MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas COMUNA DE PICHIDEGUA Publicaciones conforme al artículo 131 del Código de Aguas Cambio de punto de captación parcial de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas. AGRO COMERCIAL Y SERVICIOS ALMAHUE LIMITADA, RUT Nº76.051.970-7, solicita el cambio de punto de captación parcial de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo de extracción instantáneo de 20 litros por segundo, y un volumen anual a extraer de 630.720 metros cúbicos. Puntos de captación de origen: a) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo de 4,33 litros por segundo, que se captan mediante elevación mecánica, desde el pozo profundo Las Garzas, el que se encuentra ubicado en la parcela N°4, Las Garzas, 12 metros aproximados al suroeste del camino Las Garzas y 50 metros aproximados al norte del camino San José El Carmen a El Huique, en la comuna de Palmilla, Provincia de Colchagua, Sexta Región, del cual se solicita el cambio de punto de captación por el caudal máximo de extracción instantáneo recién referido; b) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo de 5,81 litros por segundo, en la comuna de Palmilla, Provincia de Colchagua, Sexta Región, denominado 6,45% merced de agua subterránea punto B, destinados al riego de la parcela N°15 del Proyecto de Parcelación Majadas Garzas, del cual se solicita el cambio de punto de captación por el caudal máximo de extracción instantáneo recién referido; c) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo de 0,19 litros por segundo, en la comuna de Palmilla, Provincia de Colchagua, Sexta Región, denominado 0,21% merced de agua subterránea punto B, destinados al riego del sitio número 30 del Proyecto de Parcelación Majadas Garzas, del cual se solicita el cambio de punto de captación por el caudal máximo de extracción instantáneo recién referido; d) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo de 7,63 litros por segundo, en la comuna de Peralillo, Provincia de Colchagua, Sexta Región, del pozo N°560, destinados al riego de la Parcela N°54 del Proyecto de Parcelación San Miguel de Calleuque, del cual se solicita el cambio de punto de captación por el caudal máximo de extracción instantáneo recién referido; e) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo de 0,47 litros por segundo, en la comuna de Peralillo, Provincia de Colchagua, Sexta Región, del pozo N°550, destinados al riego del Sitio N°36 del Proyecto de Parcelación San Miguel de Calleuque, del cual se solicita el cambio de punto de captación por el caudal máximo de extracción instantáneo recién referido; f) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo de 3,61 litros por segundo, que se captan mediante elevación mecánica, desde el pozo profundo Las Garzas, el que se encuentra ubicado en la parcela N°4, Las Garzas, 12 metros aproximados al suroeste del camino Las Garzas y 50 metros aproximados al norte del camino San José El Carmen a El Huique, en la comuna de Palmilla, Provincia de Colchagua, Sexta Región, del cual se solicita el cambio de punto de captación parcial por un caudal máximo de extracción instantáneo de 1,57 litros por segundo. Nuevo punto de captación de destino: El nuevo punto de captación, denominado “Pozo N°4”, situado en el mismo sector del acuífero, se encuentra dentro del predio agrícola denominado “Parcela N°38 del Proyecto de Parcelación El Toco”, de propiedad de la solicitante, específicamente en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.198.656, Este: 277.317, Huso 19, Datum WGS 1984, en la comuna de Pichidegua, Provincia de
Cachapoal, Sexta Región. Dichas aguas en el nuevo punto de captación se extraerán mediante elevación mecánica, y su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicita un radio de protección de 200 metros con centro en el eje del pozo, respecto del nuevo punto de captación recién individualizado.