Decreto exento número 99, de 2026.- Otorga concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana para la comuna de Linares
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2784404 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE LINARES Santiago, 29 de enero de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 99 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168 de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La Ley Nº 20.433 de 2010, que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, y sus modificaciones; d) El decreto supremo Nº 122 de 2010, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 20.433 ; e) El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; f) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; g) El decreto Nº 71 de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que individualiza las competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los Gobiernos Regionales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de la ley Nº 21.074 de 2018, del mismo Ministerio, sobre Fortalecimiento de la Regionalización del País; h) El decreto supremo Nº 299 de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que transfiere temporalmente a los Gobiernos Regionales competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ejercidas a través de la Subsecretaría, relativas al procedimiento de otorgamiento y modificación de concesiones de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana; i) La resolución exenta Nº 36 de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; j) La resolución exenta Nº 479 de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; k) La resolución exenta Nº 941, de 28.04.2023, de la Subsecretaría, que Aprueba Instructivo que Regula el Detalle del Procedimiento de Coordinación Interna entre la Subsecretaría y los Gobiernos Regionales para el ejercicio de las competencias identificadas en el decreto del literal g) de estos Vistos; l) La resolución exenta Nº 2.301, de 26.10.2023, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2023; m) La resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y diversos Gobiernos Regionales, entre ellos el Gobierno Región del Maule, para optar al otorgamiento de Concesión de Radiodifusión Sonora, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial Nº 43.654, de 15.09.2023, Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2784404 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 2 de 3 rectificado por resolución exenta Nº 2.065, de 25.09.2023, publicada en el Diario Oficial Nº 43.674, de 12.10.2023; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso GORE-Subtel Nº 172.845, de 30.11.2023, complementado por el desvirtúa reparos ingreso Subtel Nº 34.726, de 12.03.2024; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 1.521, de 22.11.2024; d) Lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 13A de la ley; e) La resolución exenta Nº 1.388, de 13.08.2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión Comunitaria Ciudadana; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 10.09.2025; g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 1.674, de 18.11.2025; h) La resolución exenta Nº 2.435, de 11.12.2025, de la Subsecretaría, que asignó la concesión de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana para la comuna de Linares, Región del Maule, al Cuerpo de Bomberos de Linares; i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones; Decreto: 1. - Otórgase una concesión de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, para la comuna de Linares, Región del Maule, a Cuerpo de Bomberos de Linares, RUT Nº 70.007.900-7, con domicilio en Valentín Letelier esquina Freire, comuna de Linares, Región del Maule, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria.
La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltese a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, señal distintiva XQK-353, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio : Radiodifusión Comunitaria Ciudadana. - Zona de servicio : Comuna de Linares, Región del Maule.
Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 74 dB (V/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión : 10 años. - Plazo inicio de obras : 5 días. - Plazo término de obras : 15 días. - Plazo inicio de transmisiones : 60 días. - Potencia máxima radiada : 25 W. - Frecuencia : 107,1 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión : 180KF8EHF - Desviación máxima : 75 kHz - Diagrama de Radiación : Omnidireccional. - Ganancia antena : 0 dBd de ganancia máxima. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Dipolo de 1/2 onda. - Nº Antenas : 1. - Altura del centro de radiación : 18 m. - Arreglo de antena de acuerdo a la siguiente tabla: Nº Tipo de Antena Altura Largo Azimut Azimut Fase Factor Velocidad Cable Antena Vástago Vástago Antena [0/1] [º] [m] [cm] [º] [º] 1 Dipolo de 1/2 onda 18 50 120 120 0 0,88 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2784404 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio, Planta : Valentín Letelier esquina Freire, comuna de Transmisora y Sistema Radiante Linares, Región del Maule. - Coordenadas Geográficas : 35 50' 51" Latitud Sur. 71 36' 06" Longitud Oeste.
Datum WGS84.4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, que corresponden a días hábiles, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl.
La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 13º y 14º de la ley Nº 20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico. 7.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2784404 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl