¿ Por qué aprobar una nueva Constitución?
No es novedad que nuestra región y el país se encuentra en una compleja situación hídrica. Hace poco menos de 5 meses, el Gobierno se vio obligado a decretar emergencia agrícola en 9 comunas del Maule, producto de la avanzada sequía que ha hecho cada vez más escasa el agua de riego, para la crianza animal y, en los casos más complejos, para el consumo humano. Elescenario no es promisorio según la mayoría de los expertos y existe un consenso general que el cambio climático podría acentuar aún más esta problemática. Debido a esto, en el contexto del estallido social y las movilizaciones ciudadanas, en las últimas semanas se reactivó el debate político al respecto, a partir de la presentación en el Senado del proyecto de ley sobre el dominio público de las aguas. Dicho proyecto propuso una reforma a la actual Constitución mediante iniciativas que parecieran ser de sentido común: consagrar el agua como un bien de uso público a nivel constitucional; limitar las concesiones a particulares tanto en su duración como en sus objetivos; y garantizar la priorización de sus usos. Si bien el proyecto es del todo razonable, pertinente y necesario en el contexto de cambio climático y escasez hídrica global, fue rechazado por 12 parlamentarios de gobierno, dentro de ellos los senadores del Maule Juan Castro (RN) y Juan Antonio Coloma (UDI), los que fueron posteriormente denunciados debido a que no se inhabilitaron, a pesar de ser propietarios de derechos de aguas, configurándose un claro conflicto de interés. Si bien la modificación propuesta contó con un amplio respaldo (24 votos a favor versus 12 en contra), los votos no fueron suficientes, ya que el quórum que exige la actual Constitución para estos efectos es de 29 votos. ¿Alguien puede entender que 12 sea más que 24? Por tal motivo, en el marco del proceso constituyente, resulta imperativo iniciar la reflexión y discusión en todo el país sobre los temas que deben estar presentes en nuestra carta fundamental, comenzando por aquellos esenciales para la subsistencia humana, entre ellos el acceso al agua. El punto central de este debate se enfoca en que la actual legislación define simultáneamente el agua como un bien nacional de uso público y como un bien de consumo, que puede ser transado en el mercado a través de la compra y venta de “derechos de agua”. Ello implica que la legislación chilena garantiza la propiedad privada de los derechos de dominio a nivel constitucional por sobre el uso público del agua, lo cual resulta contradictorio y complejo en el escenario climático actual, dado que ha favorecido la hiperconcentración y sobreexplotación por sobre las necesidades de la población. Los resultados de una mala política pública han sido evidentes los últimos 10 años, por lo tanto, resulta lógico que en periodos de mayor restricción hídrica el Estado deba hacer las modificaciones necesarias para dar prioridad al consumo humano ylo a la agricultura de subsistencia por sobre la actividad productiva de la gran minería o la agroindustria. Ello con el fin de garantizar una gestión eficiente y sustentable del recurso hídrico en donde los derechos esenciales de las personas estén por sobre la actividad lucrativa. Una nueva Constitución no es un mero capricho, es un imperativo ético que merece un país que se cansó de la ley del más fuerte. Y una Convención Constitucional (o Asamblea Constituyente) integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente es, sin duda, el más legítimo y democrático para constnúi
Javier Azócar Bizama Sociólogo UC