Normas Generales Municipalidad de Lo Barnechea Promulga Modificación N° 9 Al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, Sector Centro Cordillera (Farellones, la Parva, El Colorado Y Valle Nevado)
Núm. 537.- Lo Barnechea, 13 de julio de 2018. Vistos: Lo dispuesto por la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente y sus modificaciones posteriores; lo establecido en los artículos 43° y 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y en el artículo 2.1.11 de su Ordenanza General; y en uso de las facultades que me confieren los artículos 56 y 63, letra i) de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. Teniendo presente: 1.Certificado N° 74/2016 suscrito por el Secretario Municipal de Lo Barnechea, que da cuenta del Acuerdo N° 1485 adoptado por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria N° 417 de fecha 30 de septiembre de 2003, que aprueba la contratación de los estudios y proyectos para la elaboración del Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, correspondiente al Sector Centro Cordillera. 2.Acuerdo N° 1756 del Concejo Municipal tomado en Sesión Ordinaria N° 459 de fecha 30 de noviembre de 2004, que aprueba iniciar el proceso de tramitación de la Modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea correspondiente al Sector del Centro Cordillera. 3.Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 106/04 de fecha 16 de enero de 2004, que ordena el inicio de la elaboración del proyecto de Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea del Centro Cordillera y de los estudios respectivos del proyecto. 4.Decreto Alcaldicio N° 2908 de fecha 22 de septiembre de 2017, que reinicia el proceso de aprobación del Proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, MPRC- LB-09 Centro Cordillera: Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado. 5.Certificado N° 17, de fecha 18 de diciembre de 2017, de parte del Secretario Municipal de Lo Barnechea, certificando: 1) Que el municipio expuso el proyecto al público, de acuerdo al plazo dispuesto por la legislación vigente; 2) Que se informó a las juntas de vecinos correspondientes acerca de las principales características del proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal y de sus efectos, mediante Ord. Alc. N° 424 al 434, correlativos de fecha 29 de septiembre de 2017 y N° 441 de fecha 04 de octubre de 2017, suscrito por el Alcalde; 3) Que se comunicó a los vecinos de las audiencias públicas y la exposición del proyecto, a través de la publicación de dos avisos en el diario de mayor circulación en la comuna, los días 30 de septiembre de 2017 y 07 de octubre de 2017, en el Diario La Tercera; 4) Que se realizó una primera Audiencia Pública el día 12 de octubre de 2017 en el Centro Cívico de Lo Barnechea, levantándose la respectiva acta de la sesión suscrita por el Secretario Abogado Municipal como Ministro de Fe; 5) Que se citó al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC) a una sesión ordinaria mediante Decreto N° 2997 de fecha 02 de octubre de 2017, para informar del proyecto, lo que consta en acta de sesión COSOC de fecha 12 de octubre de 2017, suscrita por el secretario Municipal; 6) Que la exposición del proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal se realizó desde el día 10 de octubre de 2017, en el Centro Cívico de Lo Barnechea y en el Colegio Farellones y se recibieron observaciones formuladas por los interesados al proyecto hasta el día 24 de noviembre de 2017 en la oficina de partes municipal; 7) Que se citó a una segunda Audiencia Pública el día 09 de noviembre de 2017 en el Colegio de Farellones, para efecto de consultar la opinión de la comunidad, levantándose la respectiva acta de la sesión suscrita por el Secretario Abogado Municipal como Ministro de Fe; 8) Que el municipio recibió 14 cartas de observaciones de los vecinos al proyecto, todas las cuales fueron contestadas mediante los Ord. Alc. N° s 531 al 544, correlativos de fecha 13 de diciembre de 2017, luego de adoptadas por parte de del Concejo
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 2 de 42 Municipal los acuerdos respectivos que consta en el Actas de la sesión ordinaria N° 954 de fecha 05 de diciembre de 2017; 9) Que se citó al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC) a una sesión ordinaria mediante Decreto DAL N° 18 de fecha 10 de noviembre de 2017, para efecto de ponerlos en conocimiento de las observaciones presentadas por los vecinos respecto del proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal, lo que consta en el Acta de sesión COSOC de fecha 30 de noviembre de 2017 suscrito por el Secretario Municipal. 6. 12 Oficios (Ord. Alc. N° 424 al 434, correlativos de fecha 29 de septiembre de 2017 y N° 441 de fecha 04 de octubre de 2017), del Alcalde a los vecinos. Informando: 1) Primera Audiencia Pública a efectuarse el día 12 de octubre de 2017, a las 9:00 hrs., en la Sala de Concejo del Centro Cívico de la Municipalidad de Lo Barnechea (Av. El Rodeo N° 12.777, nivel 4); 2) Exposición al público desde el día 10 de octubre de 2017 al 09 de noviembre de 2017 en el Gimnasio del Colegio de Farellones (Av. El Colorado N° 1.447) y en el Centro Cívico municipal (Av. El Rodeo N° 12.777 nivel 2 y que se podrán consultar los antecedentes en la página web del municipio (www.?lobarnechea.cl) en el período indicado; 3) Segunda Audiencia Pública el día 09 de noviembre de 2017, a las 12:00 hrs. en el Gimnasio del Colegio de Farellones; y 4) Que los interesados podrán formular observaciones al proyecto, fundadas por escrito, dirigidas al Asesor Urbanista, hasta las 17:30 hrs. del día 24 de noviembre de 2017, en oficina de partes. 7. Guía de admisión de Correos de Chile, de fecha 02 de octubre de 2017, que indica el envío de 11 cartas. 8. Guía de admisión de Correos de Chile, de fecha 06 de octubre de 2017, que indica el envío de 1 carta. 9. Copia simple de las publicaciones en el Diario La Tercera, de fechas 30 de septiembre de 2017 y 07 de octubre de 2017, en el cual se informa: 1) Retiro gratuito de la Memoria Explicativa, Texto Aprobatorio, Planos y Estudios del proyecto en el Departamento de Asesoría Urbana, ubicado en el Centro Cívico municipal (Av. El Rodeo N° 12.777, 5° piso), desde el día 10 de octubre de 2017, de lunes a viernes de 8:30 a 17:30 hrs.; 2) Audiencia Pública el día 12 de octubre de a las 9:00 hrs. en la Sala de Concejo del Centro Cívico municipal (Av. El Rodeo N° 12.777, 4° piso); 3) Exposición Pública del proyecto desde el día 10 de octubre de 2017 hasta el día 09 de noviembre de 2017, en el Gimnasio del Colegio de Farellones y en el Centro Cívico municipal, (Av. El Rodeo N° 12.777, piso 2); 4) Segunda Audiencia Pública el día 09 de noviembre de 2017, a las 12:00 hrs., en el Gimnasio del Colegio de Farellones; y 5) Los interesados podrán formular observaciones a la propuesta, y presentarlas por escrito al municipio, dirigidas al Asesor Urbanista hasta las 17:30 hrs. del día 24 de noviembre de 2017, en oficina de partes. 10. Acta de Primera Audiencia Pública, de fecha 12 de octubre de 2017. 11. Acta de sesión ordinaria N° 4 del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Lo Barnechea, de fecha 12 de octubre de 2017. 12. Nómina de 7 asistentes a sesión ordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Lo Barnechea, de fecha 12 de octubre de 2017. 13. Decreto Alcaldicio N° 2997, de fecha 02 de octubre de 2017, que cita a sesión ordinaria al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Lo Barnechea para informar sobre el contenido del proyecto de modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, el día 12 de octubre de 2017, a las 8:45 hrs., en la Sala de Concejo del Centro Cívico de la Municipalidad de Lo Barnechea (Av. El Rodeo N° 12.777, 4° piso torre C). 14. Guía de admisión de Correos de Chile, de fecha 03 de octubre de 2017, que indica el envío de 14 cartas. 15. Certificado N° 15, de fecha 18 de diciembre de 2017, de parte del Secretario Municipal de Lo Barnechea, certificando, que se expuso al público la Memoria Explicativa, Texto Aprobatorio y Planos de Zonificación, Restricción y Vialidad, así como los Estudios de Capacidad Vial, Estudio de Riesgo y Protección Ambiental, Estudio de Equipamiento, Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Evacuación de Aguas Lluvias, Informe Ambiental de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) con su respectiva Resolución de Término, desde el día 10 de octubre de 2017 al día 09 de noviembre de 2017. 16. Acta Segunda Audiencia Pública, de fecha 09 de noviembre de 2017. 17. Copia certificada de 14 cartas de observaciones recibidas de la comunidad. 18. Decreto DAL N° 18, de fecha 10 de noviembre de 2017, que cita a sesión ordinaria al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Lo Barnechea, para informar sobre la síntesis de las observaciones presentadas por los vecinos al proyecto de modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, el día 30 de noviembre, a las 18:30 hrs., en la Sala de Concejo del Centro Cívico de la Municipalidad de Lo Barnechea (Av. El Rodeo N° 12.777, 4° piso torre C). 19. Guía de admisión de Correos de Chile, de fecha 14 de noviembre de 2017, que indica el envío de 14 cartas. 20. Acta de sesión ordinaria N° 6 del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Lo Barnechea, de fecha 30 de noviembre de 2017.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 3 de 42 21. Nómina de 2 asistentes a sesión ordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Lo Barnechea, de fecha 30 de noviembre de 2017. 22. Acuerdos adoptados por el Concejo Municipal de Lo Barnechea en sesión Ordinaria N° 954, de fecha 05 de diciembre de 2017, en relación a las observaciones de los vecinos relativas al proyecto, suscrito por el Secretario Abogado Municipal. 23. Certificado N° 16, de fecha 18 de diciembre de 2017, de parte del Secretario Abogado Municipal, certificando que en la Sesión Ordinaria N° 954, celebrada por el Concejo Municipal con fecha 05 de diciembre de 2017, se adoptó el Acuerdo N° 5265, que aprueba por unanimidad el proyecto. 24. Decreto DAL N° 95, de fecha 14 de diciembre de 2017, que ordena dar cumplimiento al Acuerdo del Concejo Municipal de Lo Barnechea N° 5265, adoptado en sesión Ordinaria N° 954 de fecha 05 de diciembre de 2017, que aprueba por unanimidad el proyecto. 25. 14 Oficios (Ord. Alc. N° s. 531 al 544, correlativos de fecha 13 de diciembre de 2017), en respuesta municipal a las observaciones formuladas por los vecinos en relación al proyecto. 26. Guía de admisión de Correos de Chile, de fecha 13 de diciembre de 2017, que indica el envío de 14 cartas. 27. Certificado N° 18, de fecha 18 de diciembre de 2017, que acredita el envío por Correo Certificado el día 13 de diciembre de 2017, los Ord. Alc. N° s. 531 al 544, correlativos de fecha 13 de diciembre de 2017, que informa sobre la respuesta a las observaciones realizadas al proyecto. 