Columnas de Opinión: Gobernar el litio: la hora de una ley
Columnas de Opinión: Gobernar el litio: la hora de una ley La reciente decisión de la Contraloría General de la República de Chile de rechazar la toma de razón de determinados Contratos Especiales de Operación de Litio (CEOL), vinculados al desarrollo del Salar de Llamara, vuelve a poner en evidencia una debilidad estructural en la actual gobernanza del litio en Chile. El país carece aún de una regulación legal sistemática que establezca con claridad el procedimiento, los requisitos y las condiciones bajo las cuales dichos contratos deben ser otorgados. La política pública impulsada a través de la Estrategia Nacional del Litio ha avanzado con rapidez en la definición de objetivos y mecanismos de colaboración público-privada para el desarrollo de esta industria. No obstante, su despliegue institucional no ha sido acompañado por una reforma normativa de rango legal que regule de manera orgánica la elaboración, adjudicación y contenido de los CEOL. Desde esta perspectiva, el reciente pronunciamiento del órgano contralor no debiera interpretarse únicamente como una observación procedimental relativa a un caso específico.
Más bien, constituye una señal institucional que vuelve a poner sobre la mesa una cuestión de mayor alcance: la necesidad de dotar al desarrollo del litio en Chile de un marco legal claro, estable y de mayor jerarquía normativa. Este vacío normativo adquiere especial relevancia si se considera que el modelo actualmente vigente descansa en decisiones administrativas y en instrumentos contractuales definidos caso a caso. En ausencia de una regulación legal sistemática, la arquitectura institucional del sector se configura a partir de decretos, lineamientos de política pública y negociaciones contractuales que, por su propia naturaleza, pueden variar en el tiempo. Si Chile aspira a consolidar un modelo de colaboración público-privada para el desarrollo de este recurso estratégico, resulta jurídicamente necesario avanzar hacia una ley marco que regule los Contratos Especiales de Operación de Litio. Una legislación de esta naturaleza permitiría estructurar el sector sobre bases plenamente compatibles con los principios fundamentales del derecho público chileno que emanan de la Constitución Política de la República de Chile.
En particular, el desarrollo de esta industria debiera ajustarse al principio de juridicidad, conforme al cual los órganos del Estado deben someter su actuación estrictamente al ordenamiento jurídico; al principio de seguridad jurídica, que exige marcos regulatorios estables y previsibles para el desarrollo de actividades económicas de largo plazo; y al principio de igualdad ante la ley, que impone la necesidad de procedimientos objetivos y no discriminatorios en la asignación de derechos para la explotación de recursos naturales.. ENFOQUES Patricio Cartagena D. Abogado, Presidente de CAMMIN