MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas COMUNA DE LAS CABRAS Solicitud de cambio punto de captación de aguas subterráneas Juan Carlos Von Unger de la Cruz, cédula de identidad número 7.053.621-8 y Roberto Johow Jackson, cédula de identidad número 12.706.753-8, en representación, de AGRÍCOLA BALLERINA LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf 40, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en virtud de lo establecido en el artículo 42 del Decreto N° 203 del Ministerio de Obras Públicas de 2014, que aprueba el Reglamento sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas, y en el artículo 163 del Código de Aguas, solicita autorización para efectuar el cambio total del punto de captación del derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, otorgado por Resolución Exenta de la DGA número 136, de 29 de agosto de 2006, por un caudal máximo de 80 litros por segundo a extraer del pozo número 13 ubicado en la Reserva o Parte no expropiada de la Hijuela Primera del Fundo Quilamuta, Comuna de Las Cabras, Provincia de Cachapoal, VI Región, derecho que actualmente se encuentra inscrito a fojas 62 vuelta, número 110, del Registro de Propiedad de Aguas del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Peumo. Del caudal señalado, mediante Resolución Exenta número 626 de la DGA, de fecha 31 de julio de 2017, se autorizó el traslado de 65 litros por segundo, quedando un remanente de 15 litros por segundo. El traslado que se pretende es del total del remanente, con un caudal máximo de 15 litros por segundo y un volumen total anual de 466.560 metros cúbicos por segundo, a extraerse de forma mecánica, correspondientes al derecho de aprovechamiento individualizado previamente, al pozo número 17, que tiene un caudal máximo de 38 litros por segundo, ubicado en el sector denominado predio rústico Hijuela Primera del Fundo Quilamuta, en la comuna de Las Cabras, provincia de Cachapoal, VI Región, en un punto que corresponde a la intersección de las siguientes coordenadas UTM Este 290.164 y Norte 6.228.276, según Datum WGS84 zona 19H, cuya área de protección será de 200 metros, predio actualmente inscrito a nombre de la Sociedad, a fojas 1189, número 1311 del Registro de Propiedad del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Peumo.