28. Cuadro Resumen de Ajustes al proyecto, de fecha 13 de diciembre de 2017, firmada y timbrada por la Asesora Urbanista de Lo Barnechea. 29. Ord. Alc. N° 321, de fecha 07 de julio de 2015, que informa el inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal, Centro Cordillera: Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado. 30. Ord. Alc. N° 331, de fecha 09 de julio de 2015, invita a consulta institucional EAE del proyecto. 31. Ord. Alc. N° 334, de fecha 09 de julio de 2015, invita a consulta institucional EAE del proyecto. 32. Ord. SRM RM N° 05-758, de fecha 26 de octubre de 2015, informa observaciones de la EAE del proyecto. 33. Ord. RRNN N° 795, de fecha 09 de noviembre de 2015, realiza comentarios ambientales al proyecto. 34. Ord. Alc. N° 632, de fecha 27 de noviembre de 2015, invita a consulta institucional de la EAE del proyecto. 35. Ord. Alc. N° 148, de fecha 17 de marzo de 2016, que remite Informe Ambiental del proyecto. 36. Ord. N° 416, de fecha 01 de junio de 2016, de Seremi MMA, remite observaciones al Informe Ambiental del proyecto. 37. Ord. Alc. N° 329, de fecha 20 de junio de 2016, remite nueva versión del Informe Ambiental del proyecto. 38. Ord. N° 506, de fecha 08 de julio de 2016, de Seremi MMA, informa que el proyecto ha aplicado adecuadamente la Evaluación Ambiental Estratégica. 39. Ord. Alc. N° 237, de fecha 14 de junio de 2017, remite Informe EAE Final, que incorpora modificaciones producto de la participación ciudadana, conforme al artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 40. Decreto Alcaldicio N° 1913, de fecha 29 de junio de 2017, de Resolución de Término al Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la propuesta de Modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, Sector Centro Cordillera: Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado. 41. Ord. RR.NN. N° 572, de fecha 28 de julio de 2017, informa observaciones al Informe Ambiental corregido del proyecto, concluyendo que las nuevas consideraciones incorporadas son coherentes con una adecuada aplicación de la Evaluación Ambiental Estratégica. 42. Decreto DAL N° 84, de fecha 12 de diciembre de 2017, que modifica Decreto N° 1913 de fecha 29 de junio de 2017, incorporando vistos al Decreto. 43. Decreto DAL N° 85, de fecha 12 de diciembre de 2017, que complementa Decreto N° 1913 de fecha 29 de junio de 2017, señalando que las modificaciones incorporadas producto de las observaciones de consulta ciudadana son coherentes con una adecuada aplicación de la Evaluación Ambiental Estratégica del proyecto. 44. Ord. Alc. N° 549, de fecha 14 de diciembre de 2017, ingreso a Seremi Minvu RM del expediente Modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, Sector Centro Cordillera: Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado. 45. Ord. N° 134, de fecha 11 de enero de 2018, de Seremi Minvu RM, acusa recibo e informa antecedentes faltantes. 46. Ord. Alc. N° 11, de fecha 11 de enero de 2018, responde a Ord. Seremi Minvu RM N° 134 y completa antecedentes del expediente. 47. Ord. N° 1299, de fecha 22 de marzo de 2018, de Seremi Minvu RM, emite observaciones al expediente del proyecto.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 4 de 42 48. Ord. Alc. N° 153, de fecha 23 de abril de 2018, responde observaciones al expediente de Modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, Sector Centro Cordillera: Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado. 49. Ord. Alc. N° 237, de fecha 15 de junio de 2018, ingreso complementario al Ord. Alc. N° 153. 50. Ord. N° 3025, de fecha 29 de junio de 2018, de Seremi Minvu RM, emite Informe Técnico Favorable a la Modificación N° 9 al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, Sector Centro Cordillera (Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado). Decreto: 1. Promúlguese la Modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea conforme a lo siguiente: Artículo primero: Modifícase el Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea, aprobado por Decreto Alcaldicio N° 1295, de fecha 03.09.2002, publicado en el Diario Oficial con fecha 05.09.2002, y sus modificaciones posteriores, de acuerdo a lo graficado en los Planos de PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción, láminas de la 1 a la 8 y PRC-LB-4/CC Vialidad, láminas de la 1 a la 6, que grafican los cambios normativos del proyecto, consistentes en la zonificación, restricciones y vialidad estructurante del Área de Extensión Urbana Sector Centro Cordillera, que por el presente acto se aprueban, junto a la Memoria Explicativa, y sus anexos de Estudio de Cálculo de Densidades, Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Evacuación de Aguas Servidas y Aguas Lluvias, Informe Ambiental, Estudio de Capacidad Vial, Estudio de Riesgos y Protección Ambiental, y Texto Aprobatorio, y que se incorporan a los actuales planos vigentes del Plan Regulador Comunal, de acuerdo al siguiente detalle: Plano PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción Lámina Sector o Localidad Materia Escala 1 de 8Centro Cordillera GeneralZonificación1 / 10.000 2 de 8Centro Cordillera GeneralRestricción1 / 10.000 3 de 8Farellones (P)Zonificación y Restricción1 / 2.500 4 de 8La Parva (Q) y Sector ManantialesZonificación y Restricción1 / 2.500 5 de 8El Colorado (R)Zonificación y Restricción1 / 2.500 6 de 8Sector Camino a Valle Nevado y Parque Nieve Zonificación y Restricción1 / 2.500 7 de 8Valle Nevado (S)Zonificación y Restricción1 / 2.500 8 de 8Sector Valle Nevado SurZonificación y Restricción1 / 2.500 Plano PRC-LB-4/CC Vialidad Lámina Sector o Localidad Materia Escala 1 de 6Farellones Vialidad 1 / 2.500 2 de 8La Parva y Sector Manantiales Vialidad 1 / 2.500 3 de 8El ColoradoVialidad 1 / 2.500 4 de 8 Sector Camino a Valle Nevado y Parque Nieve Vialidad 1 / 2.500 5 de 8Valle NevadoVialidad 1 / 2.500 6 de 8Sector Valle Nevado SurVialidad 1 / 2.500 Artículo segundo: Modifícase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea de la siguiente manera: 1) Las nuevas disposiciones establecidas en el presente texto aprobatorio regirán para el Área Urbana, Sector Centro Cordillera de la Comuna de Lo Barnechea, intercalándose dentro del cuerpo normativo, según la materia a tratar, manifestándose la siguiente distinción dentro del Área Urbana de la Comuna de Lo Barnechea: • “Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.”, correspondiente a los Planos PRC-LB-1 y PRC- LB-2/A. • “Área Urbana Sector Centro Cordillera”, relativa a los Planos PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción y PRC-LB-4/CC Vialidad. 2) Respecto del Índice: a) Incorpórase, dentro del Título V, a continuación del Capítulo II, la frase Capítulo III “Sistema Comunal de Áreas Verdes Sector Cordillera”. b) Modifícase el Título VI, donde dice “Áreas de Restricción” reemplázase por “Áreas Restringidas al Desarrollo Urbano y Áreas de Protección de Recurso de Valor Natural”.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 5 de 42 c) Incorpórase en el Índice, dentro del Párrafo 2º del Título IX, a continuación de la “Zona O Parque Praguer”, las nuevas zonas: N° Sector o Localidad Zona 1 Farellones PA1 “Pueblo de Farellones” PA2 “Nuevo Farellones” PB1 “Equipamiento 1 Farellones” PB2 “Boulevard Farellones” PB3 “Parque Nieve Farellones PC1 “Cancha de Esquí El Embudo Farellones” 2 La Parva QA1 “La Parva Alta” QA2 “La Parva Baja” QA3 “Nueva La Parva” QB1 “Equipamiento 1 La Parva” QC1 “Canchas de Esquí La Parva” 3 El ColoradoRA1 “Nuevo El Colorado” RA2 “Boulevard La Paloma, El Colorado” 4 Valle NevadoSA1 “Valle Nevado 1” SB1 “Equipamiento 1 Valle Nevado” SB2 “Equipamiento 2 Valle Nevado” SC1 “Canchas de Esquí Valle Nevado” 5 Interlocalidades TB1 “Equipamiento Deportivo de Montaña 1” TB2 “Equipamiento Deportivo de Montaña 2” TC1 “Canchas de Esquí Manantiales” 6 Zonas Especiales ZE1 “Zona Especial 1, Vegas” ZE2 “Zona Especial 2, Quebradas” ZE3 “Zona Especial 3, Ecosistema de Montaña” 3) En el Título I, Capítulo I, Artículo 1° modifícase lo siguiente: a) Al final del inciso primero reemplázase la expresión “en el área urbana de la Comuna de Lo Barnechea, cuyos límites aparecen graficados en el Plano Regulador de Lo Barnechea, PRC- LB 1”, por “en las áreas urbanas de la Comuna de Lo Barnechea, cuyos límites aparecen graficados en los Planos del Plan Regulador de Lo Barnechea, PRC-LB-1, PRC-LB-2/A, PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción y PRC-LB-4/CC Vialidad.” b) En el inciso segundo incorpórase a continuación de “los Planos PRC-LB1 y PRC-LB2,” la frase “PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción y PRC-LB-4/CC Vialidad”. 4) En el Título I, Capítulo I, Artículo 2°, modifícase lo siguiente: a) En el inciso 1° reemplázase la expresión “el Área Urbana” por “son las áreas urbanas”, y suprímase la frase “sin incluir los Centros Cordilleranos”. b) Reemplázase el texto del inciso segundo por el siguiente nuevo inciso: “Dichas áreas se inscriben en las poligonales cerradas señaladas en el artículo 6º de la presente Ordenanza Local. En dicho artículo se establece la descripción de los puntos y tramos de las poligonales, lo que se encuentra graficado en los planos PRC-LB-1, PRC-LB-2/A, PRC-LB-3/ CC Zonificación y Restricción y PRC-LB-4/CC Vialidad.” 5) En el Título I, Capítulo II, Artículo 6° modifícase lo siguiente: a) Reemplázase el texto del inciso primero por el siguiente: “Las áreas de aplicación de la presente Ordenanza aparecen graficadas en los planos PRC-LB-1, PRC-LB-2/A, PRC-LB-3/ CC Zonificación y Restricción, PRC-LB-4/CC Vialidad, y corresponden a los polígonos que se definen mediante los puntos y tramos indicados en los cuadros: Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m., y Área Urbana Sector Centro Cordillera.” b) Incorpórase el subtítulo “ÁREA URBANA BAJO COTA 1.000 m.s.n.m.” antes del cuadro del Artículo 6º. c) Incorpórase el subtítulo y los siguientes nuevos cuadros, a continuación de las Nota del último cuadro:
