“El Estado no lidera ni conduce las ayudas”
“El Estado no lidera ni conduce las ayudas” lidera ni conduce las ayudas" Michel De L'Herbe, experto gestión de emergencias y reducción del riesgo de desastres analizó falencias del sistema.
J. Pablo Fariña López cronicaWestrellaconce. cl n el marco de los inE: forestales que dejaron a cerca de 20 mil personas damnificadas en el Gran Concepción, La Estrella se contactó Michel De L'Herbe, experto en gestión de emergencias y reducción del riesgo de desastres, quien evidenció las falencias del Estado en la entrega de ayudas y materia preventiva. De la canalización de los aportes para los damnificados, el especialista opinó que "la voluntad de ayudar debe ser dirigida y estamos viendo muchas debilidades. El Estado no lidera ni conduce las ayudas. Hay aportes desarticulados, muy masivos y con elementos incluso que no se requieren. Básicamente esa buena voluntad no es conducida". Agregó que "también hay una saturación en las zonas de catástrofe, como pasó este fin de semana. Son problemas básicos en materia de gestión en respuesta a una materia que esrespuesta humanitaria. Hay que asumir las debilidades en nuestro sistema que van por sobre los Gobiernos de turno.
En los últimos 15 años estos elementos se repiten". Sobre lo que se requiere para poder encausar los aportes, el experto indicó que "eso tiene que ver con la conducción y liderazgo del Estado en la emergencia. Se deben dar directrices claras, como por ejemplo qué se debe donar, dónde se debe entregar y quién va a canalizar esa ayuda.
Me tocó ver vehículos que viajaron desde Santiago al Biobío, cuando se debió establecer puntos de acopio en dicha ciudad", argumentó. "Nuestro sistema de emergencia debería ser capaz de establecer una cadena de distribución de forma efectiva, eficiente y transparente. Para eso se requiere de credibilidad y confianza por parte de la comunidad, pero la gente quiere entregar en persona las donaciones por desconfianza, lo que provoca una confusión", añadió.
De este tipo de situaciones y fallas que pudo apreciar estando en las zonas afectadas, el experto detalló que "una dirigente de un sector rural que recibieron entre la ropa me comentaba que les donaron zapatos con tacos, cuando ellos no los utilizan por las condiciones del lugar donde viven.
Lo otro que me decía es que INSTAGRAM INSTAGRAM les llegaron líquidos limpia vidrios, cuando todo se quemó". Actualmente hay problemas por el exceso de ropa donada, la cual a veces está en malas condiciones y se acumula en la calles y centros de acopio de Penco y Tomé. Además hubo aglomeraciones y colapso en las zonas de catástrofe durante el fin de semana, pese a las restricciones de acceso. "Había lugares totalmente saturados de personas. En Punta de Parra me tocó ver una cancha de tierra muy grande, que podría haber sido un gran comedor comunitario bien organizado con una carpa.
Sin embargo, si uno ve una fotografía de ese espacio parecería un vertedero de ropa", explicó De L'Herbe. "La respuesta humanitaria tiene que ser digna y para eso deben velar las instituciones del Estado, supuestamente especializadas.
Considerando la gestión de emergencias contemporáneas hay elementos sumamente preocupantes a esta altura de desarrollo de nuestro país", concluyó. * CEDIDA CEDIDA m TE ESTE ERA EL PÁNORAMA EN PUNTA DE PARRA DURANTE EL FIN DE SEMANA CON LA ROPA ACUMULADA.
Municipalidad de CONCEPCIÓN ¡ (a mejor ciudad de Chile! N" 08-CT-2026. / VISTOS:la carta MPE N*073/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025 de la empresa TAPUSA S.A. ; en el cual, solicita autorizar suspensión de tránsito de calle Padre Hurtado, el ordinario N* 17 de fecha 06 de enero de 2026, de la Dirección de Tránsito; el oficio N* 1015/2026 SRM-BIO de fecha 12 de enero de 2026 de la SEREMI DE TRANSPORTES REGIÓN DEL BIO BIO; teniendo presente lo establecido en el artículo 172 del Decreto con Fuerza de Ley N'1 de fecha 20 de enero de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N*18.290, Ley de Tránsito; el Reglamento Interno N'2-22 de fecha 17 de marzo de 2022, sobre Estructura, Funciones y Coordinación Interna de la Municipalidad de Concepción; el D. FL.
