Autor: Alejandro Fainé
Estatutos especiales para indígenas desafía paradigmas de la derecha
Agenda de PP.OO. Se toma debate constituyente ER oa.
Ley, se le superpone un TA ET ES Manuel Núñez Académico PUCV Unque recién en octubre la convención constituyente debatirá los contenidos de una nueva constitución, el proceso previo ha mostrado la fuerza con que los pueblos originarios (PP. 0O. ) promueven sus posiciones, apelando a un estatus especial, y la buena acogida que estas posturas tienen a priori en la centroizquierda. Ejemplos de ello: El arriendo inicial de un departamento para la machi Francisca Linconao o viáticos extra a los representantes de PP.OO.
El Centro de Estudios Públicos (CEP) advirtió que “el porcentaje de los distintos cupos reservados que la CC ha venido creando en su propia orgánica ha sido expansivo”, recordando que los escaños reservados son 11% del total de convencionales: Tienen 29% de las vicepresidencias adjuntas; 17% del comité de asignaciones y 18% de cupos reservados al considerar todas las comisiones.
La fuerza con que está instalándose la agenda indígena divide a la centroderecha: 15 convencionales de RN y Evópoli reconocieron una “deuda histórica”, y llamaron a dialogar para compatibilizar una sociedad con “el pleno reconocimiento de los pueblos originarios, de sus derechos y de su especificidad cultural”. La convencional Marcela Cubillos cuestionó que exista tal deuda o que fuera la convención el espacio para saldarla; y en el tema de fondo sostuvo en un podcast de El Líbero que la Constitución debe diseñar un sistema que “permita a todos actuar en igualdad ante la Ley”. Sin entrar al debate sobre plurinacionalidad -la bandera de los PP.OO. Al hablar de reconocimiento constitucional-, La evolución del Derecho Internacional está creando un nuevo registro de derechos que benefician a las minorías.
Conciliarlos con la igualdad ante la Ley y negociar sus límites será parte del trabajo de la constituyente. conversamos con expertos de distintas disciplinas (Derecho, Psicología Política, Historia y Filosofía) para conocer cómo la discusión de estatutos especiales obligará a repensar las relaciones entre los ciudadanos, superando visiones más tradicionales de liberalismo que imperan en la centroderecha -bajo al regla de la igualdad ante la Leyy qué límites deberían tener estos tratos preferentes. Estatutos, el nuevo switch La llamada “igualdad ante la Ley” es una de las banderas de Occidente pos revolución estadounidense y francesa. Pero la homogeneización a la que aspiraba -todos unidos bajo la figura del Estado Nación-, fue erosionada el siglo XX por los discursos de minorías.
En materia indígena, paralelamente, se aplicaba el paradigma de la “asimilación” (el convenio 107 de la OIT de 1950 es el mejor ejemplo), bajo la filosofía de proteger a estos grupos mientras se subían al carro del desarrollo. Esto va cambiando hasta que la OIT aplica el convenio 169 de 1989 (que Chile recién firmó en 2008), según sintetiza el experto en temas indígenas, Manuel Núñez y académico de la PUCV.
“En materia indígena aparecen estos derechos distintos que los de la generalidad de la ciudadanía: Al principio general de igualdad ante la ley, se le superpone un segundo orden de derechos ligados a los movimientos antidiscriminación, y se concreta en el concepto de los derechos de pueblos indígenas. Más que una negación de la igualdad ante la ley, es una evolución, en torno a ciertos grupos con derechos especiales”, dice el abogado. Sebastián Donoso es abogado y fue asesor especial para asuntos indígenas durante el primer gobierno de Sebastián Piñera. Ya desde antes era profesor de legislación indígena de la UC, y con el tiempo siguió especializándose en estos temas, lo que hoy lo tiene sentado en el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Y es uno de los artífices de la propuesta sobre reconocimiento indígena de Horizontal, el think tank de Evópoli.
Para él, desde lo jurídico “hace pleno sentido la existencia de estatutos especiales en la medida que permiten recoger la diversidad de preferencias y de aproximaciones que tienen los ciudadanos en virtud de su identidad, en la elaboración de políticas públicas. Es plenaA de estatutos especiales es con una mirada más liberal, donde cobran importancia las ciudadanos. SEDO mente consistente con una mirada más liberal, donde cobran importancia las opciones de distintos ciudadanos. La lógica en una sociedad homogénea es que debes tratar igual a los que son iguales. Pero cuando tienes grupos de ciudadanos que compartiendo un sustrato básico de derechos fundamentales, tienen diversidad, diferencias culturales y derechos específicos, no los puedes tratar igual. No puedes tratar igual a quienes no son iguales.
Este es uno de los enfoques que ha demostrado haber fallado: construimos una suerte de identidad nacional, probablemente no de mala fe, que no se hizo cargo de las diferencias y la diversidad que hay entre nosotros y no fue bueno.
Pasó por encima de esas diferencias y nos hemos perdido por decenios la riqueza de haber mirado la diversidad e identidad social y cultural de los pueblos indígenas de modo distinto”. Las tendencias jurídicas mundiales validan este trato especial (el último instrumento es la Declaración de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas de 2007). Pero, ¿cómo hacer que la sociedad toda lo acepte sin que se resienta por ello? Primero, reconocer el daño Buscamos una respuesta desde la psicología social. El punto de partida para Roberto González, presidente de la Asociación Internacional de Psicología Política, es que los pueblos originarios en Chile fueron víctimas que requieren reconocidas. Por ello, la sociedad debe ser consciente de que en el pasado ocurrieron cosas que deben ser reparadas.
“Si dicha etapa previa no está bien resuelta -reconocer el dañose entenderá como La crítica de Loewe: “Derechos colectivos culturales atan nuevamente la cuna con el destino” El académico de la Universidad Adolfo Ibáñez Daniel Loewe se ha especializado en filosofía política y moral, con énfasis en las teorías igualitarias, y desde esa vereda defiende “la idea de ciudadanía” caracterizada “por los derechos iguales Para todos”. “Son estos derechos los que permiten que las personas puedan desplegar sus vidas según sus decisiones evitando así que la cuna implique destino, como ha sido tradicionalmente. Estos derechos se han expandido de civiles a políticos y a sociales, y se ha ampliado la clase de aquellos que son ciudadanos.
Sin duda falta mucho para que la libertad de las personas tenga un valor similar”, enfatiza. -¿ Y por qué serían un retroceso civilizatorio los derechos colectivos?-Los derechos colectivos culturales TA genera tensión, pero es peor cuando arriesgas todo por mantener ese poder. Roberto González Usualmente hay un paso desde la aserción de que NS EE A Daniel Loewe Con procesos de / intercultural las podrían ser más inteligibles y concretas para el mundo no mapuche. Sergio Caniuqueo Historiador un beneficio a un tercero que produce daño a tu grupo”. “Las víctimas necesitan recuperar el poder perdido, tras lo cual fueron subyugadas a condiciones de inferioridad. Cuando restauras, dignificas a estas víctimas, devolviéndoles su reconocimiento: Se le ayuda a reintegrarse a la vida en sociedad con todos los derechos y deberes.
Que sea reconocido”, agrega. ¿ Cuál es el límite? El académico Núñez reconoce que “si uno aplicara a rajatabla las reivindicaciones territoriales, Chile virtualmente desaparece porque no hay centímetro cuadrado de los actuales centros poblados que no haya sido habitado o utilizado por algún pueblo indígena”. Aunque agrega: “Tiendo a pensar que la gran mayoría de Sergio Caniuqueo: “No hablamos de crear guetos culturales o ciudades aparte” El historiador mapuche e investigador adjunto del Centro de Estudios Interculturales e Indígenas PUC, Sergio Caniuqueo, es consciente de que es necesario “construir un lenguaje común” entre el mundo indígena y el resto del paíspara llegar a acuerdos. Lenguaje que debe apoyarse en el derecho internacional, y de ahí realizar “procesos de negociación intercultural.
De este modo, las propuestas indígenas podrían ser más inteligibles y concretas para el mundo no mapuche”. Un proceso que debiera gatillar cambios de mentalidad en el largo plazo, pues “una estructura colonial como la vivida por el pueblo mapuche en el siglo XX no se puede desestructurar en 20 o 30 años.
En otros países estos procesos de cambio han costado incluso conflictos bélicos, mientras que en Chile existe todo un marco para construir propuestas desde la paz y una democracia más inclusiva y con participación directa. -¿ Cómo respondes a la crítica que los derechos colectivos son un retroceso cultural, pues se generan según el origen de la persona? -Hay dos modos de resolverlo. Hay derechos asociados a la autoadscripción -relacionados con el lazo sanguíneoy otros con el territorio. En el caso de los derechos indígenas, los lazos sanguíneos influyen en los derechos relacionados con el pluralismo jurídico. Por ejemplo, un loft que pueda resolver situaciones legales según sus prácticas culturales adecuadas al momento actual. No hablamos de crear guetos culturales o ciudades aparte, o que se divida al país. Si es por territorio, permite pensar en ciudadanías con identidades regionales, como puede ser por ejemplo una persona de padres no catalanes, pero que al nacer en suelo catalán adquiere ese carácter.