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 6 de 42 ÁREA URBANA SECTOR CENTRO CORDILLERA El Límite Urbano en Sector Centro Cordillera se encuentra graficado en los planos PRC-LB-3/ CC Zonificación y Restricción y PRC-LB-4/CC Vialidad. En los cuadros siguientes se describen los puntos y los tramos que lo componen, incluyendo su georreferencia en coordenadas Este y Norte, en Proyección Universal Transversal de Mercator (UTM), DATUM WGS84, Huso 19 Sur. PUNTODESCRIPCIÓN DEL PUNTOTRAMO DESCRIPCIÓN DEL TRAMO 1a Intersección de la línea oficial sur de la vía T28O (M10O) Camino a Farellones (Ruta G-21) con cota 2.315 m.s.n.m. 1a-2aLínea curva entre los puntos 1a y 2a. 2a Intersección de la cota 2.315 m.s.n.m con proyección a 119, 402 metros en un ángulo de 22,721° del punto 1a. 2a-3aLínea recta entre los puntos 2a y 3a. 3a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 2a, 72,014 metros en un ángulo de 45,022°, con la cota 2.330 m.s.n.m. 3a-4aLínea sinuosa entre los puntos 3a y 4a. 4a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 3a, 215,169 metros en un ángulo de 10,458°, con la cota 2.345 m.s.n.m. 4a-5aLínea sinuosa entre los puntos 4a y 5a. 5a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 4a, 527,961 metros en un ángulo de 37,789°, con la cota 2.390 m.s.n.m. 5a-6aLínea sinuosa entre los puntos 5a y 6a. 6a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 5a, 521,338 metros en un ángulo de 90,019°, con la cota 2.475 m.s.n.m. 6a-7aLínea sinuosa entre los puntos 6a y 7a. 7a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 6a, 2156,477 metros en un ángulo de 54,630°, con la cota 2.685 m.s.n.m. 7a-8aLínea sinuosa entre los puntos 7a y 8a. 8a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 7a, 394,413 metros en un ángulo de 247,195°, con la cota 2.600 m.s.n.m. 8a-9aLínea recta entre los puntos 8a y 9a. 9a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 8a, 371,621 metros en un ángulo de 321,586°, con la cota 2.615 m.s.n.m. 9a-10aLínea sinuosa entre los puntos 9a y 10a. 10a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 9a, 106,698 metros en un ángulo de 60,147°, con la cota 2.635 m.s.n.m. 10a-11aLínea sinuosa entre los puntos 10a y 11a. 11a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 10a, 111,957 metros en un ángulo de 333,427°, con la cota 2.645 m.s.n.m. 11a-12aLínea sinuosa entre los puntos 11a y 12a. 12a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 11a, 1677,447 metros en un ángulo de 338,364°, con la cota 2.655 m.s.n.m. 12a-13aLínea recta entre los puntos 12a y 13a.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 7 de 42 13a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 12a, 78,030 metros en un ángulo de 126,608°, con la cota 2.680 m.s.n.m. 13a-14aLínea recta entre los puntos 13a y 14a. 14a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 13a, 62,691 metros en un ángulo de 111,662°, con la cota 2.700 m.s.n.m. 14a-15aLínea sinuosa entre los puntos 14a y 15a. 15a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 14a, 474,992 metros en un ángulo de 202,861°, con la cota 2.695 m.s.n.m. 15a-16aLínea sinuosa entre los puntos 15a y 16a. 16a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 15a, 422,414 metros en un ángulo de 138,631°, con la cota 2.695 m.s.n.m. 16a-17aLínea sinuosa entre los puntos 16a y 17a. 17a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 16a, 507,993 metros en un ángulo de 116,070°, con la cota 2.700 m.s.n.m 17a-18aLínea sinuosa entre los puntos 17a y 18a. 18a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 17a, 37,205 metros en un ángulo de 212,625°, con la cota 2.685 m.s.n.m 18a-19aLínea sinuosa entre los puntos 18a y 19a. 19a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 18a, 501,018 metros en un ángulo de 147,706°, con la cota 2.690 m.s.n.m 19a-20aLínea sinuosa entre los puntos 19a y 20a. 20a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 19a, 455,912 metros en un ángulo de 60,747°, con la cota 2.780 m.s.n.m 20a-21aLínea sinuosa entre los puntos 20a y 21a. 21a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 20a, 414,562 metros en un ángulo de 59,618°, con la cota 2.915 m.s.n.m 21a-22aLínea sinuosa entre los puntos 21a y 22a. 22a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 21a, 168,909 metros en un ángulo de 92,379°, con la cota 2.950 m.s.n.m 22a-23aLínea sinuosa entre los puntos 22a y 23a. 23a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 22a, 130,140 metros en un ángulo de 169,282°, con la cota 2.945 m.s.n.m 23a-24aLínea sinuosa entre los puntos 23a y 24a. 24a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 23a, 135,671 metros en un ángulo de 178,529°, con la cota 2.925 m.s.n.m 24a-25aLínea sinuosa entre los puntos 24a y 25a.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 8 de 42 25a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 24a, 204,930 metros en un ángulo de 221,176°, con la cota 2.845 m.s.n.m 25a-26aLínea sinuosa entre los puntos 25a y 26a. 26a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 25a, 203,646 metros en un ángulo de 251,792°, con la cota 2.795 m.s.n.m 26a-27aLínea recta entre los puntos 26a y 27a. 27a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 26a, 250,899 metros en un ángulo de 171,968°, con la cota 2.775 m.s.n.m 27a-28aLínea sinuosa entre los puntos 27a y 28a. 28a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 27a, 72,502 metros en un ángulo de 283,750°, con la cota 2.765 m.s.n.m. 28a-29aLínea sinuosa entre los puntos 28a y 29a. 29a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 28a, 184,673 metros en un ángulo de 251,766°, con la cota 2.760 m.s.n.m. 29a-30a Línea Oficial oriente de vía L39 entre los puntos 29a y 30a. 30a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 29a, 467,642 metros en un ángulo de 184,136°, con la cota 2.770 m.s.n.m. 30a-31aLínea curva entre los puntos 30a y 31a. 31a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 30a, 40,352 metros en un ángulo de 179,131°, con la cota 2.780 m.s.n.m. 31a-32aLínea sinuosa entre los puntos 31a y 32a. 32a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 31a, 986,277 metros en un ángulo de 197,617°, con la cota 2.745 m.s.n.m. 32a-33aLínea sinuosa entre los puntos 32a y 33a. 33a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 32a, 114,877 metros en un ángulo de 243,620°, con la cota 2.750 m.s.n.m. 33a-34aLínea sinuosa entre los puntos 33a y 34a. 34a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 33a, 697,095 metros en un ángulo de 285,093°, con la cota 2.655 m.s.n.m. 34a-35aLínea sinuosa entre los puntos 34a y 35a. 35a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 34a, 358,473 metros en un ángulo de 273,370°, con la cota 2.615 m.s.n.m. 35a-36a Deslinde oriente y sur del Loteo Farellones (plano L-135) entre los puntos 35a y 36a. 36a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 35a, 453,757 metros en un ángulo de 247,013°, con la cota 2.490 m.s.n.m. 36a-37aLínea sinuosa entre los puntos 36a y 37a.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 9 de 42 37a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 36a, 399,113 metros en un ángulo de 225,399°, con la cota 2.460 m.s.n.m. 37a-38a Línea oficial oriente del Camino Ignacio Domeyko entre los puntos 37a y 38a. 38a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 37a, 444,082 metros en un ángulo de 145,005°, con la cota 2.400 m.s.n.m. 38a-39aLínea sinuosa entre los puntos 22a y 23a. 39a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 38a, 291,746 metros en un ángulo de 70,422°, con la cota 2.400 m.s.n.m. 39a-40aLínea sinuosa entre los puntos 39a y 40a. 40a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 39a, 289,766 metros en un ángulo de 352,396°, con la cota 2.420 m.s.n.m. 40a-41aLínea sinuosa entre los puntos 40a y 41a. 41a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 40a, 2716,362 metros en un ángulo de 126,804°, con la cota 2.425 m.s.n.m. 41a-42a Línea recta en sentido norte-sur entre los puntos 41a y 42a. 42a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 41a, 394,809 metros en un ángulo de 180,009°, con la cota 2.300 m.s.n.m. 42a-43aLínea sinuosa entre los puntos 42a y 43a. 43a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 42a, 1527,754 metros en un ángulo de 311,575°, con la cota 2.290 m.s.n.m. 43a-44aLínea sinuosa entre los puntos 43a y 44a. 44a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 43a, 408,752 metros en un ángulo de 47,764°, con la cota 2.375 m.s.n.m. 44a-45aLínea sinuosa entre los puntos 44a y 45a. 45a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 44a, 183,885 metros en un ángulo de 279,793°, con la cota 2.365 m.s.n.m. 45a-46aLínea sinuosa entre los puntos 45a y 46a. 46a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 45a, 235,237 metros en un ángulo de 206,386°, con la cota 2.300 m.s.n.m. 46a-47aLínea sinuosa entre los puntos 46a y 47a. 47a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 46a, 848,073 metros en un ángulo de 255,749°, con la cota 2.300 m.s.n.m. 47a-48a Línea recta en sentido oriente-poniente entre los puntos 47a y 48a. 48a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 47a, 294,753 metros en un ángulo de 269,952°, con la cota 2.295 m.s.n.m. 48a-49aLínea sinuosa entre los puntos 48a y 49a.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 10 de 42 49a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 48a, 516,808 metros en un ángulo de 314,078°, con la cota 2.300 m.s.n.m. 49a-50aLínea sinuosa entre los puntos 49a y 50a. 50a Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 49a, 248,505 metros en un ángulo de 5,264°, con la cota 2.385 m.s.n.m. 50a-1aLínea sinuosa entre los puntos 50a y 1a. PUNTODESCRIPCIÓN DEL PUNTOTRAMODESCRIPCIÓN DEL TRAMO 1b Intersección de las Coordenadas 6308112,555 metros Norte y 382085,950 metros Este 1b-2b Línea recta de 18,1 metros en sentido nor-oriente entre los puntos 1b y 2b. 2b Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 1b, 18,159 metros en un ángulo de 65,448°, con la cota 2.655 m.s.n.m. 2b-3bLínea sinuosa entre los puntos 2b y 3b. 3b Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 2b, 1548,496 metros en un ángulo de 112,961°, con la cota 2.645 m.s.n.m. 3b-4bLínea sinuosa entre los puntos 3b y 4b. 4b Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 3b, 216,585 metros en un ángulo de 186,769°, con la cota 2.550 m.s.n.m. 4b-5bLínea sinuosa entre los puntos 4b y 5b. 5b Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 4b, 994,745 metros en un ángulo de 285,082°, con la cota 2.550 m.s.n.m. 5b-6bLínea recta entre los puntos 5b y 6b. 6b Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 5b, 162,939 metros en un ángulo de 184,961°, con la cota 2.445 m.s.n.m. 6b-7bLínea sinuosa entre los puntos 6b y 7b. 7b Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 6b, 467,907 metros en un ángulo de 271,576°, con la cota 2.450 m.s.n.m. 7b-1b Línea recta en sentido norte-sur entre los puntos 7b y 1b. PUNTODESCRIPCIÓN DEL PUNTOTRAMODESCRIPCIÓN DEL TRAMO 1c Intersección de las Coordenadas 630750,039 metros Norte y 382850,612 metros Este 1c-2cLínea sinuosa entre los puntos 1c y 2c 2c Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 1c, 1090,778 metros en un ángulo de 27,435°, con la cota 3.060 m.s.n.m. 2c-3cLínea sinuosa que une los puntos 2c y 3c 3c Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 2c, 847,479 metros en un ángulo de 142,210°, con la cota 3.055 m.s.n.m. 3c-4cLínea sinuosa entre los puntos 3c y 4c
