Cartas: El dilema de la confianza
Cartas: El dilema de la confianza Señora Directora: La solicitud de renuncia de la directora de SERNAMEG en pleno tratamiento contra el cáncer pone en el centro de la discusión la legitimidad de los cargos de confianza y el significado de su remoción a todo evento.
Los cargos de confianza están establecidos en el Estatuto Administrativo y se caracterizan por dos cuestiones relevantes: son de libre designación de la autoridad, es decir, no requieren de un concurso para su selección (salvo los de Alta Dirección Pública que pasan por concurso público, pero no pierden su calidad de cargo de confianza) y segundo, su remoción por pérdida de confianza.
Los cargos que caben en esta definición corresponden a los 3 primeros niveles jerárquicos de la administración pública: los ministros, subsecretarios, secretarios regionales ministeriales, delegados presidenciales regionales, directores de servicio, jefaturas de división, incluso los gabinetes y los cargos de la presidencia de la República.
Si bien hoy el cuestionamiento surge por lo que afecta a la directora de SERNAMEG, nada se dijo del fuero maternal al que tenía derecho la exministra Camila Vallejos en el gobierno saliente ni de la exministra Patricia Pérez, quien enfrentó serios problemas de salud después del parto de sus hijas a comienzos del 2014.
Que este tipo de situaciones se analicen bajo la lógica dogmática del "cargo de confianza" no resta mérito a la necesidad de contar con una regulación específica para ellos, la que no existe a la fecha y que pudiera precisar el concepto de confianza. Dra. Karina Doña Molina/ Directora Carrera de Administración Pública U. Autónoma.