Extracto
EUGENIO JIMENEZ LARRAIN, Abogado, Notario Público, titular de la Primera Notaria de Ovalle, Vicuña Mackenna N° 370, oficina 3-E Certifico: Por escritura pública hoy ante mí YASNA PAMELA TAPIA AGUILERA, domiciliada en calle José Luis Araneda N°623, Villa Los Héroes, Huamalata, Ovalle; y don RICARDO ANDRES TAPIA AGUILERA, domiciliado en calle única sin número, pueblo de lagunillas comuna de Ovalle, constituyeron sociedad responsabilidad limitada a monto aportes. OBJETO: El objeto de la sociedad será la formulación, ejecución y coordinación de proyectos relacionados a la investigación, desarrollo a e investigación, en el más amplio espectro de áreas y mercados, especialmente avocada al área de la infraestructura, transferencia tecnológica e innovación, relacionada de la actividad productiva agrícola y uso eficiente de recursos hídricos, fuentes energéticas, pudiendo asesorar, gestionar y elaborar bases de datos, procesamiento de información y transferencias tecnológicas. Podrá asimismo, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa ser intermediario en la elaboración, diseño, construcción, implementación y ejecución de proyectos financiados, patrocinados o auspiciados por la Corporación de Fomento de la Producción, Comisión Nacional de Riego, Instituto de Desarrollo Agropecuario, Programa de Desarrollo Local, Fundación para la Innovación Agraria, y en general, podrá desarrollar cualquier otro negocio, en la actualidad o el futuro, que acordaren los socios. RAZON SOCIAL: “CONSULTORA T & T LIMITADA”, sin perjuicio “T & T LTDA.”. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: En forma exclusiva, socia doña YASNA PAMELA TAPIA AGUILERA, facultades cláusula cuarta escritura extractada. CAPITAL: $6.000.000, que socios aportan siguiente forma: a) El socio RICARDO ANDRÉS TAPIA AGUILERA, aporta $1.200.000.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales, que entera al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada en este acto a la caja social; b) La socia YASNA PAMELA TAPIA AGUILERA, aporta la suma de $3.800.000.-, representativos de un 80% de los derechos sociales, que aportará de la siguiente forma: 1) $2.000.000.-al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada en este acto a la caja social; 2) La diferencia de $1.800.000.-, con su industria, la que es valorizada de común acuerdo por las partes en la suma de $1.800.000.-. DURACION: 5 años contados fecha escritura, renovado tácita y sucesivamente períodos iguales. DOMICILIO: Ovalle. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Ovalle, 07 de Agosto de 2018.-