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 11 de 42 4c Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 3c, 136,927 metros en un ángulo de 148,636°, con la cota 3.005 m.s.n.m. 4c-5cLínea sinuosa entre los puntos 4c y 5c 5c Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 4c, 176,413 metros en un ángulo de 123,777°, con la cota 2.895 m.s.n.m. 5c-6cLínea sinuosa que une los puntos 5c y 6c 6c Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 5c, 1008,169 metros en un ángulo de 207,905°, con la cota 2.895 m.s.n.m. 6c-7c Línea sinuosa en sentido oriente poniente entre los puntos 6c y 7c 7c Intersección de la línea recta proveniente desde el punto 6c, 149,923 metros en un ángulo de 282,039°, con la cota 2.835 m.s.n.m. 7c-1cLínea sinuosa entre los puntos 7c y 1c NOMBRECOORDENADA NORTECOORDENADA ESTE 1a6308492,80377280,08 2a6308602,94377326,20 3a6308653,84377377,14 4a6308865,43377416,20 5a6309282,67377739,71 6a6309282,49378261,05 7a6310530,77380019,51 8a6310377,90379655,93 9a6310669,08379425,03 10a6310722,19379517,57 11a6310822,33379467,48 12a6312381,60378849,02 13a6312335,07378911,66 14a6312311,92378969,92 15a6311874,24378785,38 16a6311557,23379064,56 17a6311333,98379520,87 18a6311277,38379484,63 19a6310853,86379752,31 20a6311076,65380150,08 21a6311286,31380507,72 22a6311279,30380676,48 23a6311151,43380700,68 24a6311015,80380704,16 25a6310861,55380569,24 26a6310797,92380375,79 27a6310549,49380410,85 28a6310566,72380340,42 29a6310508,93380165,02 30a6310042,51380131,28 31a6310002,16380131,90 32a6309062,14379833,40 33a6309011,10379730,48 34a6309192,62379057,43 35a6309213,70378699,58 36a6309036,50378281,85 37a6308756,26377997,67 38a6308392,46378252,36 39a6308490,22378527,24
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 12 de 42 40a6308777,44378488,89 41a6307150,10380663,84 42a6306755,29380663,77 43a6307769,11379520,88 44a6308043,87379823,52 45a6308075,14379642,32 46a6307864,41379537,77 47a6307655,65378715,79 48a6307655,40378421,04 49a6308014,92378049,77 50a6308262,37378072,58 1b6308112,56382085,95 3b6307516,01383528,27 4b6307300,94383502,74 5b6307559,78382542,26 6b6307397,45382528,17 7b6307410,32382060,44 1c6308750,04382850,61 2c6309718,14383353,19 3c6309048,40383872,50 5c6308833,40384090,40 4c6308931,48383943,76 6c6307942,46383618,56 7c6307973,73383471,94 2b6308120,10382102,47 6)Respecto del Título II, Capítulo II, Artículo 10°, intercálase al listado denominado “A2. Vías Troncales” a continuación de la descripción “T23 O” la vialidad “T28 O Camino Farellones” como a continuación se señala: “T 28 O Camino Farellones Cruce con Avda. Las Condes Cruce con bifurcación: Camino Los Cóndores y Camino a Valle Nevado 7)En relación al Título III, Artículo 11°: a)Reemplázase en el inciso primero del Artículo 11º, la locución “del área urbana” por “de las áreas urbanas” y la frase “el Plano PRC-LB-2/A” por “los Planos PRC-LB-2/A y PRC-LB-4/CC Vialidad,”. b)Reemplázase en el cuadro “Sistema Vial Intercomunal Principal”, la vialidad troncal T28 O, de acuerdo a lo siguiente: SISTEMA VIAL INTERCOMUNAL (VIALIDAD TRONCAL) CÓDIGO P.R.M.S. NOMBRE VÍA TRAMO ANCHO ENTRE LINEAS OFICIALES OBSERVACIONES CLASIFICAC. OGUC DESDEHASTAEXISTENTEPROPUESTO T28 O M10 O CAMINO FARELLONES AVDA. LAS CONDES FARELLONES VARIABLE ENTRE 15 A 20 25CON ENSANCHETRONCAL c) Reemplázase el título del Cuadro “Sistema Vial Comunal” por “1. Sistema Vial Comunal Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.”. d)Incorpórase a continuación del último cuadro, el nuevo cuadro con el siguiente subtítulo: “2. Sistema Vial Comunal Área Urbana Sector Centro Cordillera”. 2.- SISTEMA VIAL COMUNAL ÁREA URBANA SECTOR CENTRO CORDILLERA CÓDIGO P.R.C.NOMBRE VÍA TRAMO ANCHO ENTRE LINEAS OFICIALES OBSERVACIONES CLASIFICACIÓN OGUC DESDEHASTAEXISTENTEPROPUESTO L32 CAMINO PÚBLICO A VALLE NEVADO RUTA G-251 CAMINO FARELLONES CAMINO IGNACIO DOMEYKO 2020EXISTENTECOLECTORA
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 13 de 42 L32 CAMINO PÚBLICO A VALLE NEVADO RUTA G-251 CAMINO IGNACIO DOMEYKO LIMITE URBANO ORIENTE FARELLONES 2020EXISTENTECOLECTORA L32 CAMINO PÚBLICO A VALLE NEVADO RUTA G-251 LIMITE URBANO PONIENTE VALLE NEVADO LIMITE URBANO ORIENTE VALLE NEVADO 2020EXISTENTECOLECTORA L32 CAMINO PÚBLICO A VALLE NEVADO RUTA G-251 LIMITE URBANO PONIENTE VALLE NEVADO VALLE NEVADO2020EXISTENTECOLECTORA L33 CAMINO IGNACIO DOMEYKO CAMINO VALLE NEVADO GRAN BAJADA---20APERTURACOLECTORA L34 AV. EL COLORADO CAMINO GRAN BAJADA FRANCISCO GUERRERO GARIN ---20APERTURACOLECTORA L34 AV. EL COLORADO FRANCISCO GUERRERO GARIN PASAJE LOS PIUQUENES 2020EXISTENTECOLECTORA L35 AV. LAS BANDURRIAS PASAJE LOS PIUQUENES LÍMITE URBANO FARELLONES (PUNTO 6a ) 1520 ENSANCHE A AMBOS COSTADOS DEL EJE COLECTORA L36 CAMINO LA PARVA LÍMITE URBANO FARELLONES (PUNTO 6a ) CAMINO EL COLORADO 2020EXISTENTECOLECTORA L36 CAMINO LA PARVA CAMINO EL COLORADO EMILLE ALLAIS2020EXISTENTECOLECTORA L37 CAMINO EL COLORADO CAMINO LA PARVAAV. LA PALOMA2020EXISTENTECOLECTORA L38 AV. LA PALOMA CAMINO EL COLORADO 330 MTS. AL NORTE DE CAMINO EL COLORADO VAR. 20 A 24VAR. 20 A 24EXISTENTECOLECTORA L38 AV. LA PALOMAAV. LA PALOMACAMINO EL PLOMO---20APERTURACOLECTORA L39 CAMINO YERBA LOCA CAMINO EL PLOMOCAMINO LA PARVA---20APERTURACOLECTORA L40 ANDRE BOSSONNEY CALLE DOS COTA 2660 M.S.N.M (120 METROS AL ORIENTE DEL LÍMIITE URBANO) 1818EXISTENTECOLECTORA L40 ANDRE BOSSONNEY ANDRE BOSSONNEY CAMINO CINTURA---20APERTURACOLECTORA L40 ANDRE BOSSONNEY CAMINO CINTURA 250 MTS. AL SUR- PONIENTE DEL LIMITE URBANO, PUNTO 17a ---20APERTURACOLECTORA L41 EMILLE ALLAISCALLE DOS 420 MTS AL SUR- PONIENTE DEL LÍMITE URBANO, PTO 22a 1212EXISTENTESERVICIO L42 CALLE DOSEMILLE ALLAISANDRE BOSSONNEY1215 CON ENSANCHE A AMBOS COSTADOS DEL EJE SERVICIO L43 CAMINO EL PLOMO CAMINO EL COLORADO 430 MTS. AL NOR-ORIENTE DE CAMINO EL COLORADO 2020EXISTENTECOLECTORA L43 CAMINO EL PLOMO CAMINO EL PLOMOAV. LA PALOMA---20 APERTURACOLECTORA L44 CAMINO CINTURA CAMINO LA PARVAANDRE BOSSONNEY-20APERTURACOLECTORA L45 CAMINO LOS CÓNDORES CAMINO FARELLONES LOS CANTEROS2020EXISTENTECOLECTORA L45 CAMINO LOS CÓNDORES LOS CANTEROS CAMINO GRAN BAJADA 2020EXISTENTECOLECTORA L46 CAMINO GRAN BAJADA AV. LOS CÓNDORESAV. EL COLORADO---20APERTURACOLECTORA
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 14 de 42 L47 AV. DE LAS ÁGUILAS CAMINO LOS CONDORES 220 MTS. AL ORIENTE DE CAMINO DE LOS CONDORES VAR. 28 A 30VAR. 28 A 30EXISTENTECOLECTORA L47 AV. DE LAS ÁGUILAS AV. DE LAS ÁGUILASLOS CURUROS---20APERTURA COLECTORA L47 AV. DE LAS ÁGUILAS LOS CURUROSIGNACIO DOMEYKO---15APERTURASERVICIO L48 PASO DE TEMPORADA CAMINO EL COLORADO 75 MTS. AL NORTE DEL LÍMITE URBANO, PUNTO 33a VAR. 20 A 30VAR. 20 A 30EXISTENTECOLECTORA L49 AV. LOS GUAYACANES PASAJE HANS VON KIESLING 107 MTS AL NORTE DE EL PASAJE HANS VON KIESLING 1515EXISTENTESERVICIO L49 AV. LOS GUAYACANES 107 MTS AL NORTE DE EL PASAJE HANS VON KIESLING CAMINO LA PARVA-15APERTURASERVICIO L50 CAMINO LA LEONERA CAMINO LA PUNTILLA PASAJE LOS PIUQUENES 1515EXISTENTESERVICIO L51 CAMINO LA PUNTILLA CAMINO LOS CONDORES 160 MTS. AL NORTE DE CAMINO LOS CONDORES 1515EXISTENTESERVICIO L52 LOS PINOS CAMINO LA LEONERA CAMINO DE LOS CONDORES 1515EXISTENTELOCAL L53 AV. LOS CHIRIGÜES LOS PINOS PASAJE LOS PIUQUENES 12 12 EXISTENTELOCAL L53 AV. LOS CHIRIGÜES PASAJE LOS PIUQUENES 50 MTS. AL SUR LÍMITE URBANO (TRAMO 5a Y 6a) 1515EXISTENTELOCAL L54 AV. LOS CANTEROS PASAJE LOS PIUQUENES A 140 MTS. AL NORTE DE PASAJE LOS PIUQUENES 1515EXISTENTELOCAL L55 CAMINO LA CAPILLA CAMINO LOS CONDORES AV. EL COLORADO1515EXISTENTELOCAL L56 FRANCISCO GUERRERO GARIN CAMINO LOS CONDORES AV. EL COLORADO1515EXISTENTELOCAL L57 AV. LOS CURUROS CAMINO LOS CÓNDORES PASAJE LOS ESQUIADORES 1515EXISTENTESERVICIO L57 AV. LOS CURUROS PASAJE DE ESQUIADORES AV. DE LAS ÁGUILAS-15APERTURASERVICIO L58 PLAZOLETA CAMINO DE LOS CONDORES 98 MTS. AL NORTE DE CAMINO LOS CONDORES 2626EXISTENTELOCAL L59 CAMINO CASA PIEDRA CAMINO EL COLORADO 25 MTS. AL NORTE DEL LIMITE URBANO (TRAMO 33a Y 34a) VAR. 12 Y 17VAR. 12 Y 17EXISTENTELOCAL L60 CAMINO LOS MORROS BAYOS CAMINO EL COLORADO 120 MTS AL NOR-ORIENTE DE CAMINO EL COLORADO 1010 EXISTENTELOCAL L61 LAS CHACAYAS CAMINO EL COLORADO 90 MTS. AL SUR- ORIENTE DE CALLE CAMINO EL COLORADO 1212EXISTENTELOCAL L62 ALTA PARVAEMILLE ALLAIS 90 MTS. AL NOR- ORIENTE DE EMILLE ALLAIS 12 Y 1512 Y 15EXISTENTELOCAL L62 ALTA PARVA 90 MTS. AL NOR- ORIENTE DE EMILLE ALLAIS 360 MTS. SUR- ORIENTE DEL LIMITE URBANO, PUNTO 23a 812 CON ENSANCHE A AMBOS COSTADOS DEL EJE LOCAL L63 CAMINO NUEVA LA PARVA CALLE DOS PASAJE LAS LOICASVar. 25 a 40Var. 25 a 40EXISTENTELOCAL L63 CAMINO NUEVA LA PARVA PASAJE LAS LOICAS PASAJE LOS QUELTEHUES 88EXISTENTELOCAL L63 CAMINO NUEVA LA PARVA PASAJE LOS QUELTEHUES 22 MTS AL SUR ORIENTE DEL TRAMO 19a -20a VAR. 8 A 22 VAR. 8 A 22EXISTENTELOCAL
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 15 de 42 L64 PASAJE LAS VIZCACHAS PASAJE LOS ESQUIADORES 90 MTS. AL SURORIENTE DE LOS PUNTOS 4a – 5a 2525EXISTENTEPASAJE L65 PASAJE LOS PIUQUENES AV. EL COLORADO 55 MTS. AL NORTE DE CAMINO LA LEONERA 2020EXISTENTEPASAJE L66 PASAJE LOS CLONQUIS CAMINO LOS CONDORES CAMINO LA CAPILLA 1111EXISTENTEPASAJE L67 PASAJE LOS ESQUIADORES CAMINO LA CAPILLA CAMINO LOS CONDORES 1010EXISTENTEPASAJE L68 PASAJE LOS GUANACOS CAMINO LA CAPILLA 30 MTS. AL NORTE DE CAMINO LA LEONERA 88EXISTENTEPASAJE L69 PASAJE INTERIOR LOS CONDORES 1 CAMINO LOS CONDORES 31 METROS AL SURORIENTE DE TRAMO 4a – 5a. 55EXISTENTEPASAJE L70 PASAJE INTERIOR LOS CONDORES 2 CAMINO LOS CONDORES 36 METROS AL SURORIENTE DE TRAMO 4a – 5a. 44EXISTENTEPASAJE L71 PASAJE PEATONAL EL EMBUDO AV. EL COLORADO LIMITE URBANO, A 200 MTS. SUR- PONIENTE DEL PUNTO 35a 55EXISTENTEPASAJE L72 PASAJE HANS VON KIESLING CAMINO LAS BANDURRIAS 145 MTS AL PONIENTE DEL PUNTO 35a 55EXISTENTEPASAJE L73 PASAJE LAS LOICAS CAMINO NUEVA LA PARVA EMILLE ALLAIS88EXISTENTEPASAJE L74 PASAJE LOS ZORZALES CAMINO NUEVA LA PARVA EMILLE ALLAIS88EXISTENTEPASAJE L74 PASAJE LOS ZORZALES EMILLE ALLAIS 45 MTS. NOR- ORIENTE DE EMILLE ALLAIS 8,508,50EXISTENTEPASAJE L75 PASAJE LOS QUELTEHUES CAMINO NUEVA LA PARVA 300 MTS. AL PONIENTE DEL PUNTO 26a 88EXISTENTEPASAJE L76 PASAJE LAS TÓRTOLAS PASAJE LOS QUELTEHUES 22 MTS. AL SURORIENTE DEL LÍMITE URBANO EN EL TRAMO 19a – 20a 55EXISTENTEPASAJE L77 PASAJE LAS CODORNICES PASAJE LAS TÓRTOLAS EMILLE ALLAIS55EXISTENTEPASAJE L78 PASAJE LAS GOLONDRINAS EMILLE ALLAIS 65 MTS. AL NOR- ORIENTE DE EMILLE ALLAIS 88EXISTENTEPASAJE L79 PASAJE LAS PERDICES EMILLE ALLAIS 85 MTS AL SURORIENTE DEL TRAMO 19a -20a 55EXISTENTEPASAJE L80 PASAJE EL CORDILLERANO 173 MTS AL SUR PONIENTE DEL PUNTO 20a 148 MTS AL SURORIENTE DEL PUNTO 20a 55EXISTENTEPASAJE L81 PASAJE LOS HALCONES 78 MTS AL SUR PONIENTE DEL PUNTO 20a 76 MTS AL SUR PONIENTE DEL PUNTO 20a 55EXISTENTEPASAJE L82 PASAJE PASEO DE TEMPORADA AV. LA PALOMACAMINO EL PLOMO1818EXISTENTE PASAJE L 83 PASAJE LAS AÑAÑUCAS LIMITE URBANO CAMINO EL PLOMO1515EXISTENTEPASAJE 8) En relación al Título IV, Estacionamientos, modifícase el Artículo 20° de acuerdo a lo siguiente: a) Incorpórase previo a los cuadros de exigencia de estacionamientos el siguiente subtítulo: “CUADRO DE ESTACIONAMIENTOS ÁREA URBANA BAJO COTA 1.000 m.s.n.m.”