Ministerio Del Medio Ambiente Oficializa Integración Al Comité de Clasificación de Especies de Expertos Nominados Por Las Universidades Autónomas Que Indica (Resolución)
) Núm. 1.622 exenta.- Santiago, 13 de diciembre de 2019. Vistos: Lo dispuesto en los artículos 37 y 70 letras i) y x) de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación; en el memorándum Nº 539, de 2019, del Jefe de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y, Considerando: 1. Que, el Ministerio del Medio Ambiente es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa. 2. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 letra i) de la ley Nº 19.300, al Ministerio del Medio Ambiente le corresponde proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad. 3. Que, en el marco del procedimiento para la clasificación de especies, el Comité de Clasificación asesora al Ministerio del Medio Ambiente en la clasificación de especies silvestres según su estado de conservación, el que está integrado por diversos profesionales expertos nominados por instituciones públicas, universidades autónomas, Academia Chilena de Ciencias y asociaciones gremiales representativas del sector agrícola, forestal y pesquero. 4. Que, con fecha 26 de julio de 2019, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento para la Clasificación de Especies según Estado de Conservación, se publicó en el diario Las Últimas Noticias, la convocatoria a las universidades autónomas a participar en el proceso de designación de expertos para integrar el Comité de Clasificación de Especies. A su vez, con fecha 26 de julio de 2019 se remitió, además, carta certificada (Nº 193470/2019) con la referida convocatoria a 54 de dichas entidades. 5. Que, se recibieron postulaciones de las siguientes seis universidades autónomas: Universidad Andrés Bello, Universidad Bernardo O'Higgins, Universidad Católica del Maule, Universidad de la Frontera, Universidad de Tarapacá y Universidad Santo Tomás. 6. Que, revisados los antecedentes, se pudo establecer que los postulantes de la Universidad Andrés Bello, Universidad Bernardo O'Higgins, Universidad Católica del Maule y Universidad Santo Tomás cumplen con los requisitos establecidos en el Reglamento antes referido para su
designación como miembros del Comité de Clasificación de Especies, en calidad de titulares y suplentes propuestos por las universidades autónomas. Por el contario, las postulaciones de la Universidad de Tarapacá y Universidad de la Frontera, no cumplieron con el requisito exigido en el inciso 4º del artículo 15 del Reglamento, ya que fueron presentadas fuera de plazo. Adicionalmente, la postulación de la Universidad de la Frontera no cumplió con los requisitos exigidos en el inciso 5º del artículo 15 del Reglamento, en cuanto la solicitud de postulación no acompañó los documentos que acreditan el objetivo, personalidad jurídica y fecha de constitución de dicha institución académica. 7. Que, de la revisión de los antecedentes de los postulantes de las universidades que cumplieron los requisitos, se determinó que la universidad que presentó expertos con mayor experiencia en especies nativas es la Universidad Andrés Bello. En efecto, los postulantes de dicha universidad, ambos con grado de doctor en ciencias, son los que cuentan con el mayor número de publicaciones científicas que incluyen especies nativas. 8. Que, por otra parte, el integrante del Comité de Clasificación de Especies don Enrique Hauenstein Barra, representante titular de la Universidad Católica de Temuco, se ha visto impedido de seguir ejerciendo su cargo, debido a su jubilación. 9. Que, en atención a lo anterior, conforme al inciso 2º del artículo 15 del Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, la Universidad Católica de Temuco, mediante carta R-68/2019, de 26 de agosto de 2019, designó en calidad de titular al señor Mario Romero Mieres, acompañando los antecedentes requeridos en el referido Reglamento. Revisados sus antecedentes académicos, se acredita su experiencia con especies nativas. 10. Que, conforme lo dispone el artículo 16 del decreto supremo Nº 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, la nómina de los miembros titulares y suplentes del Comité de Clasificación, así como sus modificaciones, se oficializan mediante resolución del Subsecretario del Medio Ambiente, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial. Resuelvo: 1. Oficialícese la designación de don Claudio Soto Azat, como integrante titular, y a don Alejandro Simeone Cabrera, como integrante suplente, ambos propuestos por la Universidad Andrés Bello como profesionales expertos, ante el Comité de Clasificación de Especies. 2. Reemplácese a don Enrique Hauenstein Barra por don Mario Romero Mieres, como integrante titular, propuesto por la Universidad Católica de Temuco como profesional experto, ante el Comité de Clasificación de Especies. 3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente. 4. Notifíquese a los designados por carta certificada. Anótese, notifíquese, publíquese y archívese.- Paulina Sandoval Valdés, Subsecretaria del Medio Ambiente (S). Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinentes.- Felipe Riesco Eyzaguirre, Subsecretario del Medio Ambiente.