Autor: ARIEL LARA
Detalles del proyecto que crea el nuevo delito de hostigamiento
Aprobó y despachó al Senado el proyecto que introduce al Código Penal el nuevo delito de hostigamiento, iniciativa que fue presentada por el gobierno, ya que a juicio del Presidente Sebastián Piñera "son cada día más recurrentes las prácticas de hostigamiento, de acoso, que terminan afectando la intimidad, la vida privada, la seguridad y la integridad síquica de las personas.
En nuestra legislación estos males no están tipificados como delitos”. Redes sociales El proyecto parte reconociendo que las redes sociales son territorio fértil de este tipo de conductas: "Se han transformado en medios para realizar amenazas, chantajes, coacción y hostigamiento bajo el anonimato. Hasta la fecha nuestro Código Penal no tipifica esta conducta”, reitera.
En su fundamento el gobierno argumenta que envió a trámite esta norma ante el creciente clima de afectación de la vida privada de las personas, y pone como ejemplos desde a parlamentarios en el marco de tramitación de proyectos de ley, hasta amenazas contra ciudadanos comunes y corrientes.
L a sala de la Cámara de Diputados Nuevo delito En lo concreto, se propone crear en el Código Penal un nuevo delito de hostigamiento rotulado en el artículo 161-D y que dice así: "'El que para obtener de otro una cantidad de dinero, bienes, o para Sanciona a quienes perturben la vida privada de otras personas a través del medio que sea Ministro del Interior y doctores en Derecho entregan ejemplos y explican los alcances de la normativa.
El texto también fue visado por la unanimidad de la comisión de Constitución. imponerle ¡ legítimamente cualquier condición que lo amenazare con difundir conversaciones, comunicaciones, documentos, instrumentos o imágenes privadas, será sancionado con presidio menor en su grado medio máximo (541 días a 5 años de cárcel), más una multa de 100 a 500 UTM ($5.444.200 a 27.221. 000”. “Insistentemente” El texto agrega a la definición de hostigamiento, “a quien afectare gravemente las condiciones de vida privada de otra personas, insistentemente, la siguiera, estableciera o intentara establecer contacto con ella (por medios físicos o tecnológicos), la llamare por teléfono o le enviare comunicaciones por cualquier medio”. La norma es específica en recalcar el carácter de “insistente” de las conductas anteriormente descritas.
Si el daño es causado contra menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores, la pena sube a presidio menor en su grade máximo”. Llamados y seguimiento El ministro del Interior y uno de los firmantes del proyecto, Rodrigo Delgado, entrega ejemplos: “Si una persona recibe llamados insistentes y reiterativos, del tipo que sea, veinte veces en la noche y luego en el día le siguen enviando mensajes, afectando su tranquilidad, puede solicitar que estos llamados y mensajes paren. Otro caso podría ser que alguien siga constantemente a una persona, en los lugares que esta persona frecuenta. No la amenaza, ni le grita, pero si la sigue insistentemente afectando su tranquilidad. Eso provoca que la víctima sienta miedo de salir a la calle por el hostigamiento. Es fundamental entender que no es necesario amenazar o hacer daño físico para afectar la integridad síquica de alguien”, advierte. "Otro ejemplo: el bullying adolescente también es un tipo de hostigamiento.
Si un joven recibe mensajes de texto o Whats App con críticas constantes, burlas a su físico, reproches a sus decisiones, generando que ya no quiera salir a la calle, juntarse con amigos o ir al colegio, eso también es hostigamiento”. A considerar El doctor en Derecho y académico de la Universidad Mayor, Sergio Peña, comenta que "este proyecto viene a ser una respuesta a una gran cantidad de hechos de violencia que se han venido suscitando en los últimos cinco años, en general, por internet, pero también con hechos. Hemos visto muchas agresiones y presiones a los funcionarios de la salud por parte de personas que violenta y reiteradamente los increpan para que los atiendan, les tosen en la cara, eso es hostigamiento. Me ha tocado también ver golpes y amenazas a los estudiantes de la Corporación de Asistencia Judicial porque a alguien no le pareció que el estudiante no llegará tan bien preparado. Eso también es hostigamiento”, dice.
Alejandro Leiva, doctor en Derecho y académico de la Universidad Finis Terrae, acota: "El hostigamiento es un tipo penal que exige un resultado, este es la afectación grave de las condiciones de vida privada de una persona.
Esto puede ser difícil de determinar en algunos casos. ¿ Puedo yo afectar la vida privada de una persona al seguirlo en un lugar público?”, se pregunta y advierte que el proyecto necesita afinar en su trámite la “intencionalidad, porque no especifica si el hostigamiento persigue un fin sexual, económico o político”. También dice que se debe definir que es “insistentemente, ¿ es perseguir a una persona más de dos veces?, eso quedará a criterio del tribunal”. Finalmente comenta que, "como se va a determinar cuándo se va afectar gravemente mi vida privada, también es algo subjetivo. Este es un tipo penal que puede criminalizar ciertas conductas que no debiesen ser parte de la criminalización, como intentar tomar contacto con una persona”, remata. El proyecto también introduce modificaciones al delito de coacción y amenazas. Puede revisarlo en detalle en la web de la Cámara de Diputados (camara. Cl), introduciendo en el buscador el número de boletín 14477-07.