CARTAS: Permisos de edificación
Permisos de edificación Para que exista certeza jurídica en los permisos de edificación que cursan los directores de Obras Municipales (DOM), se la Ley N* 19.878 del año 2003, que obliga a esos funcionarios a informara las juntas de vecinos del sector donde se localiza el proyecto inmobiliario y al Concejo Municipal, lo que no sucedió con el permiso otorgado a una en la ciudad de Quillota, declarado ilegal por la Contraloría Regional de Valparaíso por cuantoel terreno donde se construyó no tiene el uso de suelo equipamiento de salud.
Se debe tener presente que la Ley N” 19.880 considera el plazo de dos años para que se invaliden estos actos administrativos porel propio DOM, peroese período se computa una vez que se verifica el cumplimiento del indicado procedimiento de publicidad, razón por la cual ese funcionario municipal, que desea solicitar una reconsideración al ente fiscalizador, no debiera otorgar la recepción final al proyecto de la clínica que contó con un permiso del año 2019, más todavía si el acceso a la misma es por una vía angosta queno soportala carga de ocupación del establecimiento sanitario. Patricio Herman