Autor: C. CARVAJAL y C RIVEROS
El historial del juez Álvarez: Sanciones, fallos revocados y la acusación del TC de “vulnerar el debido proceso”
El historial del juez Álvarez: Sanciones, fallos revocados y la acusación del TC de “vulnerar el debido proceso” Patricio Álvarez, juez del 7 Juzgado de Garantía de Santiago. La jornada del 3 de febrero de 2026, el edificio del Centro de Justicia de Santiago volvió a ser el escenario de una decisión que resintió el Ministerio Público.
El juez Patricio Álvarez Maldini, titular del Séptimo Juzgado de Garantía, dictó una resolución que dejó a Alberto Larraín y a otras tres imputadas clave en el caso Procultura únicamente con la medida cautelar de arraigo nacional. Álvarez no solo desestimó la prisión preventiva, sino que puso en duda la solidez de la formalización por fraude al fisco en esta etapa procesal.
En un movimiento que rompió con la tendencia de transparencia de causas de alta connotación (como la Trama Bielorrusa o el caso Audios), además, Álvarez no permitió la transmisión en vivo de la audiencia a través del Canal del Poder Judicial, según explicaron a este medio desde dicha entidad Con 54 años y una carrera que transitó por Copiapó antes de llegar a la capital, el juez Álvarez Maldini acumula un nutrido historial de reveses judiciales y sanciones administrativas. n Demora en publicación de sentencia En 2013, por ejemplo, el Pleno de la Corte de Apelaciones lo sancionó por demorar 11días en subir modificaciones a una sentencia al sistema.
La investigación se originó por una denuncia de la Fiscalía Centro Norte que criticaba cambios de argumentación del fallo, cuando ya habían interpuesto nulidad por caso en que absolvió a imputado por desacato de una medida cautelar por violencia intrafamiliar.
La Octava Sala de la Corte, integrada por los ministros Juan Escobar y las hoy supremas Adelita Ravanales y María Cristina Gajardo (entonces abogada integrante), resolvió enviar los antecedentes al visitad o r d e l S é p t i m o Juzgado de Garantía, ministro Juan Cristóbal Mera. Tras pedirle un informe al juez, el Pleno resolvió abrir un sumario que encabezó el fiscal Daniel Calvo, quien no le formuló cargos. Esto fue revocado por la Corte y se le aplicó una amonestación privada. Además, la tendencia del juez a desestimar la prisión preventiva, u otras decisiones, ha sido corregida en diversas ocasiones por tribunales superiores.
Ejemplo de ello es lo ocurrido hace 11 años, cuando en 2015 liberó a dos estudiantes detenidos lanzando bombas molotov por considerar que no eran un "peligro para la sociedad". La Corte de Apelaciones revocó el fallo y ordenó su prisión preventiva. Uno de los querellantes en esa causa era el entonces intendente de la Región Metropolitana, C l a u d i o O r r e g o, quien ahora figura como imputado en Procultura. En 2018, declaró ilegal la detención de una banda de 11 personas vinculadas a juegos ilegales de casinos, dejándolas sin cautelares, decisión que también fue cuestionada tras su formalización. En 2020, durante la pandemia, ordenó al Ministerio de Salud entregar miles de correos electrónicos en solo tres días.
La Corte Suprema debió intervenir para limitar la entrega y proteger informac i ó n l i g a d a a l a s e g u r i d a d nacional. n Visitas al Tren de Aragua y exclusión de informe en caso Pío Nono En tanto, en 2023, autorizó visitas de familiares indocumentados para reos de alta peligrosidad del Tren de Aragua, vinculados al crimen del cabo Daniel Palma. La medida fue frenada por la Corte tras un recurso de Gendarmería que alertaba sobre el riesgo de seguridad.
Ese mismo año, durante la preparación del juicio contra el excabo Sebastián Zamora, Álvarez excluyó un peritaje clave de la defensa (el informe "gesto-motor"). Con una ironía, el juez argumentó que el experto no calificaba, porque la causa era penal y no un partido deportivo, limitando la capacidad de la defensa para demostrar que no hubo intención de empujar al adolescente al río Mapocho.
Durante su labor como juez del 7 Juzgado de Garantía capitalino, además, Álvarez ha dejado de manifiesto su cercanía con su polémico par Daniel Urrutia, del mismo tribunal, quien, por ejemplo, ha llamado a refundar Carabineros, entre otras manifestaciones.
Así lo confirmó en febrero de 2025, cuando, con ocasión de la querella de Urrutia contra los ahora exministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa y Verónica Sabaj, además del abogado Luis Hermosilla, enmarcada en el caso Audio, Álvarez dio cuenta de que "respecto del querellante de autos, don Daniel Urrutia, se configura la causal de inhabilidad contemplada en el artículo 195 N 15 del Código Orgánico de Tribunales por existir una relación de amistad con dicho interviniente, y a fin de conservar la debida imparcialidad y transparencia (... ), me declaro inhabilitado para conocer de la presente causa". n La dura sentencia del Tribunal Constitucional Uno de los puntos más críticos de su carrera ocurrió con el caso Moyano.
El Tribunal Constitucional (TC) en 2013 acogió un recurso de inaplicabilidad tras determinar que Álvarez "vulneró el debido proceso" al excluir testimonios clave sobre el asesinato del cabo de Carabineros Luis Moyano, quien fue asesinado en 2007 por uno de los asaltantes del Banco Security mientras huían. El TC calificó de "inadmisible" que el juez desconociera la ley bajo el pretexto de garantías constitucionales, señalando que su actuar generó consecuencias anticonstitucionales. Tras esto, la Corte de Apelaciones lo recusó de forma unánime por falta de imparcialidad.
Esto, debido a que, según el TC, el magistrado "vulneró el debido proceso" al excluir la lectura de la declaración de un testigo del homicidio --que actualmente está fuera de Chile--, la que fue desechada por Álvarez en la audiencia de preparación de juicio oral, argumentando que no le daba garantías por proceder del sistema castrense (Fiscalía Militar). El fallo de la magistratura dice que el artículo 8 transitorio de la Ley N 20.477 le impide esta exclusión. "Resulta enteramente inadmisible, a la luz de muy claros principios constitucionales, que un juez de la República desconozca tal ley, a pretexto de que su aplicación importaría infringir la garantía constitucional del debido proceso", indica el TC. Por esa decisión, el juez fue recusado y luego, en un fallo unánime de la Corte de Apelaciones, dicha acción se acogió, lo que produjo la inhabilitación del magistrado de la preparación del juicio oral. Los ministros consideraron que se afectó la imparcialidad que deben tener los jueces, como norma regulatoria del debido proceso. Se ha inhabilitado por amistad con su par Daniel Urrutia El historial del juez Álvarez: Sanciones, fallos revocados y la acusación del TC de "vulnerar el debido proceso" C. CARVAJAL y C. RIVEROS El magistrado dejó únicamente con arraigo nacional a Alberto Larraín y tres imputadas por presunto fraude al fisco en el caso Procultura.
APELACIÓN La fiscalía buscará que la Corte de Apelaciones de Santiago revierta su decisión de liberar a cuatro imputados en caso Procultura.. El magistrado dejó únicamente con arraigo nacional a Alberto Larraín y tres imputadas por presunto fraude al fisco en el caso Procultura. Se ha inhabilitado por amistad con su par Daniel Urrutia - -