A partir del análisis de los artículos 5 al 11 del RSEIA y en concordancia con lo establecido en el artículo 11 de la ley 19.300, se concluye que se ingresa al SEIA a través de un EIA, por cuanto puede generar o presentar algunos de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11, literal b) de la ley Nº 19.300, y por el artículo 6 del RSEIA. Esto es: b) efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. En el EIA se presentan las medidas propuestas por el Titular, para mitigar y compensar los impactos significativos del Proyecto, los cuales consisten en: • Plantas: Rescate y relocalización de especie suculenta (Echinopsis chiloensis); rescate y relocalización del helecho Adiantum gertrudis; Repoblación de Prosopis chilensis; y Repoblación de especies arbóreas. • Animales Silvestres: Rescate y relocalización de fauna terrestre (anfibios, micromamíferos cursoriales y reptiles); Perturbación controlada de micromamíferos cursoriales y reptiles; y Perturbación controlada de cururos (Spalacopus cyanus).
• Medio Humano: Plan de apoyo a la actividad comercial. Asimismo, se presenta un plan de seguimiento ambiental para corroborar el cumplimiento y la efectividad de las medidas propuestas, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la normativa respectiva y prever la ocurrencia de efectos ambientales no deseados. El Proyecto identifica como Permisos Ambientales aplicables, los contemplados en los artículos 132, 138, 140, 142, 146, 148, 149, 150, 151, 153, 155, 156, 157 y 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto se encuentra a disposición de los interesados, para su consulta en formato digital en la página web www.sea.gob.cl, en las oficinas del Servicio de Evaluación Ambiental de la Dirección Ejecutiva, y en oficinas regionales del SEA Valparaíso y Región Metropolitana de Santiago; además en las oficinas de los Gobiernos Regionales de Valparaíso y Metropolitana de Santiago, y en cada uno de los municipios involucrados; esto es: Quillota, Limache, Olmué, Tiltil y Colina. Las direcciones y horarios de atención son los siguientes: SEA Dirección Ejecutiva: Miraflores 222, piso 7, Santiago, horario de atención de lunes a jueves de 08:45 a 16:45 horas y viernes de 08:45 a 15:45 horas; SEA Región de Valparaíso: Prat 827, oficina 301, Valparaíso, horario de atención lunes a jueves, de 09:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:00 horas, y viernes de 09:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 16:00 horas; SEA Región Metropolitana de Santiago: Miraflores 178, piso 3, Santiago, horario de atención lunes a jueves, de 08:45 a 16:45 horas y viernes de 08:45 a 15:45 horas; Gobierno Regional Valparaíso: Melgarejo 669, piso 7, Edificio Intendencia, Valparaíso, horario de atención lunes a viernes de 09:00 a 13:30 horas; Gobierno Regional Metropolitano de Santiago: Bandera 46, Santiago, horario de atención lunes a viernes de 08:30 a 15:30 horas; Municipalidad de Quillota: Maipú Nº 330, Quillota, Región de Valparaíso, horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas; Municipalidad de Limache: Palmira Romano Sur Nº 340 Edificio Consistorial, Limache, horario de atención de lunes a jueves de 08:00 a 17:45, y viernes de 08:00 a 14:00 horas; Municipalidad de Olmué: Prat Nº 12, Olmué, horario atención de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 y de 15:00 a 17:30 horas; Municipalidad de Tiltil: Av. Arturo Prat 200, Tiltil, horario de atención de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas; Municipalidad de Colina: Av. Colina 700, Colina, horario de atención de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas. De conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y en el artículo 29 de la ley Nº 19.300, cualquier persona, natural o jurídica, podrá formular observaciones al presente Estudio de Impacto Ambiental, para ello, dichas observaciones deberán ser remitidas en papel al Servicio de Evaluación Ambiental o presentadas a través del sitio web del Servicio de Evaluación Ambiental www.sea.gob.cl, para lo cual se dispondrá de un plazo de 60 días hábiles, contados a partir de la fecha de la última publicación del presente extracto en el Diario Oficial y en un diario o periódico de la capital regional o de circulación nacional, según sea el caso. Se deja constancia que este extracto ha sido visado por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el Titular del Proyecto. Lo anterior no constituye pronunciamiento alguno por parte del referido Servicio en relación con la Calificación Ambiental del Proyecto. No se presentaron antecedentes o materias sobre las cuales se haya solicitado reserva y/o confidencialidad.- Paola Andrea Basaure Barros, Dirección Ejecutiva, Servicio de Evaluación Ambiental.