MINISTERIO DE HACIENDA Tesorería General de la República PROCESO DE COBRO PATENTES IMPAGAS DERECHOS APROVECHAMIENTO DE AGUAS - AÑO 2019, PRIMER JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA Primer Juzgado Civil de Rancagua, en autos rol C-4235-2019, caratulado "Tesorería General de la República con Sociedad Agrícola Santa Bárbara Limitada y otros", por resolución del 31 de julio de 2019 resolvió: "Rancagua, treinta y uno de julio de dos mil diecinueve. Al escrito de fecha 22 de julio de 2019. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo a la demanda de fecha 30 de mayo de 2019. A lo principal: Téngase por acompañada nómina. Al primer otrosí: Despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de los deudores individualizados en la nómina acompañada, con excepción de Enrique Salman Sajuria y Ricardo Vial Cox, quienes se encuentran fallecidos, según arroja el sistema Sitci. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otrosí: Téngase por acompañados, con citación. Al cuarto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder. En Rancagua, a treinta y uno de julio de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario, la resolución precedente." Resolución del 9 de agosto de 2019 resolvió: Rancagua, nueve de agosto de dos mil diecinueve. A presentación de fecha 7 de agosto de 2019 OJV: Como se pide, estese a lo que se resolverá. Vistos: Que, atendido el mérito de autos, lo expuesto por la parte demandante y del estudio de los presentes autos de los cuales se desprende que no fue resuelto en derecho, petición de lo principal y primer otrosí de conformidad al procedimiento de remate de patentes aprovechamiento de aguas y siendo indispensable la correcta redacción para cada una de las causas y visto lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que, se deja sin efecto a lo principal y primer otrosí de resolución de fecha 31 de julio de 2019, y en su lugar se provee para todos los efectos legales lo siguiente: A lo principal: Por acompañada nómina de derechos de aprovechamiento de aguas con patentes impagas de conformidad al artículo 129 bis 14 del Código de Aguas, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de los deudores señalados por la sumas que allí se indican, y prosígase la ejecución hasta cumplirse y hacerse entero pago de lo adeudado. Al primer otrosí: De conformidad al artículo 129 bis 14 del Código de Aguas, notifíquese a los titulares de los derechos de aprovechamiento de aguas con patentes impagas, efectuándose dichas publicaciones en diario de circulación regional, sin perjuicio de la publicación de aquella que debe hacerse en el Diario Oficial; Con excepción de Enrique Salman Sajuria y Ricardo Vial Cox, quienes se encuentran fallecidos. Rija en todo lo demás resolución de fecha 31 de julio del presente año. Notifíquese la presente resolución conjuntamente con la resolución de fecha 31 de julio del 2019 ya señalada. En Rancagua, a nueve de agosto de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Rancagua, treinta y uno de julio de dos mil diecinueve. Requiérase a los siguientes deudores, según nómina acompañada por el ejecutante: 1. Sociedad Agrícola Santa Bárbara Limitada: 38,4 UTM. 2. Pacific Hidro Chile S.A.: 12878,67 UTM. 3. Aguas Cortaderal Limitada: 1348,35 UTM. 4. CGE Generación S.A: 68 UTM. 5. Sociedad Agrícola Mesquihue Limitada: 20 UTM. 6. Electro Austral Generación Limitada: 585,23 UTM. 7. Exploraciones Inversiones y Asesorías Huturi S.A.: 314,06 UTM. 8. Hidroeléctrica Blanco S.A.: 978,67 UTM.
9. Agrícola y Forestal Canadá Limitada: 44 UTM. 10. María Dolores Fernández Errázuriz: 26,4 UTM. 11. Hidroeléctrica Las Flores S.A.: 302,89 UTM. 12. Hidroeléctrica Nido de Águila S.A.: 465,43 UTM. 13. Hidroeléctrica Alazan S.A.: 1802,19 UTM. 14. Mario Rogelio Ortúzar Silva: 465,43 UTM. 15. Eric Felix Prenzel Leupolt: 223,89 UTM. 16. Frutícola Nacional S.A.: 87,12 UTM. 17. Carlos Humberto Zamorano Marambio:16 UTM. 18. María Teresa Rodríguez Villegas: 48 UTM. 19. Sociedad Agrícola El Pidén Limitada: 32 UTM. Para que paguen a la Tesorería General de La República, las sumas que a cada uno se les demanda, más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad de los deudores, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal. NÓMINA DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS CON PATENTES IMPAGAS Derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por resolución exenta N° 3.565 del Director General de Aguas, de fecha 28 de diciembre de 2018, publicada en el Diario Oficial el 15 de enero de 2019