N*1-19,653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N*18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Articulo 3 Ley N*19.880, que establece Bases delos Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; El articulo 63 letra ¡ ) del DFL N"01 Ley Orgánica de Municipalidades, que establece la facultad de delegación de funciones propias del Sr. (a) Alcalde(sa); la Ley N*21.180 de Transformación Digital del Estado; la Ley N*8.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales; Ley N*19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicio de certificación de dicha firma; la Resolución N* 36-24 de 23 de diciembre de 2024, de la Contraloria General de la Republica que fija normas de Exención del Trámite de Toma de Razón: Sentencia de Proclamación del Sr.
Alcalde N*07, el Acta de Escrutinio General y Calificación de la Elección de Alcalde de la comunas de Conoepción dictada por el Tribunal Electoral Regional, de fecha 02 de diciembre de 2024; el artículo 3" de la Ley N*19.880 que establece bases de los procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado; las atribuciones que me confiere el Articulo N*19 letras c) del Reglamento N*04 de fecha 30 de septiembre de 2024; los artículos 12,56 Inciso 1" y 63 de la Ley N"18695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo establecido Enel decreto Alcaldicio de Subrogancia Secretaria Municipal N* 1478, de fecha 17 de diciembre de 2024. DECRETO 1. Dispónese la suspensión del tránsito vehicular en calle Padre Hurtado entre Avda.
Chacabuco y Pedro de Valdivia, desde las 11:00 horas del día Martes 27 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026, con el objeto que la empresa TAPUSA S.A., RUT. : 76.530.518-7, ejecute trabajos del proyecto Mejoramiento Paso Superior Esmeralda y Vialidad Asociada" cuyo mandante es SERVIU, 2. Dispónese asimismo que calle Arturo Prat entre Avda. Chacabuco y Pedro de Valdivia deberá opera Bidireccionalmente durante todo el periodo en que se encuentre suspendido el tránsito por calle Padre Hurtado 3. Déjese establecido que los servicios de locomoción colectiva con destino a la comuna de Chiguayante y Hualqui que utilizan calle Padre Hurtado deberán desviarse de acuerdo al siguiente desvió + Avda. Padre Hurtado San Martín Serrano Avda. Chacabuco A.
Prat -Pedro de Vladivia Recorrido Habitual 4, Establécese que la empresa TAPUSA SA., deberá confeccionar, instalar y mantener durante la faena, toda la señalización que dispone el capítulo V del Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes, la que debe incluir elementos destellantes del tipo baliza. 5. Se deberán habilitar áreas para la circulación y cruce de peatones debidamente segregados de la obra, de modo de garantizar su seguridad. Por otra parte, deberá brindar condiciones de acceso de residentes vehículos policiales de emergencia y comercio existente. 6. Se deja establecido que la Avda.
Padre Hurtado forma parte de la Red Vial Básica, no obstante, por tratarse de una obra de interés municipal no corresponde en este caso efectuar el pago de los derechos establecidos en el artículo 6? numeral 5 de la Ordenanza N* 3 del 24 de octubre de 2024, sobre Derechos Municipales. 7.
Dispónese que el presente decreto se deberá publicar en un diario de circulación regional antes del inicio de las faenas, conforme lo establecido en el artículo 172 de la Ley N* 18.290, Ley de Tránsito. 8. Encomiéndese el control a lo dispuesto en el presente Decreto a Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales Municipales. POR ORDEN DEL ALCALDE ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE, RENE ALFREDO DUFEU FULLER DIRECTOR DE TRANSITO (S) RODRIGO DIAZ AGUILERA SECRETARIO MUNICIPAL (S) SECRETARIO MUNICIPAL (S).