. b) Incorpórase al término del artículo el siguiente nuevo cuadro con el subtítulo “CUADRO DE ESTACIONAMIENTOS ÁREA URBANA SECTOR CENTRO CORDILLERA”.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 16 de 42 CUADRO DE ESTACIONAMIENTOS ÁREA URBANA SECTOR CENTRO CORDILLERA DESTINOSESTÁNDAR MÍNIMO ESTACIONAMIENTOS 1.- RESIDENCIAL (a) Vivienda De 0 a 50 m2 De más de 50 a 100 m2 De más de 100 a 140 m2 Sobre 140 m2 0,5 por vivienda 1 por vivienda 1,5 por vivienda 2 por vivienda Edificaciones destinados al alojamiento, tales como Hotel, apart-hotel, residenciales, moteles, hostales, cabañas, refugios y similares. (estac./ cama) 1 / 4 cama 2.- EQUIPAMIENTO Científico Centro Científico y/o Tecnológico 1 / 80 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 estac. Comercio (b) Supermercados, mercados, grandes tiendas, centros comerciales, local comercial, agrupaciones comerciales: • Hasta 500 m 2 totales edificados • Mayor a 500 m 2 totales edificados 1 / 30 m 2 de la superficie útil, mínimo 3 estac. 1 / 25 m 2 de sup. útil Materiales de construcción, ferias 1 / 100 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 estac. Venta de automóviles y maquinarias 1 / 100 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 estac Estaciones o Centro de servicio automotriz 1 / 80 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 estac. Venta de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos 1 / 80 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 Restaurantes, salón de té, cafeterías 1 / 10 m 2 de sup. útil, mínimo 3 estac. Bares, fuentes de soda, discotecas 1 / 10 m 2 de sup. útil, mínimo 3 estac. Culto y Cultura (b) Centros religiosos 1 / 100 m 2 de sup. útil, mínimo 3 estac. Centros culturales 1 / 60 m 2 de sup. útil, mínimo 3 estac. Cines, teatros, auditorios 1 / 10 asientos o butacas Galerías de Arte1/ 25 m 2 de sup. útil Centro de convenciones y eventos 1/ 25 m 2 de sup. útil Museos 1/ 25 m 2 de sup. útil Biblioteca 1 / 60 m 2 mínimo 3 estac. Deportivo Gimnasio, centros deportivos 1 cada 40 m 2 de sup. útil, mínimo 3 Graderías 1 cada 12 espectadores Canchas tenis, bowling o similar 1 / cancha Multicanchas y otras similares 2 / cancha Canchas de fútbol, rugby o similar 4 / cancha Piscinas 1 / 6 m 2 de sup. de piscina Canchas de esquí o similares 1 / 100 m 2 de sup. de cancha, mínimo 3 Esparcimiento y Turismo (b) Entretenciones al aire libre, zonas de picnic 1 / 100 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 Parques de entretenciones, zoológicos1 / 100 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 Casino, juegos electrónicos 1 / 100 m 2 de sup. útil. Educación (a) (c) Enseñanza especial, técnica o superior 1 cada 10 alumnos Enseñanza básica y media. 1 cada 15 alumnos Enseñanza pre básica 1 cada 30 alumnos Salud (a) (b) Unidades de hospitalización 1,2 por cama Unidades de tratamiento 1 cada 30 m 2 de sup. útil Consultas médicas (solo b) 1 cada 30 m 2 de sup. útil
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 17 de 42 Seguridad Unidades policiales, cuarteles de bomberos 1 / 30 m 2 de sup. útil, mínimo 3 estac. Servicios (a) Oficinas o agrupaciones de oficinas 1 / 30 m 2 de sup. útil, mínimo 3 estac. Talleres artesanales inofensivos 1 / 30m 2 de sup. útil, mínimo 3 estac. Talleres de reparación de vehículos y garajes 1 / 150 m 2 de sup. de recinto, mínimo 3 Social Actividades comunitarias, sedes juntas de vecinos, clubes sociales, locales comunitarios y similares 1 / 100 m 2 de sup. útil 3.- INFRAESTRUCTURA Terminal rodoviario3 / anden 4.- ESPACIO PÚBLICO Y ÁREAS VERDES Parques 1 / 500 m 2 sup. de área parque Plazas y áreas libres destinadas a áreas verdes 1 / 500 m 2 sup. de plaza o área verde NOTAS: (a) Se exigirá un 15% adicional de estacionamientos para uso visitas. (b) Adicionalmente se consultarán los estacionamientos de 30 m 2 destinados a buses, camiones de carga y descarga u otros similares, según los siguientes tramos de superficie útil: - Hasta 1.000 m 2 de sup. útil 1 estac. de 30 m 2 . - De 1.000 a 3.000 m 2 de sup. útil 2 estac. de 30 m 2 c/u. - De 3.000 a 6.000 m 2 de sup. útil 3 estac. de 30 m 2 c/u. - De 6.000 a 12.000 m 2 de sup. útil 4 estac. de 30 m 2 c/u. - Más de 12.000 m 2 de sup. útil 5 estac. de 30 m 2 c/u. (c) Adicionalmente se consultarán los estacionamientos para transporte escolar 1/100 alumnos. 9) En el Título V, correspondiente a las “Áreas Verdes”, incorpórese a continuación del “Capítulo II” el siguiente nuevo “Capítulo III Sistema Comunal de Áreas Verdes Sector Centro Cordillera” junto con el nuevo Artículo 24º bis: “CAPÍTULO III SISTEMA COMUNAL DE ÁREAS VERDES SECTOR CENTRO CORDILLERA” “Artículo 24º bis. Sobre autorizaciones de edificaciones en áreas verdes graficadas en el plano PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción se deberá considerar lo siguiente: 1. ÁREA VERDE AV1 Corresponde a las áreas verdes públicas existentes que son Bien Nacional de Uso Público y que conforman el sistema comunal de áreas verdes del Sector Centro Cordillera, las cuales se encuentran graficadas en el Plano PRC-LB-03/CC Zonificación y Restricción. 2. ÁREA VERDE AV2 Corresponde a las áreas verdes que no son Bien Nacional de Uso Público y que conforman el sistema comunal de áreas verdes del Sector Centro Cordillera, las cuales se encuentran graficadas en el Plano PRC-LB-03/CC Zonificación y Restricción.”. 10) Modifícase el Título VI en relación a lo siguiente: a) Reemplázase el Título VI “ÁREAS DE RESTRICCIÓN” por el siguiente: “TÍTULO VI ÁREAS RESTRINGIDAS AL DESARROLLO URBANO Y ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR NATURAL” b) Posterior a la frase del Título VI, incorpórase el nuevo subtítulo y el siguiente nuevo Artículo 24° ter antes del Artículo 25, como se indica:
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 18 de 42 “1. ÁREAS DE RIESGO” “Artículo 24° ter. Áreas de Riesgo Área Urbana Sector Centro Cordillera Las áreas de riesgo corresponden a aquellos territorios en los cuales se limitó el desarrollo de construcciones y usos por razones de seguridad contra desastres naturales u otros semejantes, que requieran para su utilización la incorporación de acciones y/u obras de ingeniería, suficientes para subsanar o mitigar sus efectos. Las áreas de riesgo corresponden a las graficadas en el plano PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción, las que según sus características son las siguientes: a) Área AR1: Área de Riesgo, área inundable o potencialmente inundable. Se consideran en esta categoría los cauces pertenecientes a la hoya hidrográfica de los ríos, esteros y quebradas y las áreas ribereñas que son ocupadas cuando ocurren fenómenos de avenidas o crecidas. Se reconocen como áreas inundables o potencialmente inundables, debido a la proximidad de quebradas, cursos de agua no canalizados, anegamientos por humedales y vegas. Estas áreas de riesgo se encuentran graficadas en el Plano PRC-LB-03/CC Zonificación y Restricción, Láminas N° 2 a la N° 8. Dentro del Área AR1 se encuentran las áreas de inundación por proximidad de quebradas, asociadas a 11 quebradas principales, que se detallan a continuación: QuebradaDescripción Ancho Total Faja Mínima de Restricción Ancho Total Faja Mínima de Restricción medido a cada lado del eje Lámina Plano de Zonificación y Restricción PRC-LB-3/CC Quebrada 1 Las Quebradas 1 y Quebrada 2 corresponden a las sub-quebradas de la Quebrada Honda 20 metros10 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 7 de 8 Lámina N° 8 de 8 Quebrada 2 20 metros 10 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 7 de 8 Lámina N° 8 de 8 Quebrada 3 Las Quebradas 3 y Quebrada 4 corresponden a las quebradas tributarias de la Quebrada Las Masas 15 metros7,5 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 6 de 8 Quebrada 4 15 metros 7,5 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 6 de 8 Quebrada 5 Quebrada Las Masas30 metros Variable según Plano PRC-LB-3/CC Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 3 de 8 Lámina N° 6 de 8 Quebrada 6 Quebrada localizada en el Camino a Valle Nevado entre las coordenadas 6308504,688 metros Norte - 378183,032 metros Este; y 6307934,742 metros Norte -378262,985 metros Este. 7 metros Variable según Plano PRC-LB-3/CC Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 3 de 8 Lámina N° 6 de 8 Quebrada 7 Quebrada afluente del Estero Manzanito o Barros Negros, ubicada entre las coordenadas 6309284,107 metros Norte-379298,755 metros Este y 6309799,498 metros Norte-379055,161 metros Este 20 metros10 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 5 de 8 Quebrada 8 Quebrada afluente del Estero Manzanito o Barros Negros, ubicada entre las coordenadas 6310041,316 metros Norte-380131,637 metros Este y 6310218,162 metros Norte-379503,008 metros Este 15 metros7,5 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 5 de 8 Quebrada 9 Quebrada Las Vegas15 metros7, 5 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 4 de 8 Lámina N° 5 de 8
