Acaparamiento especulativo
Señor Director: Entre las preguntas más complejas que debe responder la sociedad en materia económica está la de "cómo producir”, es decir, qué recursos usa y en qué los utiliza para satisfacer las necesidades de las personas. Hasta hoy han existido dos formas de responderla. Una es confiar en la decisión centralizada de una autoridad, quien, normalmente como representante del Estado y titular último de los recursos, señala qué debe hacerse con ellos y cuándo es oportuno explotarlos. La otra forma es a través de la decisión descentralizada de las personas que, como titulares de esos recursos, los asignan para maximizar su rendimiento, La comparación de la evolución de los países, donde el ejemplo de Chile es paradigmático, muestra que la segunda es la alternativa que permite maximizar la eficiencia social en la explotación sustentable de los recursos. Inexplicablemente ha vuelto a surgir la noción que devuelve al Estado, ahora presentado como "regulador inteligente”, el rol de asignar los recursos, tal como se aprecia en limitaciones recientes sobre los derechos de aprovechamiento del agua. Lamentablemente en el editorial de este medio del miércoles pasado se trasunta esta misma idea equivocada, al atribuirse éxito al cobro de la patente sobre los derechos de agua para "reducir su acaparamiento especulativo”, El problema no es que el propietario de los derechos de agua no los use, sino la falta de certeza en los derechos de propiedad y en la ausencia de aplicación de los mecanismos legales que debieron operar, lo que impide que tome decisiones alineadas con el bienestar social. Peor aún, dada la incapacidad del Estado para siquiera tener el catastro de derechos al día, lo probable es que los derechos restituidos queden fuera de uso por mucho tiempo. Existiendo protección a la propiedad el no uso por parte del titular tiene como límite fundamental el costo de oportuni-
dad del dinero invertido, tal como ocurre con el dueño de un terreno que no ha sido construido, También la amenaza que los avances tecnológicos lo priven de rentabilidad. La oportunidad de explotarlo será entonces aquella en que se maximice su rentabilidad económica y social, cumpliendo las reglas que aseguran su explotación sustentable, y asumiendo el titular el riesgo de la opción tomada. Este mismo error sobre la forma eficiente de asignar los recursos es el que subyace en los cambios administrativos en los derechos sobre el espectro radioeléctrico y que ha sido oportunamente denunciado en estas mismas páginas. MARCO ANTONIO GONZÁLEZ ITURRIA