Corte ordena eliminar del caso todas las diligencias surgidas del “pinchazo” a la exesposa de Larraín, tras declararlo ilegal
Corte ordena eliminar del caso todas las diligencias surgidas del “pinchazo” a la exesposa de Larraín, tras declararlo ilegal Primero, se dejaron sin efecto las resoluciones judiciales que autorizaron la interceptación del teléfono de la psiquiatra Josefina Huneeus, exesposa de Alberto Larraín, director ejecutivo de Procultura y quien se encuentra imputado en el caso del mismo nombre.
Después, se declararon ilegales y lo mismo se hizo con "todas las diligencias y resoluciones que de ellas se derivaron, con sus respectivos resultados, disponiéndose la eliminación en la investigación fiscal de todo lo obtenido con base en los actos cuya ilegalidad acaba de declararse". Así finaliza el fallo de 47 páginas de la Corte de Antofagasta, que acogió el recurso de amparo de la profesional. La acción constitucional acusaba la ilegalidad de los "pinchazos" a Huneeus.
Uno de los nombres de interés en la causa es el de Larraín y el número de teléfono de su exesposa, según la fiscalía, aparecía en Dicom asociado al imputado, por lo que el juzgado de garantía, al solicitársele, autorizó la "escucha" e incluso la extendió. Esto último, aunque ya sabía entonces que ese celular no era del directivo. n "Actuación ilegal y arbitraria", según el fallo La primera solicitud de interceptación fue autorizada el 2 de octubre del año pasado.
El Ministerio Público escuchó y notó que el número no era de Larraín, pero igualmente pidió en dos ocasiones la renovación de las interceptaciones a Huneeus, el 6 de diciembre pasado y el 10 de febrero de 2025.
Esa medida intrusiva permitió al fiscal regional de Coquimbo Patricio Cooper --quien encabeza la indagatoria-acceder a conversaciones privadas de Huneeus con su madre, Marta Lagos; con la representante legal de Procultura, Constanza Gómez, y con el Presidente Gabriel Boric.
Si bien los alegatos se realizaron en la víspera, los ministros Virginia Soublette y Jaime Rojas, y el fiscal judicial Padilla entregaron su fallo ayer por la tarde. "Al haberse ordenado (... ) diligencias intrusivas sin fundamentación alguna y que, en parte, tampoco cumplen las exigencias propias de los preceptos que las regulan, se ha incurrido en una actuación ilegal y a la vez arbitraria, porque se ha procedido sin razón aparente, obrándose fuera del marco constitucional", dice la sentencia.
A su vez, cuestiona: "No resulta admisible que, a casi 25 años de vigencia del sistema penal que nos rige, la policía ejecute medidas intrusivas que no han sido dispuestas por el juzgador respectivo, so pretexto de incorporar elementos de juicio al acervo probatorio de la causa". También advierte que "no solo se ha infringido la obligación general de fundamentación", sino que "se han validado actuaciones policiales al amparo de quien dirige la investigación, propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulneradas por agentes del propio Estado". Agrega, en ese sentido, "si desde ya resulta extraño que el acusador institucional se comporte como policía y no ajuste sus actuaciones a la legalidad vigente, más anómalo resulta que la jueza de garantía no advirtiera la ilicitud ramplona devenida en el actuar de los agentes policiales y decidiera acceder a la petición fiscal, con una resolución de formato que validó las graves vulneraciones de garantías que hoy se denuncian". n Defensa consideró que era una sentencia "rigurosamente fundada" Alejandro Awad, uno de los defensores de Huneeus y quien alegó ante la corte, valoró la resolución. "Se trata de una resolución extensa, rigurosamente fundada, que confirma lo que veníamos sosteniendo desde un inicio: Josefina Huneeus fue objeto de una interceptación telefónica ilegal, sin ser imputada ni existir sospechas fundadas que lo justificaran", sostuvo el penalista.
En ese sentido, d e s t a c a q u e " l a Corte ha acogido el recurso de amparo y ha declarado que sus derechos fundamentales fueron gravemente vulnerados, reconociendo el impacto que esta medida tuvo sobre su libertad personal y su vida privada". Sin embrago, se excusó de profundizar los alcances de la resolución, pues, dijo, "antes d e e m i t i r u n a o p i n i ó n m á s acabada, corresponde estudiar el fallo en detalle y en su mérito, con la misma seriedad con que actuó la corte.
Pero, desde ya, valoramos que la justicia haya establecido con claridad que en un Estado de Derecho no todo vale, y que los límites deben respetarse, incluso --y sobre todo-en contextos investigativos". Este medio contactó a la Fiscalía Regional de Coquimbo, pero no se obtuvo respuesta. Sin perjuicio de eso, el fallo es susceptible de ser recurrido a la Suprema.
Deberá suprimirse de la causa, entre otras, la interceptación a su diálogo con el Presidente Boric: Corte ordena eliminar del caso todas las diligencias surgidas del "pinchazo" a la exesposa de Larraín, tras declararlo ilegal E. CANDIA La dura sentencia --de 47 páginas-cuestiona el actuar del Ministerio Público y la policía.
En la imagen, a la derecha, Josefina Huneeus, la exesposa de Larraín. "Se han validado actuaciones policiales al amparo de quien dirige la investigación, propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulneradas por agentes del propio Estado". EXTRACTO DE FALLO DE LA CORTE Para el tribunal de alzada de Antofagasta "se ha procedido sin razón aparente, obrándose fuera del marco constitucional". La decisión, no obstante, es susceptible de ser recurrida por la fiscalía y querellantes..