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 19 de 42 Quebrada 10 Quebrada tributaria del Estero Manzanito o Barros Negros, ubicada al sur de la Vega Las Vacas entre las coordenadas 6311188,881 metros Norte-379577,612 metros Este y 6311109,559 metros Norte-379367,138 metros Este 7 metros3,5 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 4 de 8 Quebrada 11 Quebrada tributaria del Estero Manzanito o Barros Negros, ubicada al norte de la Vega Las Vacas entre las coordenadas 6311324,983 metros Norte-379517,713 metros Este y 6311127,737 metros Norte-379307,821 metros Este 7 metros3,5 metros Lámina N° 2 de 8 Lámina N° 4 de 8 Los proyectos a emplazar en predios o parte de ellos, que estén afectados por el área de riesgo Área AR1, podrán acceder a las normas urbanísticas de la o las zonas que les sean aplicables de acuerdo a lo graficado en el Plano PRC-LB-03/CC Zonificación y Restricción, siempre y cuando presenten a la solicitud de permiso de edificación un estudio fundado suscrito por el profesional especialista y aprobado por el organismo competente, que determine las acciones que deberán ejecutarse para la utilización del predio o parte de éste, conforme a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. b) Área AR2: Área de Riesgo, áreas propensas a avalanchas, rodados, aluviones o erosiones acentuadas. Corresponden a las áreas de riesgo asociadas a la ocurrencia de las remociones en masa de avalanchas de nieve, caída de bloques, flujo de barro y detritos, deslizamientos y retroceso de laderas. Estas áreas de riesgo se encuentran graficadas en el Plano PRC-LB-03/CC Zonificación y Restricción, Láminas N° 2 a la N° 8. Los proyectos a emplazar en predios o parte de ellos, que estén afectados por el área de riesgo Área AR2, podrán acceder a las normas urbanísticas de la o las zonas que les sean aplicables de acuerdo a lo graficado en el Plano PRC-LB-03/CC Zonificación y Restricción, siempre y cuando presenten a la solicitud de permiso de edificación un estudio fundado suscrito por el profesional especialista y aprobado por el organismo competente, que determine las acciones que deberán ejecutarse para la utilización del predio o parte de éste, conforme a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 11) En relación al Artículo 25°, reemplázase la frase “Las Áreas de Restricción” por el término “Las Áreas de Riesgo”. 12) En el inicio del Artículo 27º reemplázase la frase: “El ancho de la faja de restricción a ambos costados del cauce deberá ser aprobada por la Dirección General de Aguas del MOP,” por “El ancho de la faja de restricción por riesgo de inundación hacia ambos costados de los cauces establecidos en el Artículo 8.2.1.1 del PRMS, deberá ser aprobada por la Dirección respectiva del Ministerio de Obras Públicas,”. 13) En relación al Artículo 28°, incorpórase al inicio del inciso primero, la frase “En el Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.,”. 14) Posterior al Artículo 28° y dentro del mismo Título VI, incorpórase el segundo nuevo subtítulo y a continuación el siguiente nuevo Artículo 28° bis, como sigue: “2. ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR NATURAL” “Artículo 28° bis. Áreas de Protección de Recursos de Valor Natural dentro del Área Urbana Sector Centro Cordillera. Las áreas de protección de recursos de valor natural corresponden a los sectores o elementos naturales protegidos por el ordenamiento jurídico vigente.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 20 de 42 De acuerdo al Decreto N° 937 del Ministerio de Educación, de fecha 24.07.1973, publicado en D.O. 28.08.1973, establecido al amparo de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales, la totalidad del Área Urbana Sector Centro Cordillera está inserta en territorio declarado Santuario de la Naturaleza, Fundo Yerba Loca, mediante. En razón a lo anterior, no se podrá autorizar proyectos en toda el Área Urbana Sector Centro Cordillera, sin dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y normas relacionadas, y a la Ley N° 19.300 sobre Bases de Medio Ambiente y su Reglamento, según corresponda. Las normas urbanísticas aplicables a los proyectos, corresponden a las definidas para el Área Urbana Sector Centro Cordillera, en la presente Ordenanza Local y conforme a lo graficado en los Planos: PRC-LB-03/CC Zonificación y Restricción y PRC-LB-04/CC Vialidad. 15) En relación al Título VII, modifícase el Artículo 29º, incorporándose al inicio del inciso primero, la frase “En el Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.,”. 16) Respecto del Artículo 30° del Título VII, incorpórase al inicio del inciso primero, la frase “En el Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.,”. 17) En relación al Artículo 31° del Título VII, modifíquese de acuerdo a lo siguiente: a) Incorpórase al inicio del inciso primero, la frase “En el Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.,”. b) Incorpórase un segundo inciso, bajo el inciso primero: “En el Área Urbana Sector Centro Cordillera, los antejardines mínimos establecidos corresponderán a los definidos para cada zona, conforme al Artículo 55° de la presente Ordenanza.” 18) Con respecto al Título VIII, Capítulo II, incorpórase al inicio del inciso primero del Artículo 46º, la frase “En el Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.,”. 19) Incorpórase en el Título VIII, Capítulo II, el siguiente nuevo Artículo 46º bis, a continuación del Artículo 46º: “Artículo 46º bis. En el Área Urbana Sector Centro Cordillera, los terminales de transporte terrestre se podrán localizar en las zonas donde el uso de suelo expresamente lo permita, conforme al artículo 55° de la presente ordenanza.”. 20) En relación al Título VIII, Capítulo V, incorpórase al inicio del inciso primero del Artículo 53°, la frase “En el Área Urbana Bajo Cota 1.000 m.s.n.m.,”. 21) En lo que respecta al Título IX, Párrafo 1° Zonificación, modifícase el Artículo 54° de acuerdo a lo siguiente: a) Reemplázase en el inciso primero la frase “el área urbana” por “las áreas urbanas”. b) Reemplázase al final del inciso primero la locución “el Plano PRC-LB-1” por la frase “los Planos PRC-LB-1 y PRC-LB-3/CC Zonificación y Restricción.”. c) Incorpórase a continuación de la Zona O “Parque Praguer”, el cuadro con las siguientes nuevas zonas: Sector o Localidad Zona 1 Farellones PA1 “Pueblo de Farellones” PA2 “Nuevo Farellones” PB1 “Equipamiento 1 Farellones” PB2 “Boulevard Farellones” PB3 “Parque Nieve Farellones PC1 “Cancha de Esquí El Embudo Farellones”
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 21 de 42 2 La Parva QA1 “La Parva Alta” QA2 “La Parva Baja” QA3 “Nueva La Parva” QB1 “Equipamiento 1 La Parva” QC1 “Canchas de Esquí La Parva” 3 El Colorado RA1 “Nuevo El Colorado” RA2 “Boulevard La Paloma, El Colorado” 4 Valle Nevado SA1 “Valle Nevado 1” SB1 “Equipamiento 1 Valle Nevado” SB2 “Equipamiento 2 Valle Nevado” SC1 “Canchas de Esquí Valle Nevado” 5 Interlocalidades TB1 “Equipamiento Deportivo de Montaña 1” TB2 “Equipamiento Deportivo de Montaña 2” TC1 “Canchas de Esquí Manantiales” 6 Zonas Especiales ZE1 “Zona Especial 1, Vegas” ZE2 “Zona Especial 2, Quebradas” ZE3 “Zona Especial 3, Ecosistema de Montaña” 22) En lo que respecta al Título IX, Párrafo 2° Usos de Suelo y Normas Específicas, modifícase el Artículo 55° de acuerdo a lo siguiente: a) Reemplázase en el inciso segundo el término “restricciones” por “condiciones”. b) Reemplázase el subtítulo “Restricciones, Condiciones y Notas”, por el nuevo subtítulo “Condiciones y Notas”. c) Incorpórase a continuación de las normas urbanísticas de la Zona O “Parque Praguer”, las disposiciones de las nuevas Zonas del área urbana del Sector Centro Cordillera, de acuerdo a los siguientes subtítulos y cuadros: 1.- SECTOR CENTRO CORDILLERA LOCALIDADES “FARELLONES” ZONA PA1 “PUEBLO DE FARELLONES” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Locales Comerciales Restaurantes Salón de Té / Cafetería Culto y CulturaTemplos, Santuarios, Mezquitas y Sinagogas. SeguridadUnidad Policial Servicios Oficinas en General Servicios Profesionales Servicios Artesanales Educación Técnica Superior Institutos Universidades Científico Centro Científico y/o Tecnológico
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 22 de 42 Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Deporte, Esparcimiento, Salud y Social. °Comercio: Centros comerciales abiertos y cerrados, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Servicio: Centro Médico o dental, bancos. °Educación pre básica, básica y media. °Culto y Cultura: Catedrales, cines, teatros, galerías, centros culturales, museos, salas de concierto y espectáculos. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima600 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,45 Coeficiente de constructibilidad1 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima2 pisos y 7,5 mts Densidad bruta máxima145 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA PA2 “NUEVO FARELLONES” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios EquipamientoComercio Locales Comerciales Restaurantes Salón de Té / Cafetería Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: Centros comerciales abiertos y cerrados, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 23 de 42 • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima1700 m² Antejardín5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,45 Coeficiente de constructibilidad1,2 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima4 pisos y 14mts Densidad bruta máxima240 hab/ha DistanciamientoOGUC RasanteOGUC AdosamientosOGUC ZONA PB1 “EQUIPAMIENTO 1 FARELLONES” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Hospederías Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Locales Comerciales Ferias Restaurantes Fuentes de Soda Salón de Té / Cafetería Locales de Venta de Combustible Líquidos Estación de Servicio Automotor Culto y Cultura Museos Centro Cultural Biblioteca Galerías de Arte, Salas de Exposición Templos, Santuarios, Mezquitas y Sinagogas SeguridadUnidades Policiales Servicios Oficinas en General Servicios Profesionales Servicios Artesanales SocialSede Social y Vecinal Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Deporte, Educación, Esparcimiento y Salud. °Comercio: discotecas, bares, supermercados, mercados y ferias. °Culto y Cultura: Salas de concierto y espectáculos, cines, auditorios, catedrales
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 24 de 42 • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima600 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,45 Coeficiente de constructibilidad1,8 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima3 pisos y 10,5 mts Densidad bruta máxima145 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA PB2 “BOULEVARD FARELLONES” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Hospederías Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Centros Comerciales Locales Comerciales Restaurantes Bares Fuentes de Soda Salón de Té /Cafetería Culto y Cultura Galerías de Arte, Salas de Exposición Auditorios Centro de Convenciones Biblioteca Deporte Canchas de Esquí Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña Centros Deportivos Piscinas Gimnasios Escuela Deportiva Educación Educación Media Educación Básica Educación Técnica / Superior Educación Pre-Básica Salud Clínicas Postas SeguridadUnidades Policiales
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 25 de 42 Servicios Oficinas en General Servicios Profesionales Servicios Artesanales Bancos Centros de Pago Lavanderías Peluquerías / Centros de Belleza Servicios Públicos en general SocialJuntas de Vecinos Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde b) Usos de Suelo Prohibidos •Actividades Productivas. •Equipamiento Clase Comercio: supermercados, discotecas y estaciones o centros de servicio automotor. •Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima600 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,45 Coeficiente de constructibilidad1,8 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima3 pisos y 10,50 mts Densidad bruta máxima160 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC c)Incentivos: En esta zona se permitirá aumentar la constructibilidad a 2,40, la altura máxima a 14,00 mts. y 4 pisos e incrementar la densidad bruta máxima en un 50%, siempre y cuando se utilice el 40% del área no construida en primer piso, para el desarrollo de patios, plazas, corredores y pasos peatonales, para el uso público, cuya materialización y ejecución de las obras deberá ser de responsabilidad del propietario, presentando el proyecto definitivo para su aprobación en la Dirección de Obras. Dichas áreas de libre tránsito se conectarán con el espacio público adyacente existente, y los usos de suelo propuestos en primer piso deberán corresponder preferentemente al uso de equipamiento. ZONA PB3 “PARQUE NIEVE FARELLONES” CONDICIONES DE USO DE SUELO a)Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Hospederías Residenciales Refugios
