Resolución exenta número 115, de 2026.- Modifica la resolución Nº 249 exenta, de 2024, que delega facultades y firma, según corresponda, en materias que indica y deja sin efecto las resoluciones singularizadas
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.428 Sábado 18 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2797288 MINISTERIO DE ENERGÍA MODIFICA LA RESOLUCIÓN SUBSECRETARIAL Nº 249 EXENTA, DE 31 DE DICIEMBRE DE 2024, DE LA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA, QUE DELEGA FACULTADES Y FIRMA, SEGÚN CORRESPONDA, EN MATERIAS QUE INDICA, Y DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES SINGULARIZADAS (Resolución) Núm. 115 exenta. - Santiago, 13 de abril de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en adelante "Ley Nº 18.575 "; en el decreto supremo Nº 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado; en el decreto ley Nº 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 3 A, de 2023, del Ministerio de Energía, que nombra Subsecretario de Energía a don Hugo Antonio Briones Fernández; en la resolución exenta ministerial Nº 5, de 2025, del Ministerio de Energía; en la resolución exenta subsecretarial Nº 249, de 2024, de la Subsecretaría de Energía, y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre excepción del trámite de toma de razón, y Considerando: 1.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la ley Nº 18.575, "En cada Ministerio habrá una o más Subsecretarías, cuyos jefes superiores serán los Subsecretarios, quienes tendrán el carácter de colaboradores inmediatos de los Ministros. Les corresponderá coordinar la acción de los órganos y servicios públicos del sector, actuar como ministros de fe, ejercer la administración interna del Ministerio y cumplir las demás funciones que les señale la ley.". 2.
Que, el artículo 41 del mismo cuerpo legal, prevé la posibilidad de delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias, en los términos siguientes: a) La delegación deberá ser parcial y recaer en materias específicas; b) Los delegados deberán ser funcionarios de la dependencia de los delegantes; c) El acto de delegación deberá ser publicado o notificado según corresponda; d) La responsabilidad por las decisiones administrativas que se adopten o por las actuaciones que se ejecuten recaerá en el delegado, sin perjuicio de la responsabilidad del delegante por negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones de dirección o fiscalización, y e) La delegación será esencialmente revocable. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797288 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.428 Sábado 18 de Abril de 2026 Página 2 de 2 Continúa señalando que, "El delegante no podrá ejercer la competencia delegada sin que previamente revoque la delegación". 3. Que, por otra parte, el inciso final del mencionado artículo 41 establece que "Podrá igualmente, delegarse la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas. Esta delegación no modifica la responsabilidad de la autoridad correspondiente, sin perjuicio de la que pudiera afectar al delegado por negligencia en el ejercicio de la facultad delegada. " 4.
Que, el decreto ley Nº 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado, mencionando las atribuciones propias de estas autoridades de gobierno, como colaboradores directos e inmediatos de los Ministros de Estado. 5.
Que, en razón de lo anterior, y para propender a la eficiencia de la tramitación de los procesos internos de la Subsecretaría de Energía con fecha 31 de diciembre de 2024 se dictó la resolución exenta subsecretarial Nº 249, de 2024, de la Subsecretaría de Energía, delegando en las jefaturas de Divisiones que se individualizan las facultades o firma que en cada caso se precisa, estimándose indispensable modificar ese acto administrativo para un mejor desempeño de tareas y labores de mero trámite, complementando su numeral 2, del acápite I, en el sentido de delegar en la jefatura de la División Jurídica, la (i) firma de los oficios dirigidos a la Contraloría General de la República, al Consejo de Defensa del Estado y otros órganos de la Administración del Estado solicitando ampliación de plazo para evacuar los informes que aquellos requirieren a esta Secretaría de Estado en ejercicio de su competencia; (ii) actuar como ministro de fe en las enmiendas por correcciones formales de actos administrativos e inutilizaciones de páginas solicitadas por la Contraloría General de la República en uso de sus facultades y (iii) responder todos aquellos requerimientos que se efectúen en virtud de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública relativos a transparencia pasiva, incluida la dictación de resoluciones que denieguen total o parcialmente los referidos requerimientos, la emisión de los informes de descargos que solicite el Consejo para la Transparencia con motivo de la presentación de amparos al derecho de acceso de información y la emisión de aquellos informes que solicite la respectiva Corte de Apelaciones con motivo de la presentación de un reclamo de ilegalidad.
Resuelvo: Primero: Modifícase el numeral 2, del acápite I de la resolución exenta subsecretarial Nº 249, de 31 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría de Energía, que delega facultades y firma, según corresponda, en materias que indica, y deja sin efecto las resoluciones singularizadas, en el sentido de incorporar las siguientes delegaciones de facultades o firma, según corresponda: "c) Firmar los oficios dirigidos a la Contraloría General de la República, al Consejo de Defensa del Estado y otros órganos de la Administración del Estado solicitando ampliación de plazo para evacuar los informes que aquellos requirieren a esta Secretaría de Estado en ejercicio de su competencia; d) Actuar como ministro de fe en las enmiendas por correcciones formales de actos administrativos e inutilizaciones de páginas solicitadas por la Contraloría General de la República en uso de sus facultades. e) Responder todos aquellos requerimientos que se efectúen en virtud de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública relativos a transparencia pasiva, incluida la dictación de resoluciones que denieguen total o parcialmente los referidos requerimientos, la emisión de los informes de descargos que solicite el Consejo para la Transparencia con motivo de la presentación de amparos al derecho de acceso de información y la emisión de aquellos informes que solicite la respectiva Corte de Apelaciones con motivo de la presentación de un reclamo de ilegalidad.". Segundo: Establécese que en todo lo no modificado por el presente acto administrativo se mantiene íntegramente vigente la resolución exenta subsecretarial Nº 249, de 31 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría de Energía, que delega facultades y firma, según corresponda, en materias que indica, y deja sin efecto las resoluciones singularizadas. Anótese, notifíquese, publíquese y archívese. - Hugo Antonio Briones Fernández, Subsecretario de Energía. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda Atte. a Ud., Andrea Verónica Soto Araya, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797288 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl