MINISTERIO DE HACIENDA Tesorería General de la República Tesorería Provincial de Osorno PROCESO DE COBRO DE PATENTES IMPAGAS DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUA 2019, COMUNA DE OSORNO El Juzgado de Letras de Río Negro, ubicado en calle Pedro Aguirre Cerda s/n, en autos caratulados "Tesorería Provincial de Osorno con Productos del Sur Limitada", Rol C-232-2019, ha proveído lo siguiente: Río Negro, veinticinco de junio de dos mil diecinueve. Ha lugar a lo pedido: Se rectifica resolución de fecha 12 de junio de 2019, en el siguiente sentido: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva por no pago de patente de derechos de aprovechamiento de aguas; despáchese mandamiento de ejecución y embargo sobre la parte no utilizada del derecho de aprovechamiento, más intereses y costas. Notifíquese por carta certificada y requiérase de pago a los deudores mediante la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de la República en una edición correspondiente a día uno o quince del mes o el primer día hábil siguiente si aquél fuere feriado. Además, deberá publicarse este requerimiento, de forma destacada, en el Diario Austral de Osorno también en día primero o quince del mes o día siguiente hábil. Al primer otrosí por acompañados, con citación. Al segundo otrosí, téngase presente. Río Negro, doce de junio de dos mil diecinueve. Requiérase de pago a Productos del Sur Limitada y otros, RUT y domicilios individualizados en la nómina acompañada, para que pague a la ejecutante o a quien sus derechos representen, la suma de dineros correspondientes a los valores de las patentes de los derechos de aguas impagas indicadas en la nómina precedentemente señalada, según consta en autos Rol C-232-2019, caratulados Tesorería/Productos del Sur y otros, más intereses y costas. Si no se efectuare el pago, se le trabará embargo sobre la parte del derecho de aprovechamiento afecta al pago de las patentes que se adeuden. Se designa depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su responsabilidad civil y penal correspondiente. El Ministro de Fe actuante, deberá dar estricto cumplimiento al artículo 129 bis 13 del Código de Aguas. Solicita rectificación que indica S.J.L en lo Civil de Río Negro Valentina Justo Podlech, abogado, por el Fisco-Servicio de Tesorerías, en autos caratulados "Tesorería Provincial de Osorno con Productos del Sur Limitada", Rol C-232-2019, a US., respetuosamente digo: Que vengo en solicitar rectificación del Mandamiento de Ejecución y embargo de fecha 12 de junio de 2019, en el siguiente sentido: MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y EMBARGO Río Negro, 12 de junio de dos mil diecinueve. Requiérase de pago por carta certificada y por una publicación de la resolución que contenga el requerimiento de pago en el Diario Oficial el día 1 o 15 de cada mes o el primer día hábil siguiente y en forma destacada en un diario o periódico de la provincia respectiva a Productos del Sur Limitada y otros, RUT y domicilios individualizados en la nómina acompañada, para que paguen a la Tesorería General de la República o a quien sus derechos represente las sumas de dineros correspondientes a los valores de las patentes de los derechos de aguas impagas indicadas en la nómina de deudores acompañada por la Tesorería General de la República en la presente causa. No verificado el pago en el momento del requerimiento, trábese embargo sobre la parte no utilizada del derecho de aprovechamiento, según lo dispuesto en el artículo 129 bis 13 del Código de Aguas.
Por tanto, Ruego a Usía., rectificar lo solicitado. Río Negro, catorce de junio de dos mil diecinueve. Resolviendo al folio 3: Pídase en el cuaderno virtual que corresponda. Resolviendo al folio 2: Como se solicita, se rectifica el mandamiento de ejecución y embargo en la forma solicitada. Se mantiene en lo demás dicho mandamiento.