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 26 de 42 Equipamiento Comercio Centros Comerciales Locales comerciales Supermercados Ferias Restaurantes Bares Fuentes de Soda Salón de Té / cafetería Discotecas Locales de venta de combustible líquidos Centro se Servicio Automotor Culto y Cultura Galerías de Arte, salas de exposición Auditorios Templos, Santuarios, Mezquitas y Sinagogas. Deporte Cancha de Esquí Actividades deportivas asociadas a la nieve y montaña. Escuela Deportiva. EsparcimientoParque de entretenciones asociados a la nieve y la montaña. Salud Clínicas. Postas. Servicios Oficinas en general Centros médicos Centros dentales Notarías Instituciones da Salud Previsional Administración de Fondos de Pensiones Compañías de Seguro Correos Bancos Peluquería / Centros de belleza Lavandería Servicios Artesanales Servicios Públicos en General Actividades Productivas Actividades ProductivasTalleres Infraestructura TransporteTerminales de Transporte Terrestre. Sanitaria Centro de Acopio Exclusivo de materiales reciclables domiciliarios. Espacio Público Sistema VialSistema Vial. Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas: Industrias, bodegas y grandes depósitos. • Equipamiento Clase Científico y Educación. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. • Infraestructura: Plantas de captación, distribución o tratamiento de agua potable y/o aguas servidas.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 27 de 42 CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima2.000 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de constructibilidad2,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima4 pisos y 14mts Densidad bruta máxima450 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA PC1 “CANCHA DE ESQUÍ EL EMBUDO FARELLONES” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Equipamiento Deporte Actividad asociada a Canchas de Esquí. Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña. Escuela Deportiva EsparcimientoActividades y/o Parques recreativos asociadas a la nieve y montaña. Espacio PúblicoSistema VialSistema Vial. Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial. • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Comercio, Culto y Cultura, Educación, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Deporte: Estadio, gimnasios, piscinas. °Esparcimiento: juegos electrónicos o mecánicos y casinos. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,05 Coeficiente de constructibilidad0,1 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima2 pisos y 10,5 mts Densidad bruta máxima- Distanciamiento10 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 28 de 42 “LA PARVA” ZONA QA1 “LA PARVA ALTA” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios EquipamientoComercio Locales Comerciales Restaurantes Salón de Té / cafetería. Espacio Público Sistema VialSistema Vial. Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: Centros comerciales abiertos y cerrados, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima700 m² Antejardín 2 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,60 Coeficiente de constructibilidad2,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima4 pisos y 14 mts Densidad bruta máxima210 hab/ha DistanciamientoOGUC RasanteOGUC AdosamientosOGUC ZONA QA2 “LA PARVA BAJA” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios EquipamientoComercio Locales Comerciales Restaurantes Salón de Té / Cafetería
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 29 de 42 Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: Centros comerciales abiertos y cerrados, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima700 m² Antejardín 4 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,60 Coeficiente de constructibilidad2,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima6 pisos y 21 mts Densidad bruta máxima340 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA QA3 “NUEVA LA PARVA” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios EquipamientoComercio Locales Comerciales Restaurantes Salón de Té / Cafetería. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: Centros comerciales abiertos y cerrados, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 30 de 42 CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima700 m² Antejardín 4 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,60 Coeficiente de constructibilidad2,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima6 pisos y 21 mts Densidad bruta máxima500 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA QB1 “EQUIPAMIENTO 1 LA PARVA” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Hospederías Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Centros Comerciales Locales Comerciales Restaurantes Bares Fuentes de Soda Salón de Té / Cafetería Discotecas Locales de Venta de Combustible Líquidos Centro de Servicio Automotor. Culto y Cultura Galerías de Arte, Salas de Exposición. Auditorios Templos, Santuarios, Mezquitas y Sinagogas. Deporte Cancha de Esquí Centro Deportivo Piscinas Gimnasios Escuela Deportiva EsparcimientoParque de Entretenciones asociados a la nieve y la montaña. Salud Clínicas Postas SeguridadUnidades Policiales Servicios Oficinas en General Centros Médicos Centros Dentales Notarías Instituciones da Salud Previsional Administración de Fondos de Pensiones. Compañías de Seguro Correos Bancos Centros de Pago
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 31 de 42 Peluquería / Centros de belleza Lavandería Servicios Artesanales Servicios Públicos en General. Actividades Productivas Actividades ProductivasTalleres Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas: Industrias, bodegas y grandes depósitos. • Equipamiento Clase Científico y Educación. °Comercio: Supermercados, mercados y ferias. °Culto y Cultura: Salas de concierto y espectáculos, cines, auditorios, catedrales. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima600 m² Antejardín 4 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,6 Coeficiente de constructibilidad1,2 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima7 pisos y 24 mts Densidad bruta máxima500 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA QC1 “CANCHAS DE ESQUÍ LA PARVA” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Equipamiento Comercio Restaurantes Salón de Té / Cafetería Deporte Actividades asociadas a Canchas de Esquí. Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña. Escuela Deportiva Esparcimiento Actividades y/o Parques recreativos asociadas a la nieve y montaña. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial. • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Educación, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: Locales comerciales, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Deporte: Estadios, gimnasios y piscinas. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos y casinos. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 32 de 42 CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,05 Coeficiente de constructibilidad0,1 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima2 pisos y 10,50 mts Densidad bruta máxima- Distanciamiento10 mts RasanteOGUC AdosamientosNo se permiten “EL COLORADO” ZONA RA1 “NUEVO EL COLORADO” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Restaurantes Salón de Té / Cafetería Culto y Cultura Templos, Santuarios, Mezquitas y Sinagogas. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: centros comerciales abiertos y cerrados, locales comerciales, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Culto y Cultura: Catedrales, cines, teatros, galerías, centros culturales, museos, salas de concierto o espectáculos. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima1700 m² Antejardín 3 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,4 Coeficiente de constructibilidad1,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima4 pisos y 14 mts Densidad bruta máxima240 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 33 de 42 ZONA RA2 “BOULEVARD LA PALOMA, EL COLORADO” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Hospederías Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Centros Comerciales Locales Comerciales Restaurantes Bares Fuentes de Soda Salón de Té /Cafetería Culto y Cultura Galerías de Arte, Salas de Exposición Auditorios Centro de Convenciones Biblioteca Museo Cines Sala de conciertos o espectáculos Deporte Canchas de Esquí Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña Escuela Deportiva Centros Deportivos Piscinas Gimnasios Salud Clínicas Postas SeguridadUnidades Policiales Servicios Oficinas en General Servicios Profesionales Servicios Artesanales Bancos Centros de Pago Lavanderías Peluquerías / Centros de Belleza. Servicios Públicos en General. SocialJuntas de Vecinos Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase Educación. °Comercio: supermercados, mercados ferias, y estaciones o centros de servicio automotor. °Culto y Cultura: Catedrales. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 34 de 42 CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima1500 m² Antejardín 3 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,6 Coeficiente de constructibilidad2,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima6 pisos y 21 mts Densidad bruta máxima350 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC “VALLE NEVADO” ZONA SA1 “VALLE NEVADO 1” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Centros Comerciales Locales Comerciales Restaurantes Bares Salón de Té / Cafetería Culto y Cultura Galerías de Arte y/o Salas de Exposición. Auditorios Centros de Convenciones. Cines Salas de conciertos o espectáculos. Templos, Santuarios, Mezquitas y Sinagogas. Deporte Centros Deportivos Gimnasios Piscinas Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Educación, Salud, Esparcimiento, Servicios y Social. °Comercio: discotecas, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Culto y cultura: catedrales. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 35 de 42 CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima2000 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,6 Coeficiente de constructibilidad2,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima8 pisos y 28 mts Densidad bruta máxima350 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA SB1 “EQUIPAMIENTO 1 VALLE NEVADO” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Hospederías Residenciales Refugios Equipamiento Comercio Centros Comerciales Locales Comerciales Restaurantes Bares Fuentes de Soda Salón de Té / Cafetería Discotecas Locales de Venta de Combustible Líquidos. Centro de Servicio Automotor. Culto y Cultura Galerías de Arte, Salas de Exposición. Auditorios Templos, Santuarios, Mezquitas y Sinagogas. Salas de concierto, espectáculos, cines. Deporte Cancha de Esquí Escuela Deportiva Centro Deportivo Piscinas Gimnasios Esparcimiento Parque de entretenciones asociados a la nieve y la montaña. SaludPostas SeguridadUnidades Policiales Servicios Oficinas en General Centros Médicos Centros Dentales Notarías Instituciones da Salud Previsional. Administración de Fondos de Pensiones. Compañías de Seguro Correos Bancos
