Corte Suprema confirmó destitución de funcionaria de Supereduc
Corte Suprema confirmó destitución de funcionaria de Supereduc La Corte Suprema ratificó la destitución de María Teresa Gajardo Pinto, quien se desempañaba como funcionaria de la Superintendencia de Educación en la Región de Valparaíso, esto luego que el tribunal de alzada porteño rechazó un recurso de protección presentado por la aludida, quien viajó a Perú mientras estaba con licecia médica.
La estadía en el vecino país fue entre el 26 y el 30 de abril de 2024 y la mujer argumentó que la medida disciplinaria tomada por su entonces empleador fue desproporcionada y carente de motivación suficiente ya que tuvo razones familiares y emocionales debido a que asistió al cumpleaños de su madre, quien atravesaba un momento emocional complejo.
La ahora exfuncioanria, quien es hermana del exfiscal Carlos Gajardo, expuso en su recurso de protección que después de experimentar una mejoría en el estado de salud que la llevó a estar con licencia médica (hernia), decidió viajar a Perú estimando, de buena fe, que eso no interfería con su tratamiento. Además, expuso que mantenía irreprochable conducta funcionaria, sin sumarios ni sanciones previas y con la máxima calificación funcionaria.
Asimismo, entre otros argumentos, expuso en el recurso de protección, que en su caso se está “frente a -una licencia legalmente tramitada (. .. ) no se trata de beneficios solicitados ilegalmente o con desviación de fin, menos de licencias obtenidas con fraude al sistema para efectos de faltar a los deberes funcionarios, específicamente a la probidad". Por su parte, la Superintendencia de Educación solicitó el rechazo íntegro de la acción e indicó que el procedimiento disciplinario se inició a partir de un oficio de la Contraloría General de la República relativo a funcionarios que habrían salido del país mientras se encontraban con licencia médica. La Corte razonó que la destitución fue aplicada sobre la base de hechos acreditados en el procedimiento disciplinario y que la autoridad estimó constitutiva de una infracción grave al principio de probidad administrativa. Por ello, concluyó que no se advertía ilegalidad ni arbitrariedad en los actos impugnados. La Suprema confirmó el fallo, aunque reemplazó parte importante del razonamiento contenido en la sentencia de alzada. « 26 al 30 de abril de 2024, la funcionaria estuvo fuera del país. Desde la Supereduc declinaron referirse al fallo.. 26 al 30 de abril de 2024, la funcionaria estuvo fuera del país. Desde la Supereduc declinaron referirse al fallo. LA MUJER VIAJÓ A PERÚ ESTANDO CON LICENCIA MÉDICA.