Si la plurinacionalidad llegara a concretarse en la Constitución, permitiría construir estas identidades regionales de tal modo que los pueblos mapuche, chilenos eincluso colonos que quieran autoadscribirse a sus orígenes étnicos, negocien sus marcos de convivencia, aterrizando marcos legales del país a la región. los líderes indígenas tienen sentido de la realidad y muchas veces extreman las posiciones para obtener el punto medio”. -Hay medidas de reparación que se hacen peligrosas para el otro. ¿Cómo se construye esa línea?, le preguntamos a Roberto González. -Con mucho diálogo, negociación y acuerdos, con una ley que proteja el acuerdo. La CAM y otros grupos radicalizados surgen en nuestra historia porque los acuerdos han tenido sistemáticas violaciones del Estado, lo que ha quebrado la confianza. Hay otro elemento a considerar: Siempre perder poder genera tensión, pero es peor cuando arriesgas todo por mantener ese poder. Si el Estado va a poner en riesgo la gobernabilidad en la IX y X regiones, debes pensar que hay que mediar, buscar una salida a ese tema de tensión, con acuerdos de largo plazo. Que incluyan reparaciones reales y simbólicas a quiens sufrieron el daño.
Donoso más que de límites lo define como “armonización y acomodo institucional”. Y para ello hay varios parámetros: Primero, los estatutos especiales deben enmarcarse en el sistema internacional de derechos humanos, lo que obliga a asegurar que ciertas costumbres o tradiciones de algunos grupos indígenas sean consistentes con los derechos humanos internacionalmente reconocidos; segundo, “vivimos en sociedad, por lo que los estatutos especiales deben armonizarse y acomodarse con otros estatutos e intereses, lo que significa negociación. No es simplemente decir “éste es el estatuto indígena' y todo el resto debe acomodarse a eso.
Para eso está la democracia”. También agrega que “los estatutos especiales para pueblos indígenas tienen un componente de libre determinación y obviamente se tienen que desarrollar sin menoscabar la integridad territorial o unidad política de los Estados, tal como lo establece el artículo 46 de la Declaración de Naciones Unidas de 2007 sobre derechos de los pueblos indígenas. Además, todas las constituciones que consagran derechos de los pueblos indígenas señalan que éstos se ejercen en el marco de la Constitución y las leyes. Eso es parte de un acomodo también.
Vamos a hacer ahora las dos cosas al mismo tiempo: reconocer a los pueblos indígenas y sus derechos, y generar un nuevo rediseño institucional que definirá el marco en que se ejercerán esos derechos indígenas”. No avanzan en esta dirección emancipadora, pues atan nuevamente la cuna con el destino: el origen étnico-cultural de cada cual, reconocido por un estatus legal diferenciado, determina lo que una persona puede alcanzar y los costos que debe llevar. Es decir, volver a una situación similar a la cual la ciudadanía igualitaria había sido la respuesta. Esto no puede ser bienvenido por nadie que valore la autonomía individual y la igualdad. Más aún si se trata de derechos diferenciados según pertenencia a una nación entendida de modo etno-cultural Como se estila en el debate. Usualmente hay un paso desde la aserción de que somos diferentes, a que somos especiales y de ahí a que somos mejores.
Y el resultado lo conocemos todos. -Hemos visto ciertos tratos especiales a estos grupos. ¿Te parece válido? -Un proceso constitucional que aspire a legitimidad no puede establecer privilegios para ningún miembro del cuerpo común que lo lleva a cabo. Si algo expresa este cuerpo común es la idea de la igualdad fundamental.
Resumen
“En materia indígena aparecen estos derechos distintos que los de la generalidad de la ciudadanía: Al principio general de igualdad ante la ley, se le superpone un segundo orden de derechos ligados a los movimientos antidiscriminación, y se concreta en el concepto de los derechos de pueblos indígenas., Y para ello hay varios parámetros: Primero, los estatutos especiales deben enmarcarse en el sistema internacional de derechos humanos, lo que obliga a asegurar que ciertas costumbres o tradiciones de algunos grupos indígenas sean consistentes con los derechos humanos internacionalmente reconocidos; segundo, “vivimos en sociedad, por lo que los estatutos especiales deben armonizarse y acomodarse con otros estatutos e intereses, lo que significa negociación., También agrega que “los estatutos especiales para pueblos indígenas tienen un componente de libre determinación y obviamente se tienen que desarrollar sin menoscabar la integridad territorial o unidad política de los Estados, tal como lo establece el artículo 46 de la Declaración de Naciones Unidas de 2007 sobre derechos de los pueblos indígenas.
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