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 36 de 42 Centros de Pago Peluquería / Centros de Belleza. Lavandería Servicios Artesanales Servicios Públicos en General. Actividades Productivas Actividades ProductivasTalleres InfraestructuraTransporteTerminales de Transporte Terrestre. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas: Industrias, bodegas y grandes depósitos. • Equipamiento Clase Científico y Educación. °Comercio: Supermercados, mercados y ferias. °Culto y Cultura: Catedrales. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. °Salud: Hospitales, clínicas, policlínico, consultorios. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima1700 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,6 Coeficiente de constructibilidad2,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima3 pisos y 10,5 mts Densidad bruta máxima190 hab/ha DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA SB2 “EQUIPAMIENTO 2 VALLE NEVADO” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Equipamiento Comercio Centros Comerciales Locales Comerciales Restaurantes Bares Salón de Té / Cafetería SaludPostas SeguridadUnidades Policiales Servicios Oficinas en General Centros Médicos Centros Dentales Correos Bancos Lavanderías Centros de Belleza / Peluquería Lavanderías Servicios Artesanales Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 37 de 42 b) Usos de Suelo Prohibidos • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento y Social. °Salud: Hospitales, clínicas, policlínico, consultorios. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima600 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,6 Coeficiente de constructibilidad1,2 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima5 pisos y 17,5 mts Densidad bruta máxima- DistanciamientoOGUC Rasante OGUC AdosamientosOGUC ZONA SC1 “CANCHAS DE ESQUÍ VALLE NEVADO” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Equipamiento Comercio Restaurantes Salón de Té / Cafetería Deporte Actividades asociadas a Canchas de Esquí Escuela Deportiva Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña. Esparcimiento Actividades y/o Parques recreativos asociadas a la nieve y montaña. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial. • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Educación, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: Locales comerciales, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Deporte: Estadios, gimnasios y piscinas. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 38 de 42 CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,05 Coeficiente de constructibilidad0,1 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima2 pisos y 7 mts Densidad bruta máxima- Distanciamiento10 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten 2.- INTERLOCALIDADES CENTRO CORDILLERA ZONA TB1 “EQUIPAMIENTO DEPORTIVO DE MONTAÑA 1” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Residencial ViviendaViviendas Hospedaje Hoteles Residenciales Refugios Equipamiento CientíficoCentros Científicos y/o Tecnológicos. Comercio Locales Comerciales Restaurantes Salón de Té / Cafetería EsparcimientoParque de Entretenciones asociados a la nieve y la montaña. Deporte Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña. Escuela Deportiva Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial: moteles. • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase Educación. °Comercio: Discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICAS PERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts. Coeficiente de ocupación de suelo0,2 Coeficiente de constructibilidad0,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima2 pisos y 10,50 mts Densidad bruta máxima60 hab/ha
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 39 de 42 Distanciamiento3 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten ZONA TB2 “EQUIPAMIENTO DEPORTIVO DE MONTAÑA 2” CONDICIONES DE USO DE SUELO c) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Equipamiento CientíficoCentros Científicos y/o Tecnológicos Comercio Locales Comerciales Restaurantes Salón de Té / Cafetería EsparcimientoParque de Entretenciones asociados a la nieve y la montaña. Deporte Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña. Escuela Deportiva Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. d) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Culto y Cultura, Educación, Salud, Seguridad, servicios y Social. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. °Deporte: Estadios, gimnasios y piscinas. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts. Coeficiente de ocupación de suelo0,2 Coeficiente de constructibilidad0,4 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima2 pisos y 10,50 mts Densidad bruta máxima----- Distanciamiento3 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten ZONA TC1 “CANCHAS DE ESQUÍ MANANTIALES” CONDICIONES DE USO DE SUELO c) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD Equipamiento Comercio Restaurantes Salón de Té / Cafetería Deporte Actividades asociadas a Canchas de Esquí. Actividades Deportivas asociadas a la nieve y montaña. Escuela Deportiva Esparcimiento Actividades y/o Parques recreativos asociadas a la nieve y montaña.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 40 de 42 Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. c) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial. • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Científico, Culto y Cultura, Educación, Salud, Seguridad, Servicios y Social. °Comercio: Locales comerciales, discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Deporte: Estadios, gimnasios y piscinas. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts Coeficiente de ocupación de suelo0,05 Coeficiente de constructibilidad0,1 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima2 pisos y 10,50 mts Densidad bruta máxima- Distanciamiento10 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten ZONAS ESPECIALES ZONA ZE1 “ZONA ESPECIAL 1, VEGAS” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD EquipamientoCientífico Equipamiento Científico de apoyo a actividades al aire libre relacionadas con el estudio, conservación y preservación de los humedales Altoandinos. Estaciones de Medición y Monitoreo. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial • Equipamiento, salvo clase científico • Actividades Productivas. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 41 de 42 CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts. Coeficiente de ocupación de suelo0,001 Coeficiente de constructibilidad0,001 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima1 piso y 3,5 mts Densidad bruta máxima- Distanciamiento10 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten ZONA ZE2 “ZONA ESPECIAL 2, QUEBRADAS” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD EquipamientoCientífico Equipamiento Científico de apoyo a actividades al aire libre relacionadas con el estudio, conservación y preservación de los humedales Altoandinos. Estaciones de Medición y Monitoreo. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes. Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial • Equipamiento, salvo clase científico • Actividades Productivas. • Infraestructura, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts. Coeficiente de ocupación de suelo0,001 Coeficiente de constructibilidad0,001 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima1 piso y 3,5 mts Densidad bruta máxima- Distanciamiento10 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten ZONA ZE3 “ZONA ESPECIAL 3, ECOSISTEMA DE MONTAÑA” CONDICIONES DE USO DE SUELO a) Usos de Suelo Permitidos TIPO DE USOTIPO / CLASETIPO / ACTIVIDAD EquipamientoCientífico Equipamiento Científico de apoyo a actividades al aire libre relacionadas con el estudio, conservación y preservación de la montaña. Estaciones de Medición y Monitoreo.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 30 de Julio de 2018 Núm. 42.119 Página 42 de 42 Comercio Locales Comerciales Restaurantes Cafetería Deporte Actividades asociadas a Canchas de Esquí Actividades deportivas al aire libre asociadas a la nieve y montaña. Esparcimiento Actividades y/o Parques recreativos asociadas a la nieve y montaña. Servicios Estacionamientos Infraestructura Sanitaria Plantas de captación, distribución o tratamiento de agua potable o de aguas servidas. Espacio Público Sistema VialSistema Vial Plazas y Áreas VerdesPlazas y Áreas Verdes Área VerdeÁreas verdes Áreas libres destinadas a Área Verde. b) Usos de Suelo Prohibidos • Residencial • Actividades Productivas. • Equipamiento Clase: Culto y Cultura, Educación, Salud, Seguridad y Social. °Comercio: Discotecas, bares, ferias, supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor. °Deporte: Estadios, gimnasios y piscinas. °Esparcimiento: Juegos electrónicos o mecánicos, casinos. °Servicios: Centros médicos, notarías, bancos, instituciones de salud, peluquería, lavandería, compañías de seguro, centros de pago. • Infraestructuras no permitidas, salvo redes y trazados, siempre admitidos conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN NORMAS URBANÍSTICASPERMITIDO Superficie de Subdivisión Predial Mínima4000 m² Antejardín 5 mts. Coeficiente de ocupación de suelo0,02 Coeficiente de constructibilidad0,1 Sistema de AgrupamientoAislado Altura máxima1 piso y 3,5 mts Densidad bruta máxima- Distanciamiento10 mts Rasante OGUC AdosamientosNo se permiten 2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 3. Archívese la presente modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Luis Felipe Guevara Stephens, Alcalde.- Vivian Barra Peñaloza, Secretaria Municipal.