Decreto exento número 328, de 2026.- Modifica concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa Phoenix Tower International Chile SpA
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.448 Miércoles 13 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2808117 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA PHOENIX TOWER INTERNATIONAL CHILE SpA Santiago, 28 de abril de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 328 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo Nº 99, de 2012 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones. e) El decreto supremo Nº 77, de 2022, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión. f) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría. g) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: a) Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel Nº 139.762, de 16.12.2025. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de otorgamiento de la concesión.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, otorgada mediante decreto supremo del Literal e) de los Vistos, a la empresa Phoenix Tower International Chile SpA, RUT Nº 77.450.271-8, con domicilio en Av. Isidora Goyenechea 2800, piso 34, oficina 3402 A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: 1.
Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) torre de telecomunicaciones, destinada a soportar sistemas radiantes, según se indica a continuación: Características tipo de soporte Nombre Estructura Altura (m) Capacidad de Colocalización CL-RM-2227 Autosoportada 48 3 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2808117 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Circunvalación Chacabuco Sur (Ruta G-12) Lote 3 Parcela 2 S/N, a 126 Metropolitana 35284 CL-RM-2227 Metros al oriente de Lampa 33 16 34,16 70 50 2,11 1 de Santiago cruce con calle Santa Inés, comuna de Lampa 2.
Los plazos máximos se indican a continuación: Inicio Término Inicio Etapa Observación Obras Obras Servicio Todos estos plazos están referidos a la fecha de publicación en 1 1 mes 12 meses 24 meses el Diario Oficial del presente decreto. 3.
Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 4. La presente modificación debe entenderse sin perjuicio de la aplicación al caso de la normativa de Vivienda y Urbanismo correspondiente y vigente al momento del presente acto administrativo. 5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 6. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl. Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a usted, Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2808117 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl