FALLO POR UNANIMIDAD
Corte rechaza recurso por d
esalojos del Punilla
Tribunal de Alzada estimó que “no ha existido vulneración de garantías constitucionales”. ONG que representa a afectados estudia apelación en la Corte Suprema.
POR: PABLO ABURTO H. FOTOS: CRISTIAN CACERES
Los desalojos se produjeron el pasado 21 de novembre y esto derivó en la presentación de la medida judicial.
Fallo dice
que proceso PERSONAS
fueron quienes, a través de la A tramitado en
ONG Defensa Ambiental, presen- conformi taron el recurso de protección.
A Corte de Apela- ciones de Chillán rechazó por una- nimidad el recurso de protección interpuesto por un grupo de cinco afectados cortas s desalojos a causa de las obras del Embalse Punilla, del y 22 de noviembre, dirigido contra la Sociedad Concesionaria Agua de Punilla y el Ministerio de Obras Públicas. La medida judicial buscaba que se declarara o arbitraria, acciones u omisiones en el desalojo, lanzamiento, corte de ruta y demolición de la morada de los habitantes afectados por el proyecto. Enel fallo se puede leer que la primera sala del Tribunal de Alzada -compuesto ministros Cristian Hansen, Claudio Arias y el abogado integrante Juan Antonio de la Hoz- estimó que “no ha existido vulneración de garantias constitucionales, como las denunciadas por los recurrentes, pues las actuaciones que ellos tipifican como arbitrarias e ilegales, han sido el resultado de un proceso expropiatorio tramitado en conformidad a la ley”.
El fallo de 37 carillas, establece asimismo en uno de sus fundamentos que un acto u omisión es arbitrario cuando no existe razón que Lo fundamente, cuando quien actúa 0 se abstiene de actuar lo hace por mero capricho, sin una razón legal, lógica, o al menos moral, que lesirva de fundamento y que justifiq uesu actuar uomisión, “cosa que no ha existido en la especie, pues conforme lo señala el fallo, la toma de posesión material y el consecuente desalojo, provienen dela tramitación de un procedimiento expropiatorio seguido por el Ministerio de Obras Públicas, ajustado absolutamentea la normativa legal, de ahi que no corresponda catalogarlo como arbitrario vilegal” añade.
Una vez conocido el fallo, el Seremi de Obras Públicas de Ignacio Vera, expuso que "esto demuestra que el proceso se enmarcó dentro del proceso establecido por la Ley de Expropiaciones. Vera agregó que en definitiva, no se configuraron los requisitos necesarios para poder interponer un recurso de protección,
Analizan Suprema El abogado de la ONG Defensa Ambiental, Ricardo Frez, quien representa a los afectados, aseguró que “de cierta forma esperabamos que la Corte se comportara de esta forma”. Según el profesional, era esperado porque en conjunto con este recurso de protección se habia presentado una orden de no innovar que pedia la detención de los desalojos, la cual tampoco fue acogida. “Los argumentos de este rechazo nos dice que la linea que están siguiendo es más o menos similar, pero estos mismos antecedentes fueron presentados al Tribunal Ambiental y fueron acogidos de inmediato, entonces te dice
que la Corte de Chillan está viendo argumentos más bien civiles y no tanto de los incumplimientos ambientales”, explicó Frez. Deeste modo, el profesional se mostró conforme con el actuar de la corte chillaneja y cifra sus esperanzas en lo que pueda resolver el Tribunal Ambiental competente, onganismo que ya ordenó paralizar el proyecto. “Son dos lineas en paralelo que tratamos de agotar. Por la via civil nos fue mal, pero por la via ambiental se logró paralizar el proyecto. Lo que buscábamos era agotar todas las vias posibles para paralizar los desalojos”, agregó. Como Frezapuntó a “ciertas inconsistencias” en el fallo, adelantó que estudian las acciones a seguir, y no descartó recurrir al máximo tribunal del pais. “Estamos revisando las alternativas y haciendo un análisisdel fallo, quees bastante escueto, para poder apelar al recurso y llevarlo a la Corte Suprema”, detalló,
COMENTA EINFÓRMATE MÁS EN: www. Ladiscusion. cl