MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo / Secretaría Regional Ministerial XV Región de Arica y Parinacota INICIO EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA FORMULACIÓN DEL PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL ARICA - PUTRE La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Arica y Parinacota, informa el inicio del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica del proceso del Estudio de Formulación del Plan Regulador Intercomunal de Arica - Putre, cuyo objetivo es ordenar los usos del territorio en términos de crecimiento urbano, orientación al uso del área rural y definición de vialidad estructurante y normas urbanísticas para infraestructura de impacto intercomunal. Se trata del primer instrumento de planificación de escala intercomunal para la Región de Arica y Parinacota, lo que plantea un desafío estratégico que implica visualizar la condición geopolítica del territorio, donde parte de sus límites constituyen los límites norte del territorio nacional; sumado a ello, es un territorio caracterizado por una población multicultural que vive en estrecha relación con su medio natural -altiplano, valle y litoral- y que por su ubicación en el extremo norte ha sufrido los efectos del desarrollo centralista del país, reflejada en décadas de estancamiento y decaimiento productivo y poblacional. Actualmente no existe regulación urbana de escala intercomunal en la Región, y los planes reguladores vigentes de escala comunal -Arica y Putre- son de antigua data. Por su parte, las modificaciones de estos instrumentos se encuentran en proceso, por lo que se requiere de una coherencia entre los instrumentos de distinta escala para potenciar el desarrollo urbano y territorial del área intercomunal, y evitar un crecimiento no planificado de los centros poblados existentes, donde se ha ido ocupando sectores no aptos para dicho crecimiento. Para ello, se tiene como ámbito de acción las competencias que establece la ley y su Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (LGUC y OGUC respectivamente) para la Planificación Intercomunal. En particular, se refiere a lo señalado en el Art. 2.1.17 de la OGUC. Para la elaboración del instrumento de planificación se establecen las siguientes consideraciones ambientales y de sustentabilidad preliminares:
Criterios de Sustentabilidad: - Integración territorial, desarrollo equilibrado y sistémico de la intercomuna, contemplando su conformación geomorfológica con presencia de costa, pampa, valles, precordillera y altiplano, que otorgan una diversidad paisajística y cultural al territorio; la disponibilidad y calidad de los recursos naturales; la posición fronteriza de puerta norte del país; y la condición de puerto; reduciendo en este último caso la fricción de uso entre la ciudad y el puerto de Arica. - Fortalecimiento del sistema de centros poblados con reconocimiento de las costumbres y diversidad cultural, la capacidad de carga del medio natural, la calidad ambiental y los riesgos naturales y antrópicos; generando condiciones que permitan la descentralización de las actividades de las zonas urbanas en la intercomuna, y favoreciendo la habitabilidad de los asentamientos humanos y permanencia de la población en la intercomuna mediante la infraestructura de transporte y la requerida para la dotación de servicios básicos y gestión de residuos. - Promoción de usos productivos sustentables -con preferencia en el desarrollo del turismo, la actividad agropecuaria y la producción de energías renovables-, y del potencial de investigación científica del territorio; aprovechando las vocaciones y diversidad climática y paisajística del territorio, así como sus cielos limpios; reconociendo de las Áreas Silvestres Protegidas y Sitios Prioritarios para la Conservación de la Biodiversidad y; protegiendo y conservando los recursos hídricos, el legado arqueológico y arquitectónico, la identidad multicultural, y el patrimonio tangible presente en la intercomuna. Objetivos ambientales: I. Relevar la importancia de la disponibilidad y calidad de los recursos hídricos asegurando su protección y conservación para las personas, los ecosistemas y la vocación productiva del territorio, contemplando la protección de las altas cumbres como reservorios de agua, así como acciones e infraestructura para la protección y gestión eficiente del recurso. II. Reconocer las Áreas Silvestres Protegidas del SNASPE, los Sitios Prioritarios para la Conservación de la Biodiversidad y otras de valor natural que no se encuentran bajo protección oficial del Estado, otorgando orientaciones de usos compatibles con los objetivos de creación de dichas áreas y su área de influencia. Estas áreas albergan biodiversidad de flora y fauna endémica cuya conservación, protección y cuidado resulta relevante considerando que algunas de ellas se encuentran en categorías de "vulnerables" y "en peligro", como por ejemplo las especies vegetales Llareta y Queñoa; y las especies animales como la Taruca, Vicuña, Lagarto de Poconchile; las aves Picaflor de Arica, Zarapito boreal y Fardelas, entre otros; y peces como los pertenecientes al género Orestias. III. Preveer los impactos ambientales y paisajísticos de las actividades productivas, favoreciendo el desarrollo de usos productivos sustentables, especialmente la actividad agropecuaria, el turismo y el desarrollo de energías renovables; considerando la vocación del suelo, la disponibilidad de recursos naturales y la capacidad de carga del territorio. IV. Reconocer, resguardar y fortalecer el patrimonio arqueológico, los Monumentos Nacionales y la identidad cultural de los centros poblados. V. Contemplar la fragilidad de los ecosistemas y la presencia de corredores biológicos (riberas de cursos hídricos), en la planificación de infraestructura de transporte, sanitaria y energética, así como de las actividades productivas de impacto intercomunal. VI. Generar condiciones para la reducción de vulnerabilidades ante riesgos naturales y antrópicos, la protección de la calidad ambiental y el mejoramiento de la habitabilidad de los asentamientos humanos; considerando en ello la incorporación y distribución equilibrada de las áreas verdes de nivel intercomunal y, la definición de áreas seguras para la evacuación de las personas en caso de eventos críticos.
VII. Proteger o condicionar el uso del suelo con valor agrícola en las zonas perimetrales de las áreas urbanas. VIII. Generar condiciones y promocionar la gestión de residuos de manera sustentable. Se invita a la comunidad a revisar los antecedentes del Inicio del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica en extenso, los cuales se encontrarán disponibles a partir de ahora en el sitio web del Ministerio del Medio Ambiente http://eae.mma.gob.cl/. Las observaciones podrán ser enviadas al correo electrónico prociudad@prociudad.cl o entregadas en las oficinas donde estarán expuestos los contenidos, ubicadas en las comunas de Arica y Putre, según siguiente detalle: Comuna de Arica: Dependencias de la Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, ubicada en Sotomayor 216, 1º piso, en la ciudad de Arica, desde el 2 de enero de 2019 al 12 de febrero de 2019, en horario de 9:00 horas a 13:00 horas, de lunes a viernes. Comuna de Putre: Dependencias de la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Putre, ubicada en calle Latorre, al costado del Campanario, desde el 2 de enero de 2019 al 12 de febrero de 2019, en horario de 9:00 horas a 13:00 horas, de lunes a viernes. GIANCARLO BALTOLU QUINTANO Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Arica y Parinacota