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PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA:
Previamente se requiere definir una estrategia que dependerá del objetivo que se desea lograr. Los expertos indican que toda empresa podría beneficiarse de la estrategia y planificación tributaria.
En términos de resultados, se puede afirmar que la planificación tributaria es una labor que se asocia a los buenos negocios.
Es una herramienta necesaria que todo contribuyente debe incorporar y aplicar, independiente del giro del negocio, porque es mediante este proceso que las empresas prevén situaciones propias de su giro con el objetivo de pagar los impuestos correctos, evitando cargas erradas, excesivas o indebidas, mediante estrategias y con pleno apego a la ley; es decir, sin simulación, sin fraude de la norma y sin abuso del derecho.
Hay que entender que no hay estrategia sin planificación, ni planificación sin estrategia. “Una forma parte de la otra. Dependiendo de la estrategia que se adopte, es la planificación que se dice Juan Eduardo Vargas, contador auditor, especialista tributario de la UDP
Agrega que "la estrategia dependerá del objetivo que se quiere lograr. Por ejemplo, la tributaria de una empresa, podría ser aprovechar al máximo los beneficios tributarios de los exportadores, esto en el caso hipotético que el objetivo de la compañía fuese la venta al extranjero. Mientras que la planificación; es decir, el desarrollo de estrategias que apuntan a uno o más objetivos específicos, que en esta materia se relacionarían con aminorar la carga tributaria o impositiva, en el ejemplo anterior, podría consistir en elaborar planes de acción conforme a la proyección del negocio, establecer una metodología de trabajo y de respaldo para solicitar devolución de IVA de Exportadores al Servicio de Impuestos Internos de la manera más eficiente, entre otras”.
En tanto, Germán Pinto Perry, contador público y auditor, doctor en administración y profesor de la Facultad de Administración y Economía de la Universidad de Santiago, acota que “dado el ordenamiento jurídico vigente hoy en día, específicamente en las normas generales antielusivas que están contenidas en los artículo 4, 4 bis, 4 ter, 4 quáter y 4 quinquies del Código Tributario, es imperioso que toda acción que realicen los contribuyente que busque una rebaja en el pago de impuestos, obedezca a una estrategia y una planificación que busca posicionar a la entidad y a incrementar su patrimonio siguiendo una legítima razón de negocios y no solo apañadas acciones que solo buscan no pagar impuestos”.
En definitiva, la planificación tributaria busca rebajar al mínimo legal el pago de impuestos, con el fin de no entorpecer los objetivos empresariales de rentabilidad del capital.
EMPRESAS BENEFICIADAS
En temas tributarios siempre asoma la interrogante: ¿ son las medianas y las grandes empresas las que más se benefician o se podrían beneficiar de una pensada estrategia y planificación tributaria?
Según responde Juan Eduardo Vargas "hoy en día toda empresa podría —en mayor o menor medida— beneficiarse de una estrategia y planificación tributaria, dependiendo de las características y proyección del negocio. La diferencia está en que las medianas y grandes empresas, por lo general, desarrollan negocios de mayor envergadura y con mayores capitales involucrados, por lo cual los resultados de una planificación tributaria son más notorios”.
Por su parte, Germán Pinto Perry, expresa que la estrategia y la planificación tiene más complejidad y, por ende, mayores efectos, cuando hay mayores factores que considerar. En las empresas grandes se conjugan tanto en número como en valores, muchos factores que se relacionan con los hechos económicos que realizan. Sin embargo, las Pymes pueden tener una maximización de sus beneficios monetarios a través de la optimización e la carga tributaria, máxime en estos años en que se cuenta con regímenes especiales de tributación como el actual artículo 14 ter letra A de la Ley sobre Impuestos a
la Renta (LIR), el cual estaría siendo potenciado con la cláusula Pyme que contiene el proyecto de ley que está en el Congreso”.
Más en concreto, Pinto explica que “si una empresa está en la actualidad acogida a los regímenes contenidos, por ejemplo, en la letra A del artículo 14 de la LIR o letra B del artículo 14 del mismo cuerpo legal, y si está dentro de sus objetivos estratégicos aumentar sus ingresos bajando todos sus costos (reconociendo como uno de ellos al factor tributario), bien podríamos proyectar que una estrategia y planificación tributaria que redunde en la adopción de un régimen de menor carga como el actual 14 ter letra A, pudiera ser un claro ejemplo de cómo la estrategia y planificación tributaria, en nuestros días y considerando la actual situación del sistema tributario, puede beneficiar a este tipo de contribuyentes”.
En síntesis, independiente del tamaño del negocio, desde el inicio una empresa debería contar —al menos— con una estrategia y planificación, "ya que en virtud de la reforma tributaria que presenta distintos regímenes de tributación, podría convenir la elección de uno u otro régimen, lo que llevar a planificar la estructura tributaria del negocio. De la misma manera si se espera un crecimiento exponencial en el corto o mediano plazo.
PROYECTO EN EL CONGRESO
El pasado 22 de agosto el Presidente Sebastián Piñera anunció el envío al Congreso del proyecto de Modernización Tributaria que reforma la ley aprobada durante el Gobierno de Michelle Bachelet, con el que busca premiar la inversión y bajar impuestos a las pequeñas y medianas empresas. “He firmado el proyecto de ley para modernizar nuestro sistema tributario” procurando que sea “más simple y único, más equitativo y plenamente integrado para todas las empresas chilenas”, dijo Piñera en un discurso en cadena nacional. , también podría tener una consideración tributaria a futuro”, concluye Vargas.
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